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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 278
Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la Unidad de actuación ubicada la c / Llevant del término municipal de Mercadal

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria del día 27 de diciembre de 2017 acordó lo siguiente:

«Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas el 1 de agosto de 2017, registro de entrada 2651, por la Sra. Magdalena Martí Vidal, la Sra. Concepción Martí Vidal, y los Sres. Bartolomé y Isabel Martí Vidal en relación con el expediente de reparcelación de la UNIDAD DE ACTUACIÓN UBICADA LA C / LLEVANT DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE MERCADAL por los motivos expuestos en el informe del redactor del proyecto Sr. Pons Fedelich de 11 de octubre de 2017 y en el informe del ingeniero municipal de 28 de noviembre de 2017 antes transcritos.

Segundo. Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación de la UNIDAD DE ACTUACIÓN UBICADA LA C / LLEVANT DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE MERCADAL, redactado por el arquitecto Sr. Sebastián Pons Fedelich e informado favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales.

Tercero.- Advertir que en virtud de lo previsto en el art. 80.2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y Uso del Suelo, el otorgamiento de licencias de parcelación y edificación en el ámbito de la actuación queda suspendido hasta que sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio de la reparcelación.

Cuarto.- Publicar este Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de edictos y en el sitio web del Ayuntamiento.

Quinto.- Notificar este acuerdo a los interesados ​​y, una vez firme en la vía administrativa, otorgar documento público que exprese su contenido, ya continuación inscripción en el Registro de la Propiedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, y con el artículo 113 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Sexto.- Comunicar al órgano competente en materia de urbanismo de la Comunidad Autónoma la resolución recaída a los efectos del artículo 111.2 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Contra el acuerdo de la Junta de Gobierno se pueden interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir la notificación de este acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición puede interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio podrá interponer el mismo recurso en el plazo de seis meses a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

b) Directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación.

Sin embargo, se puede ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998 reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. »

 

Es Mercadal, a 11 de Enero de 2018

 

EL ALCALDE

Francisco J. Ametller Pons