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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Núm. 248
Subasta 28/02/18

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

SUBASTA Nº: S2018R0786001001

SE HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por R.D. 939/2005, de 29 de julio, se dictaron acuerdos con fecha 27-11-2017 decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como ANEXO I. La subasta se celebrará el día 28 de febrero de 2018, a las 10:30 horas en la DELEGACION DE LA A.E.A.T. DE ILLES BALEARS, SITA EN CL. CECILIO METELO Nº 9, 1ª PLANTA, SALON DE ACTOS.

En cumplimiento del citado artículo, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, lo siguiente:

PRIMERO: Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio de remate.

SEGUNDO: La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se realiza el pago del importe de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro, los recargos del periodo ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.

TERCERO: Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el registro general de la oficina donde se celebre la subasta, haciéndose constar en el exterior del sobre los datos identificativos de la misma. En el sobre se incluirá además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto Cuarto, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del licitador.

Los licitadores podrán participar en la subasta por vía telemática presentando ofertas y/o realizando pujas automáticas, a través de la página Web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24/05/02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

CUARTO: Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por ciento del tipo de subasta en primera licitación, excepto para aquellos lotes en los que se hubiese acordado un porcentaje menor, que en ningún caso será inferior al 10 por ciento. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio.

El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento General de Recaudación o por vía telemática, a través de una entidad colaboradora adherida a este sistema que asignará un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de  acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24/05/02), del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, este depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine esta falta de pago.

QUINTO: En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa de Subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75% del tipo de subasta en 1ª licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.

SEXTO: El adjudicatario deberá ingresar en la fecha de la adjudicación, o dentro de los 15 días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

El ingreso podrá realizarse en Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta. También puede realizar el pago mediante adeudo en su cuenta corriente, a través de Internet en la dirección es www.agenciatributaria.es, en la opción: Sede Electrónica - Procedimientos, servicios y trámites -Tramites Destacados. Pagar Impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Tributaria.

Asimismo, si lo solicita a la Mesa de Subasta en el acto de adjudicación, el adjudicatario podrá realizar el ingreso del importe total del precio de adjudicación, en cuyo caso, una vez comprobado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario.

SÉPTIMO: Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa.

Las ofertas se podrán presentar en el plazo en que a tales efectos comunique la mesa de subasta. Se deberán presentar en sobre cerrado en el registro general de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas, en su caso, del depósito.

Asimismo se podrán presentar ofertas a través de la página Web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE 24/05/02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Transcurrido el plazo señalado por la Mesa de Subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses.

El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en 1ª licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una 2ª licitación; si hubiera existido 2ª licitación, no habrá precio mínimo.

OCTAVO: Tratándose de inmuebles, el adjudicatario podrá solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta de inmueble.

NOVENO: Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso, podrá procederse como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica.

DÉCIMO: El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario.

Serán por cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos exigidos por el artículo 99.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para la tramitación del expediente de transferencia ante la Jefatura Provincial de Tráfico.

El adjudicatario exonera expresamente a la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

UNDÉCIMO: El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).

DUODÉCIMO: También serán de aplicación las condiciones que se recogen en el ANEXO 2. En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

    

 

ANEXO 1. RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR

SUBASTA Nº: S2018R0786001001

LOTE NÚMERO 8

Este lote está compuesto por dos bienes inmuebles:

Bien nº 1

Urbana: Parcela de terreno sita en el lugar de Porto Cristo, término de Manacor. Mide tres mil novecientos noventa y un metros cuadrados. Linda por el frente, con calle Bota; por la derecha entrando, con camino de Sa Padrera; por la izquierda, con finca de la entidad Montvert, S.A.; y por el fondo, con la carretera de Porto Cristo a Porto Colom.

TOMO: 5.486; FOLIO: 154; LIBRO: 1.544; FINCA REGISTRAL: 73.854

REGISTRO DE LA PROPIEDAD NUMERO 1 DE MANACOR

Bien nº 2

Rústica: Tierra secano, sita en término de Manacor, llamado Son Moro o Tancat de la Torre, que mide veinticinco áreas. Linda por el Norte, con remanente de Catalina Llull Fons; por el Sur, con la carretera de Porto Cristo a Porto Colon, mediante una franja de terreno de veinte metros de ancho destinada a zona verde no edificable; por el Este, con remanente de donde procede que forma exclusivamente una faja de veinte metros destinada a zona verde no edificable; y por el Oeste, con remanente en parte, mediante camino particular.

TOMO: 5.367; FOLIO: 24; LIBRO: 1.450; FINCA REGISTRAL: 33.598

REGISTRO DE LA PROPIEDAD NUMERO 1 DE MANACOR

Referencia catastral: 8466001ED2786N0001MI / 8466002ED2786N0001OI

Situación: CR COVES 48; 07680 MANACOR [ILLES BALEARS]

VALORACIÓN: 6.602.402,20 euros.

CARGAS PREFERENTES SUBSISTENTES:

Carga nº 1: Gastos de cancelación de hipoteca a favor de Banco Español de Credito SA en garantía de un préstamo por responsabilidad de 528.600,00 euros. Inscripción 6ª sobre la finca registral 33.598.

Carga nº 2: Embargo letra C a favor de la AEAT por deudas de la sociedad MONTVERT SA (A07030554). Importe pendiente: 376.507,35 euros. Anotado sobre la finca registral 33.598.

Carga n º3: Embargo letra D a favor de la AEAT por deudas de la sociedad MONTVERT SA (A07030554).  Importe pendiente: 193.606,73 euros. Anotado sobre la finca registral 33.598.

Carga nº 4: Hipoteca a favor de la AEAT por deudas de la sociedad HOTEL DON JAIME SA (A07023880). Escritura otorgada el 15-07-2009 e inscripción 10 de 07-10-2009. Importe pendiente: 51.404,84 euros. Inscrito sobre la finca registral 33.958.

Carga nº 5: Embargo letra G a favor de la AEAT por deudas de la sociedad MONTVERT SA (A07030554). Importe pendiente: 73.191,72 euros. Anotado sobre la finca registral 33.598.

Carga nº 6: Embargo letra H a favor de la ATIB en el expediente administrativo de apremio número 04C01665. Importe pendiente: 71.576,51 euros. Anotado sobre la finca 33.598.

Carga nº 7: Embargo letra M/A a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social en el expediente administrativo de apremio 072014002408. Anotación de fecha 12-02-2015. Importe pendiente: 717.907,16 euros. Anotado sobre las fincas registrales 33.598 y 73.854.

TIPO DE SALIDA 1ª LICITACION: 5.119.294,04 euros.

DEPOSITO DE GARANTIA: 1.023.858,80 euros.

Tramo mínimo de licitación: 2.000,00 euros.

Nota: Sobre ambas fincas está construido un hotel con denominación comercial Hotel Monteverde con categoría de dos estrellas. Edificio aislado formado por construcción principal en forma de L teniendo el brazo corto una altura de planta baja más siete plantas, y el cuerpo alargado planta baja más tres plantas.

El resto de la parcela se destina a zonas de acceso, aparcamiento en superficie, jardines, piscina y pista deportiva.

 

Palma, 27 de noviembre de 2017.