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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 271
Notificación de trámite de audiencia en relación al expediente del establecimiento denominado CAN WILLIAMS, con expediente Nº 881/2014/ET y ubicado Crta. Deià-Sóller, km. 64. TM de Deià

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación a la inscripción de la estancia turística en viviendas en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, denominada CAN WILLIAMS, situada en la Crta. Deià-Sóller, km 64. del TM de Deià, efectuada en fecha de 7 de julio de 2014 y número de registro de entrada 11909, he de comunicarle lo siguiente:

A fecha de 19 de julio de 2017 el Servicio de Inspección y Estrategia Turística emitió un informe que refleja que no se ha podido contactar con la propiedad para realizar la visita debido a que el declarante, el Sr. Javier Montejo Fuentes, inició tramitación del expediente pero declara que actualmente no mantiene ningún vínculo con la propiedad, cuestión que imposibilita la notificación.

Por tanto, la propiedad deberá facilitar un nuevo número de teléfono de contacto y dirección de correo electrónico con el objeto de que el Servicio de Inspección pueda concretar una nueva fecha de visita.

Por todo esto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la citada Ley, dispone de un plazo de 15 días de trámite de audiencia para presentar documentación o para alegar aquello que considere oportuno, desde el día siguiente al de la recepción de este escrito y, en el caso de que no aporte ninguna documentación o subsane todas las deficiencias, se entenderá que ha perdido el derecho al trámite y se acordará el desistimiento del procedimiento y la imposibilidad de la inscripción, previa resolución que se dictará en los términos previstos en los artículos 21, 22 y 23 de la citada Ley.

Palma, a 30 de noviembre de 2017

La Jefe de Sección VI

Elena Ramón Ferrero