Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 371
Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos que presta el Consejo de Mallorca (revisión según el IPC para el año 2018)
En fecha 9 de noviembre de 2017 el Pleno del Consejo de Mallorca aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora de las tasas para la prestación por parte del Consejo de Mallorca de los servicios de Inspección Técnica de Vehículos (revisión según el IPC interanual de julio de 2016 a julio de 2017).
Transcurrido el plazo de treinta días previstos en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, contados a partir del día siguiente del día de la publicación en el diario, el día 22 de noviembre de 2017, por ser una fecha posterior a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma (BOIB nº. 139, de día 14 de noviembre de 2017), y dado que no se han presentado reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública, este acuerdo queda elevado a definitivo según lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
Palma, 10 de enero de 2017
El secretario general en sustitución
Antoni Benlloch Ramada
TEXTO ÍNTEGRO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL
«Artículo único. Modificación del artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de inspección técnica de vehículos, que queda redactado de la manera siguiente:
Artículo 4º- TARIFA
La tasa se exigirá según las siguientes tarifas:
SERVICIOS |
COSTE UNITARIO |
|
---|---|---|
18 |
Emisión de duplicado de hoja de inspección periódica y/o adhesivo |
4,39 € |
19 |
Inspección periódica tractores agrícolas |
21,96 € |
20 |
Inspección periódica remolques agrícolas |
13,20 € |
21 |
Inspección previa a matriculación vehículos de tráfico comunitario o de importación |
127,57 € |
22 |
Inspección previa a matriculación vehículos exentos de homologación y vehículos históricos |
103,38 € |
23 |
Inspección previa matriculación vehículos españoles o importados por representante oficial y por cambio de matricula española |
44,66 € |
24 |
Reformas con proyecto |
27,36 € |
25 |
Reformas sin proyecto |
13,67 € |
26 |
Duplicados de Tarjeta de ITV |
9,04 € |
27 |
Verificación y precintado de aparatos taxímetros |
14,29 € |
29 |
Anotación Tarjeta de ITV |
6,39 € |
30 |
Carpeta e impresos |
1,26 € |
31 |
Emisión certificado sin inspección previa |
4,53 € |
32 |
Emisión certificado con inspección previa |
13,67 € |
33 |
Desplazamiento por inspección de vehículos agrícolas con un importe máximo de 7,99€ [p = 55,05€+ (n-1) x 5,52€] |
7,99 € |
55,05 € |
||
5,52 € |
||
34 |
Certificados ATP y ADR |
45,66 € |
|
* n = número de vehículos a inspeccionar en un mismo desplazamiento |
|
- Para la segunda inspección de comprobación de la corrección de los defectos observa
- A las inspecciones periódicas en tractores y remolques agrícolas se aplicará la tasa de desplazamiento [p = 55,05€+ (n-1) x 5,52€,] cuando sea necesario, limitando su importe en 7,99€ como máximo por vehículo.
- Las tasas caducarán al año de la fecha de apertura de los expedientes que las motiven.
Disposición final Entrada en vigor
La presente Ordenanza, que fue aprobada provisionalmente por el Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 9 de noviembre de 2017, entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el BOIB, será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2018 y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.»