Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 555
Resolución del recurso de alzada contra el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, de 4 de octubre de 2017, por el cual se aprueban las bases generales para la promoción interna del área operativa del Servicio de Bomberos del Consell de Mallorca, por el sistema de concurso oposición
La Comisión de Gobierno del Consell de Mallorca, en sesión de fecha 11 de enero de 2018, ha acordado:
«ANTECEDENTES
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El objeto del presente recurso es la impugnación del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, de 4 de octubre de 2017, por el cual se aprueban las bases generales para la promoción interna del área operativa del Servicio de Bomberos del Consell de Mallorca, por el sistema de concurso oposición.
Segunda.- Con respecto a la normativa aplicable a la resolución del recurso hay que estar a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercera.- El recurso lo ha interpuesto el Sr. Francisco Meca Pons, quien tiene la consideración de persona interesada en el procedimiento, de acuerdo con lo que establece el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta.- Con respecto al plazo para interponer el recurso de alzada, el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que es de un mes si el acto es expreso, como es el caso.
La resolución impugnada se publicó en el BOIB el 28 de octubre de 2017. El recurso se interpuso el día 13 de noviembre de 2017, con lo cual se ha interpuesto dentro del plazo legalmente establecido.
Finalmente, el órgano competente para resolver los recursos de alzada interpuestos contra actos administrativos dictados por el Consejo Ejecutivo, es la Comisión de Gobierno (artículo 8.1, letra v, de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, en relación con el artículo 10.2. letra a).
Quinta.- El recurrente solicita la inclusión de un epígrafe relacionado con la sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en primeros auxilios básicos en urgencias y emergencias sanitarias, en la parte específica de los diferentes programas para elaborar proyectos profesionales y memorias para las categorías de sub-oficiales, sargentos y cabos en el anexo 2 de las bases.
El Reglamento de los Bomberos del Consell de Mallorca en el artículo 5, regula las funciones del Servicio de Bomberos, entre las cuales se encuentra, la extinción de los incendios y el auxilio y el salvamento de personas y de bienes en todo tipo de siniestros o situaciones que lo requieran. Así, por el hecho de que los bomberos tengan que auxiliar y salvar personas en todo tipo de siniestros y situaciones, se considera adecuado incluir la sistemática general de actuación de mandos ante intervenciones en primeros auxilios básicos en urgencias y emergencias sanitarias en el temario de procedimientos operativos, carta de siniestros del Servicio de Bomberos de Mallorca.
Visto todo el anterior, la Consejera Ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública, en virtud de las atribuciones conferidas por el vigente Decreto de organización del Consell de Mallorca, eleva a la Comisión de Gobierno, para su aprobación, el siguiente:
ACUERDO
Estimar el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Francisco Meca Pons, contra el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, de 4 de octubre de 2017, por el cual se aprueban las bases generales para la promoción interna del área operativa del Servicio de Bomberos del Consejo de Mallorca, por el sistema de concurso oposición de manera que:
1. - EN EL ANEXO 2, allí donde dice: PROGRAMA PARA ELABORAR EL PROYECTO PROFESIONAL Y PARA LA PRUEBA DE SUPUESTOS PRÁCTICOS. DEFINIDO PARA SUBOFICIALES O SUBOFICIALAS
PARTE ESPECÍFICA. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS. CARTA DE SINIESTROS DEL SERVICIO DE BOMBEROS DE MALLORCA, se tiene que añadir un epígrafe más, que tiene que decir lo siguiente:
41. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en primeros auxilios básicos en urgencias y emergencias sanitarias.
2. - EN EL ANEXO 2, allí donde dice: PROGRAMA PARA ELABORAR EL PROYECTO PROFESIONAL Y PARA LA PRUEBA DE SUPUESTOS PRÁCTICOS. DEFINIDO PARA SARGENTOS O SARGENTAS
PARTE ESPECÍFICA. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS. CARTA DE SINIESTROS DEL SERVICIO DE BOMBEROS DE MALLORCA, se tiene que añadir un epígrafe más, que tiene que decir lo siguiente:
41. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en primeros auxilios básicos en urgencias y emergencias sanitarias.
- 3. EN EL ANEXO 2, allí donde dice: PROGRAMA PARA ELABORAR LA MEMORIA. DEFINIDO PARA LOS CABOS O LAS CABOS.
PARTE ESPECÍFICA. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS. CARTA DE SINIESTROS DEL SERVICIO DE BOMBEROS DE MALLORCA, se tiene que añadir un epígrafe más, que tiene que decir lo siguiente:
21. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en primeros auxilios básicos en urgencias y emergencias sanitarias.
4.- Publicar en el BOIB la modificación del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, de 4 de octubre de 2017, por el cual se aprueban las bases generales para la promoción interna del área operativa del Servicio de Bomberos del Consejo de Mallorca, por el sistema de concurso oposición.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo o de su publicación.
No obstante, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»
Palma, 15 de enero de 2018
Por delegación de la presidencia,
el secretario general por sustitución
(Decreto de día 17-07-2015, BOIB nº 114 de 28-07-2015)
Antoni Benlloch Ramada