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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 381
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 9 de enero de 2018 por la que se somete a información pública el Proyecto de decreto por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música en las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. En fecha de 27 de noviembre de 2017, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió un informe de análisis de impacto normativo en el que se establecía la necesidad de iniciar un procedimiento para elaborar un proyecto de decreto para establecer el currículo de las enseñanzas profesionales de Música en las Illes Balears 

2. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 28 de noviembre de 2017, se ordenó el inicio del procedimiento y de la tramitación del Proyecto de decreto indicado.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El artículo 42 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, que regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas, y el artículo 44, referente a la información pública.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter el borrador del Proyecto de decreto por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de Música en las Illes Balears a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de la Consejería de Educación y Universidad, ubicada en Palma, en la calle del Ter, número 16, 4ª planta; en la página web de esta Dirección General (http://dgplacen.caib.es), y en el portal de Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar un plazo para la información pública de este Proyecto de decreto de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Establecer que las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de la Consejería de Educación y Universidad, ubicada en la calle del Ter, número 16, 4ª planta, 07009, de Palma, o en cualquiera de los sitios que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y que se tienen que dirigir a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de la Consejería de Educación y Universidad.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al Proyecto de decreto por medios telemáticos a través del apartado «Participación en la elaboración de normativa» de la página web Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears dentro del plazo que se establece en el apartado 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas a través de la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que realiza las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

 

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 9 de enero de 2018 

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà