Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 339
Cesión gratuita a la entidad Amadip Esment Fundació, del bien inmueble y/o solar urbano de titularidad municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de día 10 de enero de 2018 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"INFORME que en forma de Propuesta de resolución, formula el secretario del Ayuntamiento de Inca en relación al inicio e información pública del expediente de cesión gratuita a la entidad Amadip Esment Fundació, del bien inmueble y/o solar urbano de titularidad municipal situado entre las calles Ruben Darío y Juan de Austria (colindante cuartel General Luque) con el objeto de destinarlo a centro de inserción sociolaboral, escuela profesional y viviendas tuteladas para personas con discapacidad intelectual; para que lo eleve a la decisión de la Junta de Gobierno Local:

I.- VISTO el expediente de cesión gratuita del inmueble del bien inmueble y/o solar urbano de titularidad municipal situado entre las calles Ruben Dario y Juan de Austria (colindante cuartel General Luque); resultan los Antecedentes de hecho:

1.- En fecha 26 de julio de 2017, la Junta de Gobierno aprobó el expediente e inició de la licitación para proceder a la adjudicación del contrato para la cesión gratuita de la parcela de titularidad municipal, clasificada como suelo urbano y calificada como ensanche en el Plan General de Ordenación Urbana, situada entre las calles Rubén Darío y Juan de Austria (colindante cuartel General Luque), para la construcción y gestión de un Centro de Inserción sociolaboral, escuela profesional y viviendas tuteladas para personas con discapacidad intelectual.

2.- En fecha 2 de septiembre de 2017 se publicó anuncio de licitación en el BOIB, concediendo a las entidades interesadas el plazo de treinta días para la presentación de proposiciones, posteriormente prorrogado por treinta días más a petición de una de las empresas concursantes.

3.- Finalizado el plazo resulta que se presentan dos empresas: Patronato de la Agrupación Pro-Minusválidos Psíquicos de la Comarca de Inca y Fundació Amadip Esment. Admitidas a licitación las empresas y abiertos los sobres, se remitió el expediente al Comité de Expertos para ponderar las ofertas de conformidad con los criterios de adjudicación dispuestos en los pliegos de condiciones.

4.- Emitido este informe, en fecha 12 de diciembre de 2017 se reunió la mesa de contratación la cual, de conformidad con el informe emitido por el Comité de Expertos, acordó proponer a la Junta de Gobierno la adjudicación a favor de la entidad Fundació Amadip Esment por ser la que había obtenido más puntuación y, por tanto, la más ventajosa para el Ayuntamiento.

Hay que mencionar que según dispone el art. 29 del pliego de condiciones, la adjudicación únicamente confiere el derecho a que el Ayuntamiento tramite a favor de la adjudicataria del concurso la cesión gratuita de la parcela, pero el derecho de cesión no se genera hasta que haya finalizado satisfactoriamente el correspondiente expediente que ahora se tramita.

5.- En fecha de 15 y 19 de diciembre de 2017, la entidad Fundació Amadip Esment presenta correctamente la documentación requerida para la adjudicación del contrato.

6.- Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 20 de diciembre de 2017, se acordó adjudicar el contrato para la cesión gratuita de la parcela de titularidad municipal, clasificada como suelo urbano y calificada como ensanche en el Plan General de Ordenación Urbana, situada entre las calles Rubén Darío y Juan de Austria (colindante cuartel General Luque), para la construcción y gestión de un Centro de Inserción sociolaboral, escuela profesional y viviendas tuteladas para personas con discapacidad intelectual, y en consecuencia aprobó la adjudicación del contrato a la entidad Amadip Esment Fundació por ser la que ha presentado la oferta más ventajosa, bajo las siguientes condiciones:

A.- Esta adjudicación únicamente confiere el derecho a que el Ayuntamiento tramite a favor de la adjudicataria la cesión gratuita de la parcela, pero el derecho de cesión no se genera hasta que haya finalizado satisfactoriamente el expediente de cesión.

B.- Una vez finalizado el expediente de cesión se formalizará la cesión gratuita en escritura pública.

