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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 414
Modificación de la ordenanza reguladora de la identificación y la rotulación de vias públicas, fincas y locales del municipio de Andratx

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada día 30 de Noviembre de 2017, entre otras, va a acordar:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA IDENTIFICACIÓN Y LA ROTULACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS, FINCAS Y LOCALES DEL MUNICIPIO DE ANDRATX.

Primero: Aprobar inicialmente las siguientes modificaciones de la Ordenanza reguladora de la identificación y la rotulación de vías públicas, fincas y locales de Andratx ( publicada al BOIB num. 22 de 11-02-2012), en el siguiente sentido:

-Modificar el apartado d) del articulo 11 con la redacción siguiente:

d) Las diferentes escalas de cada unidad constructiva se identifican con números, comenzará a contar por la situada mas próxima al acceso y a la izquierda de este, que será la escala u ( ESC 01), y seguirá en el sentido de giro de las agujas del reloj ( viendo los dígitos de identificación para la base de datos al anexo 3).

-Modificar los artículos 11.b) y c); articulo 12; articulo 13 y articulo 20 en el sentido de que la remisión que hacen en el anexo 4 han de ser entendida en el articulo 3.

-Introducir una disposición transitoria con la siguiente redacción:

Disposición transitoria única

El articulo 9 no será de aplicación los expedientes de Licencias Urbanística iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ordenanza.

Si en la tramitación de expedientes de Licencias de obra o de ocupación o primera utilización la persona interesada no ha solicitado, con carácter previo, la asignación de número a las edificaciones de nueva planta, el Departamento de Urbanismo asignará de oficio la numeración correspondiente al inmueble previamente al otorgamiento de la Licencia.

Segundo: Someter esta Ordenanza a información Pública, mediante su publicación en el BOIB y en el tablón de Edictos de la Corporación, durante el termino de treinta días, en el que la vecindad y las personas legítimamente interesadas pueden examinar el expediente y formular reclamaciones, objeciones u observaciones. En caso que no se presente ninguna reclamación o sugerencia en el término indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. El expediente administrativo podrá ser consultado en las dependencias de Secretaria del Ayuntamiento de Andratx.

Lo cual se hace público para conocimiento general.

 

Andratx, 11 de Enero de 2018

La Alcaldesa,

Dña, Katia Rouarch