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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 335
Constitución de la bolsa de trabajo de oficiales de servicios diversos del Ayuntamieto de Alcúdia

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Texto

Mediante decreto núm. 26/2018, de 11 de enero de 2018, esta Alcaldía ha resuelto crear una bolsa de trabajo de oficiales de servicios diversos del Ayuntamiento.

Lo que se publica.

 

Alcudia, 11 de enero de 2018

El Alcalde

Antoni Mir Llabrés

 

DECRETO DE ALCALDIA___________________________________________                                                                       

Mediante resolución de Alcaldía núm. 1422/2017 de fecha 5 de septiembre de 2017, se aprobó la convocatoria y las bases que regirán el procedimiento selectivo, mediante concurso-oposición, para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de servicios diversos del Ayuntamiento de Alcudia, como personal laboral temporal, la cual fue objeto de publicación en fecha 14 de septiembre de 2.017 en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Alcudia, (http://www.alcudia.net/ajuntament/ es /), así como en fecha 14 de septiembre en el BOIB 113/2017, a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39 / 2.015.

De acuerdo con las bases de la convocatoria, el plazo de presentación de instancias era de quince días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 29 de septiembre de 2.017.

Mediante decreto de Alcaldía, núm. 1.675 / 2017, de 16 de octubre de 2017, se aprobó la lista provisional de personas admitidas y excluidas al procedimiento selectivo, el cual fue publicado en el tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento en fecha 18 de octubre de 2.017.

La parte dispositiva de dicha resolución otorgaba un plazo diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Alcúdia (http: // www. alcudia.net/ajuntament/ca/), para presentar enmiendas o reclamaciones.

El plazo de alegaciones finalizó el día 2 de noviembre de 2.017, sin que se hayan presentado, por lo que el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considera definitivo.

Una vez desarrollado el procedimiento selectivo, el Tribunal Calificador, en fecha 11 de diciembre de 2.017 efectuó la propuesta provisional de puntuaciones del procedimiento selectivo, otorgando asimismo un plazo de tres días hábiles para la formulación de alegaciones o reclamaciones.

En sesión de fecha 20 de diciembre de 2.017, acordó desestimar la reclamación presentada contra la propuesta provisional, mediante instancia núm. 10824 de día 12/15/2017, y que instaba a contestar a todas las alegaciones que solicitó en su instancia de fecha 16 de noviembre de 2.017 (RGE 10.021 / 2017) y que el Tribunal decidió inadmitir por extemporánea; en la misma sesión el Tribunal acordó confirmar las puntuaciones y baremaciones, de conformidad con las Bases reguladoras del proceso selectivo que figuraban en la propuesta provisional; todo ello de acuerdo con los fundamentos jurídicos del informe de Secretaría, emitido en fecha 23 de noviembre de 2.017. Asimismo el Tribunal acordó atender a la petición, realizada en la misma instancia, comunicar las desestimaciones de sus alegaciones y, en este sentido, acordó comunicar al interesado la información solicitada, extremos todos ellos que le fueron notificados al interesado, junto con los fundamentos jurídicos que sustentaban la propuesta definitiva del Tribunal (RGS 83/2018, de 10 de enero).

Finalmente, el Tribunal acordó elevar a definitiva la propuesta provisional del resultado del procedimiento selectivo y para la constitución de la bolsa de trabajo de oficiales de servicios diversos del Ayuntamiento de Alcúdia, propuesta definitiva que fue objeto de publicación en el tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento de Alcúdia, en fecha 9 de enero de 2.018.

Que vista la propuesta definitiva formulada por el Tribunal Calificador, así como el informe jurídico que la acompaña, y que se adjuntan a la presente, se aceptan en su integridad, se dan por reproducidos y le sirven de motivación.

Haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

 

RESUELVO

PRIMERO.- Crear una bolsa de trabajo de oficiales de servicios diversos del Ayuntamiento de Alcúdia, como personal laboral temporal, que queda integrada por los aspirantes que se indican, en orden de prelación:

NOMBRE

PRIMER  APELLIDO

SEGUNDO  APELLIDO

DNI/NIE

PUNTUACIÓN TOTAL

POSICIÓN FINAL

FERNANDO

SANCHO

TOMÁS

37338877X

72,08

1

BORJA

MERCADAL

FERNÁNDEZ

43152866J

69,00

2

JAIME

NICOLAU

NICOLAU

43131280R

61,00

3

DANIEL

RODRÍGUEZ

VIVAS

43150514F

59,42

4

ANDREU

LLABRÉS

GUASP

42988427R

56,33

5

MIQUEL

BORRÁS

MALDONADO

43056192P

56,22

6

FRANCISCO

RIUTORT

SASTRE

37340698Z

52,73

7

JAVIER

MIRÓ

FERRAGUT

43219981Z

47,67

8

GUIEM

MOYA

GELABERT

43087037X

47,17

9

FRANCISCO

REINA

ALCANTUD

43062072T

46,20

10

ANTONI

BIBILONI

AMORÓS

41515012N

45,33

11

Los aspirantes que conforman la bolsa de trabajo se encontrarán a la espera de ser llamados por el Ayuntamiento por orden de puntuación cuando se produzca la necesidad de contratar oficiales de servicios diversos.

 SEGUNDO.- La gestión de esta bolsa se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria, aprobadas por resolución de esta Alcaldía de fecha 5 de septiembre de 2.017 (BOIB 113/2017, de 14 de septiembre).

TERCERO.- Publicar esta resolución en el tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento (www.alcudia.net), y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, informando a los interesados que, la presente Resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer de forma alternativa, los siguientes recursos: o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, o bien directamente recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de esta resolución; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer aquellos otros recursos que en consideren procedentes. "