C.- La adjudicataria deberá desarrollar en el inmueble la propuesta técnica presentada en el proceso de licitación y bajo las condiciones del pliego. En caso de contradicción prevalecerá el pliego de condiciones.

D.- Tal como está previsto en el pliego, las condiciones de cesión tienen carácter resolutorio y así figurará en la escritura pública de cesión y en el registro de la propiedad.

Fundamentos de derecho

Primero.- Legislación aplicable.

- Art. 47.2.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

- Art. 109 y ss RD 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

- Art. 79 a 81 RDLeg 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Ante la discordancia entre el art. 110 RBEL y el art. 83.2 LPACAP en la duración del período de información pública, consideramos preferible la utilización del plazo de veinte días previsto en la LPACAP, por ser una norma de rango superior, posterior y establecer un plazo más garantista.

Segundo.- Según dispone el art. 109.2 RBEL, los bienes inmuebles podrán cederse gratuitamente a Entidades o Instituciones Públicas para fines que redunden en beneficio de los habitantes del término municipal, así como a las Instituciones Privadas de interés público sin ánimo de lucro. De estas cesiones también se dará cuenta a la Autoridad competente de la respectiva Comunidad Autónoma.

Tercero.- Procedimiento.

1º.- El expediente se instruirá mediante la cumplimentación de los siguientes documentos (art. 110 RBEL):

-  Justificación documental de la propia Entidad o Institución solicitante de su carácter público y Memoria demostrativa que los fines que persigue deben redundar de manera evidente y positiva en beneficio de los habitantes del término municipal.

-  Certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de que los bienes se encuentran debidamente inscritos, y tienen el carácter de patrimoniales.

-  Certificación del Secretario de la Corporación donde conste que los bienes figuran en el Inventario aprobado por la Corporación con dicha calificación jurídica.

-  Informe del Interventor de fondo sobre inexistencia de deuda pendiente de liquidación con cargo al Presupuesto Municipal.

-  Informe de valoración del Técnico Municipal donde se asevera que los bienes no se encuentran comprendidos en ningún Plan de ordenación, reforma o adaptación, no son necesarios para la Entidad Local, ni es previsible que lo sean en los diez años inmediatos .

-  Información pública por plazo no inferior a veinte días.

-  Se dará cuenta al órgano competente de la Comunidad Autónoma a efectos de que tenga conocimiento de la misma, mediante remisión del expediente.

Sin embargo, la mayoría de documentos y/o informes antes relacionados ya constan en el expediente de contratación licitado en su momento y que tiene causa del presente expediente de cesión gratuita, procediendo a completar aquellos que faltan.

Cuarto.- Competencia

El órgano competente para la aprobación de la cesión gratuita de los bienes será el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, tal y como se establece en los art. 47.2.ñ) LRBRL y 110.1 del RD 1372/1986, de 13 de junio, de Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

II.- CONSIDERANDO lo dispuesto en los artículos 4.1.e), 5 y 21.1.k) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y los artículos 3.1, 4.1 e), 41. 22 y 27, 146, 163 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 28 de noviembre de 1986; el Letrado asesor municipal, visto los antecedentes y fundamento de derecho, emite informe FAVORABLE, y eleva a la decisión de la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, órgano competente para resolver, la siguiente propuesta de acuerdo:

1.- SOMETER el expediente de cesión gratuita a la entidad Amadip Esment Fundació, de la parcela de titularidad municipal, clasificada como suelo urbano y calificada como ensanche en el Plan General de Ordenación Urbana, situada entre las calles Rubén Darío y Juan de Austria (colindante cuartel General Luque) con el objeto de destinarlo a centro de inserción sociolaboral, escuela profesional y viviendas tuteladas para personas con discapacidad intelectual, a información pública durante el plazo de 20 días, a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el boletín oficial de las Islas Baleares y en la página web del Ayuntamiento, para que pueda ser examinado por los interesados y las interesadas a efectos de presentación de las alegaciones que se estimen pertinentes. "

Inca, 11 de enero de 2018

El Alcalde-Presidente
Virgilio Moreno Sarrió