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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 642
Aprobación del expediente, encomienda de gestión y rectificación de error material en cuanto al importe a TRAGSA de la obra “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”.

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Texto

El Pleno del Consell Insular de Formentera en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2017, y en ejercicio de sus competencias adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

(…)

Primero. – Sustituir la redacción de los acuerdos cuarto, quinto, sexto y séptimo de la propuesta en cuanto al importe total de la encomienda efectuada a la entidad Empresa de Transformación Agraria SA (TRAGSA)

DONDE DICE:

Cuarto. - Aprobar el importe de la encomienda en la cantidad de 765.549,64 euros, presentado por la empresa TRAGSA, en aplicación del sistema tarifario aprobado y regulado por la Resolución de 13 de junio de 2017, de la Subsecretaria, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas TRAGSA, por la cual se aprueban las tarifas de 2017, aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y sus filiales como medio propio instrumental de la Administración General del Estado (BOE núm. 143 de 16 de junio de 2017).

Quinto. - Considerar que el importe total presupuestado de la encomienda efectuada es de 765.549,64 euros en aplicación del sistema tarifario aportado por TRAGSA y que es objeto de aprobación mediante la presente propuesta.

Sexto. - Autorizar con cargo a la partida presupuestaria 2017.1.430.63200.01 del vigente presupuesto el gasto de 60.000,00 euros y la cantidad de 705.549,64 euros con cargo al ejercicio presupuestario de 2018, para la ejecución de la obra.

Séptimo. - Disponer a favor de la empresa TRAGSA la cantidad de “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”.

DEBE DECIR:

Cuarto. - Aprobar el importe de la encomienda en la cantidad de 796.549,64 euros, presentado por la empresa TRAGSA, en aplicación del sistema tarifario aprobado y regulado por la Resolución de 13 de junio de 2017, de la Subsecretaria, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas TRAGSA, por la cual se aprueban las tarifas de 2017, aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y sus filiales como medio propio instrumental de la Administración General del Estado (BOE núm. 143 de 16 de junio de 2017).

Quinto. - Considerar que el importe total presupuestado de la encomienda efectuada es de 796.549,64 euros en aplicación del sistema tarifario aportado por TRAGSA y que es objeto de aprobación mediante la presente propuesta.

Sexto. - Autorizar con cargo a la partida presupuestaria 2017.1.430.63200.01 del vigente presupuesto el gasto de 60.000,00 euros y la cantidad de 736.549,64 euros con cargo al ejercicio presupuestario de 2018, para la ejecución de la obra.

Séptimo. - Disponer a favor de la empresa TRAGSA la cantidad de “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”.

Segundo. – Notificar el presente acuerdo a la empresa TRAGSA, incluyendo el acuerdo íntegro con la rectificación efectuada:

Primero. – Aprobar definitivamente el proyecto básico y de ejecución de la obra “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”, redactado por el arquitecto Sr. Marc Marí Mayans con un presupuesto de ejecución de 799.994,04 euros IVA incluido.

Segundo. - Aprobar el expediente de encomienda de referencia.

Tercero. - Disponer que la obra “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”, se ejecute a través de la empresa pública “Empresa de Transformación Agraria, SA” (TRAGSA), con carácter de medio propio con sujeción al proyecto aprobado inicialmente por acuerdo de la Comisión de Gobierno y publicado en el BOIB núm. 131 de día 26 de octubre de 2017, el cual le fue remitido en el momento de solicitar la retarifación. 

Cuarto. - Aprobar el importe de la encomienda en la cantidad de 796.549,64 euros, presentado por la empresa TRAGSA, en aplicación del sistema tarifario aprobado y regulado por la Resolución de 13 de junio de 2017, de la Subsecretaria, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas TRAGSA, por la cual se aprueban las tarifas de 2017, aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y sus filiales como medio propio instrumental de la Administración General del Estado (BOE núm. 143 de 16 de junio de 2017).

Quinto. - Considerar que el importe total presupuestado de la encomienda efectuada es de 796.549,64 euros en aplicación del sistema tarifario aportado por TRAGSA y que es objeto de aprobación mediante la presente propuesta.

Sexto. - Autorizar con cargo a la partida presupuestaria 2017.1.430.63200.01 del vigente presupuesto el gasto de 60.000 euros y la cantidad de 736.549,64 euros con cargo al ejercicio presupuestario de 2018, para la ejecución de la obra.

Séptimo. - Disponer a favor de la empresa TRAGSA la cantidad de “Restauración y adecuación de la planta baja y exteriores del Faro de la Mola como equipamiento público cultural. Formentera”.

Octavo. - Comunicar a la empresa TRAGSA que el director facultativo de la mencionada obra es el arquitecto Sr. Marc Marí Mayans, el coordinador del plan de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, el arquitecto técnico Sr. José Román Tur Diaz y el responsable del encargo el Sr. Francesc Ribas Tur, coordinador de infraestructuras del Consell Insular de Formentera.

Noveno. - Considerar que el plazo para la ejecución de la obra es el establecido en el proyecto básico y de ejecución, es decir, nueve meses a partir de la notificación del presente acuerdo y será de aplicación lo previsto en los artículos 6 a 11 del RD 1072/2010, de 20 de agosto, y se iniciará a partir de la fecha de notificación del acuerdo de encomienda a TRAGSA.

Décimo. - Considerar que no procede la revisión de precios.

Undécimo. - Considerar que el pago correspondiente a la ejecución de las obras se realizará mediante certificación mensual, a partir de la factura presentada de forma mensual por TRAGSA a nombre del Consell Insular de Formentera, junto con una relación valorada de los trabajos efectuados, firmada por el responsable de la empresa pública y por el director de la obra.

Duodécimo. - Hacer constar que el personal que el medio propio destine a la ejecución del encargo no tendrá vinculación laboral o de ninguna otra clase con el Consell Insular de Formentera, debiendo ser contratado por el medio propio -TRAGSA- con el régimen o modalidad que legalmente corresponda. Este personal quedará exclusivamente bajo el poder de dirección del medio propio que lo haya contratado sin que la Administración pueda asumir funciones directivas sobre el mismo, y sin perjuicio de las facultades que la legislación de contratos del sector público reconozca al órgano de contratación, en relación con la ejecución del encargo.

Decimotercero. – Hacer constar que se prevé la posibilidad de realizar abonos a cuenta en las certificaciones mensuales por materiales entregados y por instalaciones y equipos necesarios para la ejecución de las obras, conforme a lo establecido en los artículos 155 y 156 del Reglamento de contratos de las administraciones públicas, por analogía.

Decimocuarto. - Notificar el presente acuerdo a TRAGSA con expresa indicación que la comunicación de la encomienda supone la orden para iniciarla y que el plazo de ejecución de la obra previsto en el proyecto básico y de ejecución comenzará a computar des de la notificación del presente acuerdo.

Decimoquinto. - Publicar la presente encomienda en el BOIB y en el Perfil del contratante.

(…)

Formentera, (Fecha de la firma: 12/01/2018)

 La Presidenta en funcions

Susana Labrador Manchado