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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 348
Procediment ordinari 498/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª GABRIELA MORENO UBIETA, Letrada de la Administración de Justicia del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento de juicio ORDINARIO 498/17 seguido a instancia de MIQUEL BERNAT MARTORELL VALLESPIR frente a JUAN BELTRAN XAMELIS, ERNESTO BELTRAN BARCELO, HEREDEROS O CAUSAHABIENTES Y CUALQUIER PERSONA  INTERESADA se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento es el siguiente:

SENTENCIA

Nº 189

En Palma de Mallorca, a veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete.

MARIA ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, HE VISTO Y EXAMINADO los presentes autos de juicio ordinario nº498/17, seguidos a instancia de D. MIGUEL BERNAT MARTORELL VALLESPIR, representado por el Procurador D. Sebastià Coll Vidal y defendido por el Letrado D. Bernardo Garcías Vidal, contra D. JUAN BELTRÁN XAMELIS, D. ERNESTO BELTRÁN BARCELÓ Y SUS HEREDEROS O CAUSAHABIENTES O CUALQUIER PERSONA INTERESADA, en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.

En el procedimiento Ordinario  498/17 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palma de Mallorca, se ha dictado sentencia de fecha veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, que se notifica mediante el presente edicto a los demandados, declarados en rebeldía.

Se hace saber al demandado que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando esta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.

Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15 de la LO 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.

El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaria General de la Administración de Justicia.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JUAN BELTRAN XAMELIS, ERNESTO BELTRAN BARCELO Y HEREDEROS O CAUSAHABIENTES Y CUALQUIER PERSONA INTERESESADA, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En PALMA DE MALLORCA, a diez de enero de dos mil dieciocho.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA