Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 870
Resolución del Consejero de Trabajo Comercio e Industria por la que se establecen las tarifas a percibir los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de las Islas Baleares para el análisis y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos correspondientes al año 2018 y se publican los laboratorios autorizados para el análisis y contraste de metales preciosos en les Illes Balears
Hechos
1. El Decreto 86/2009, de 1 de julio, que desarrolla el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, indica en el artículo 8 que se han actualizar anualmente las tarifas a percibir los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos.
2. El 9 de enero de 2018, el Servicio de UDIT, ITV y Registro Industrial de la Dirección General de Política Industrial emitió un informe favorable a la actualización de las tarifas que se aplicarán y la publicación de los laboratorios autorizados para el análisis y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos en les Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales preciosos.
2. El Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.
3. El Decreto 86/2009, de 1 de julio, que desarrolla el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las tarifas a percibir los laboratorios autorizados para el análisis y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos, correspondientes al año 2018, que se especifican en el Anexo I.
2. Publicar estas tarifas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de las Islas Baleares, según el Anexo II.
3. Disponer que las tarifas entren en vigor al día siguiente de su publicación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Trabajo, Comercio e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, sin prejuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse notificado la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Palma, 12 de enero de 2018
El director general
Per delegació del onceller de Treball, Comerç i Indústria (BOIB 105/2015)
Manuel Porras Romero
Anexo I
Tarifas que deben aplicar los laboratorios autorizados para el análisis y la contrastación de objetos fabricados con metales preciosos, correspondientes al año 2018
Las tarifas se componen de tres términos: uno fijo, destinado a compensar el coste del análisis, uno variable, que depende del peso del metal que se pretende contrastar, y otro de manipulación, que depende del número de piezas del lote.
1. Oro |
Término fijo: |
21,47 |
euros |
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Término variable: |
0,12 |
euros/g |
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Término manipulación |
0,02 |
euros/pieza |
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2. Plata |
Término fijo: |
5,43 |
euros |
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Término variable: |
0,03 |
euros/g |
|
Término manipulación |
0,02 |
euros/pieza |
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3. Platino |
Término fijo: |
58,09 |
euros |
|
Término variable: |
0,16 |
euros/g |
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Término manipulación |
0,02 |
euros/pieza |
Tarifas que debe aplicar el laboratorio oficial para el análisis y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, correspondientes al año 2018
Servicios de asistencia a laboratorios y empresas |
Coste unitario en euros |
Evaluación inicial del laboratorio |
724,02 |
Informe de evaluación del sistema de gestión de la calidad de los laboratorios |
724,02 |
Ensayo intercomparativo de las aleaciones utilizados en la fabricación de los objetos de metales preciosos (para cada uno de los metales) |
258,58 |
Asesoramiento a laboratorios |
31,03/hora |
Asesoramiento a productores o importadores |
31,03/hora |
|
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Servicios de asistencia a la intervención |
Coste unitario en euros/muestra |
Análisis de plata |
24,99 |
Análisis de oro |
67,42 |
Análisis de platino |
99,61 |
Anexo II
Laboratorios autorizados para el análisis i la contrastación de objetos fabricados con metales preciosos
1) GREMIO DE JOYEROS Y RELOJEROS DE BALEARES
C/ Antich 40 A, pis 1º
Palma
971100822
2) INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA BISUTERIA
C/ Artrutx, 3 –POIMA-
07714 – Mahón
971361802
Laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y la contrastación de objetos fabricados con metales preciosos
INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA BISUTERIA
C/ Artrutx, 3 –POIMA-
07714 – Mahón
971361802