Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 228
Resolución por la que se aprueba definitivamente la relación de los aprobados que forman parte de la bolsa de interinos de celador/a de el Ayuntamiento de Selva por orden de puntuación total obtenida
DECRETO DE ALCALDIA Decreto 2018/4
Resolución por la que se aprueba definitivamente la relación de los aprobados que forman parte de la bolsa de interinos de CELADOR/A de el Ayuntamiento de Selva por orden de puntuación total obtenida
Joan Sastre Coll, alcalde del Ayuntamiento de Selva, ha resuelto mediante el decreto de alcaldía nº 2018/4, de 10 de enero, lo siguiente:
Atendido el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de octubre, por el cual se aprueba la convocatoria y las bases del proceso de selección por el sistema concurso-oposición, para formar parte de una bolsa de trabajo de celador/a de el Ayuntamiento de Selva.
Atendida la Propuesta del Tribunal Calificador realizada al acta del proceso selectivo de día 4 de enero y 10 de enero de 2018.
De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y el artículo 41.14 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades Locales.
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el siguiente orden de la bolsa para cubrir de forma interina el lugar de celador/a de el Ayuntamiento de Selva, con las siguientes puntuaciones:
ORDEN DE LA BOLSA
1. 26027281-K à 40,050 puntos
2. 43064606-G à 37,641 puntos
3. 43171681-Z à 36,708 puntos
4. 18226872-Q à 34,629 puntos
SEGUNDO.- Publicar la relación en el tablón de anuncios, en la página web del Ayuntamiento y al BOIB.
TERCERO.- Formular propuesta de nombramiento del aspirante que ha obtenido mayor puntuación y requerir los documentos adecuados, previamente al nombramiento.
Contra la Resolución definitiva que agota la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la firmeza de la Resolución.
b) El recurso de reposición ante esta Batlia que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes contadores a partir del día siguiente de la firmeza de la resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Lo manda y firma el Sr. alcalde a 10 de enero de 2018.
El alcalde |
El secretario interventor acctal. |
Joan Sastre Coll |
Bartomeu Fiol Obrador |