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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 665
Concesión de las ayudas de minimis del Consell Insular de Menorca para el sector equino, 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en la sesión ordinaria del día 21 de diciembre de 2017, de conformidad con las bases publicadas en el BOIB núm. 74 de día 17.06.2017).

Primero.- Conceder la cantidad total de 51.797,87€ de la partida 5.41900.4890002 del presupuesto del CIM para el año 2017 a los solicitantes que se indican de las ayudas de minimis del CIM para el sector equino (BOIB núm. 74 de 17 de junio de 2017), que, de acuerdo con su carácter de minimis, se rigen por el reglamento UE núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Unión Europea núm. L352 de 24 de diciembre de 2013) y por el reglamento UE núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (Diario Oficial de la Unión Europea núm. L352 de 24 de diciembre de 2013):

Solicitado

Aprobado y justificado correctamente

Bolsa de Viaje

Promoción y Divulgación

Formación

Bolsa de Viaje

Promoción y Divulgación

Formación

Nº. EXP.

Solicitante

DNI Solicitud

FECHA Solicitud

Nº. Registro

Presupuesto

Import e Subv.

Presupuesto

ImporteSubv.

Presupuesto

ImporteSubv.

Importe Subv.

Importe Subv.

Importe Subv.

Importe Final

1

BARTOLOME MURILLO AMELLER

41503079Q

11/10/17

20079

1180,00

1180,00

-

-

-

-

1180,00

-

-

1180,00

2

JOSE FERMIN QUEVEDO COLL

41497191Q

18/10/17

20589

1288,34

1200,00

-

-

-

-

1200,00

-

-

1200,00

3

Eugues de Flo, SL

B57104333

20/10/17

20734

3770,00

3247,20

-

-

-

-

3247,20

-

-

3247,20

4

ANTONI BOSC MOLL

41737284N

26/10/17

21208

-

-

2664,43

2238,12

-

-

-

2238,12

-

2238,12

5

A.C.P.C. Raça Menorquina

G07400658

27/10/17

21263

3493,65

3493,65

4411,00

3705,24

6750,09

4725,06

3203,65

3705,24

4200,00

11108,89

6

FRANCISCO MARQUES TALTAVULL

41733592T

27/10/17

21264

912,90

912,90

-

-

-

-

912,90

-

-

912,90

7

RAFAEL SEGUI SINTES

41495063G

30/10/17

21353

3340,50

2622,27

-

-

-

-

2622,27

-

-

2622,27

8

MARIA ESPERANZA FIOL JULIAN

41739320R

30/10/17

21370

1200,00

1200,00

-

-

-

-

1200,00

-

-

1200,00

9

ASS MENORQUINA PRE

G57636573

30/10/17

21388

1866,50

1866,50

849,59

594,71

4143,53

2900,47

1715,54

594,71

2900,47

5210,72

10

DELEGACIÓ A MENORCA DE LA FHIB

G07158090

30/10/17

21401

-

-

-

-

1299,43

909,60

-

-

909,60

909,60

11

TONI SINTES SEGUI

41498070K

30/10/17

21406

1930,13

1930,13

-

-

-

-

1930,13

-

-

1930,13

12

MOISES SEGUI PONS

41605313S

30/10/17

21408

3124,52

2716,90

-

-

-

-

2716,90

-

-

2716,90

13

JOSE MANUEL PONS SINTES

41735416F

30/10/17

21446

5591,03

40000,00

-

-

-

-

4000,00

-

-

4000,00

14

CLUB HIPIC CIUTADELLA

G07257553

30/10/17

21451

4430,92

3200,00

713,29

499,30

-

-

3142,92

499,30

-

3642,22

15

CRISTINA TORRENT MOLL

41746810Q

30/10/17

21452

2764,37

2400,00

-

-

-

-

2400,00

-

-

2400,00

16

PABLO BOSCH PONS

41738460S

30/10/17

21453

1628,21

1200,00

-

-

-

-

1200,00

-

-

1200,00

17

JUAN JOSE JURADO MARQUES

41744454Y

30/10/17

21455

1791,03

-

-

-

-

-

1722,83

-

-

1722,83

18

SH “Amigos del Noble Bruto”

G07056054

30/10/17

21481

-

-

10000,00

7000,00

-

-

-

4306,09

-

4306,09

Total subvencionable que se propone aprobar

51.797,87


Estas ayudas no podrán acumularse a otras ayudas del Estado en relación a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación excediera de la intensidad de la ayuda o del importe de las ayudas superiores correspondientemente fijado en las circunstancias concretas de cada caso por un reglamento de exención por categorías o una decisión adoptada por la Comisión (artículo 5.2 del Reglamento UE núm. 1407/2013 y artículo 5.3 del Reglamento UE núm. 1408/2013).

Segundo.- Denegar la ayuda solicitada por la Real Sociedad Hípica de Ciutadella (NIF G07263445) por haber presentado la solicitud fuera de plazo.

Tercero.- La resolución del expediente de concesión o denegación de las ayudas se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos de notificación (art. 45.1 b de la LPACAP).

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

(Fecha de la firma: 19/01/2018)

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón