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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 208
Corrección de error material en la "Convocatoria específica del concurso de proyectos ganadores enmarcados dentro del Save Posidonia Project, del Consell Insular de Formentera para el año 2017"

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Texto

Se hace público que la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera en sesión del día 27 de desembre de 2017,se adoptó el siguiente acuerdo:

CORRECCIÓN ERROR MATERIAL EN LA “CONVOCATORIA ESPECIFICA DEL CONCURSO DE PROYECTO/S GANADOR/ES EMMARCADOS DENTRO DEL SAVE POSIDONIA PROJECT, DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA PARAELAÑO 2017

La Sra. Daisee Aguilera Fletcher, Consellera de medio ambiente del Consell Insular de Formentera, presenta la siguiente propuesta parasu aprobación.

Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesiónordinaria de 10 de noviembre de 2017, entre otros aspectos, se aprueba inicialmente laCONVOCATORIA ESPECIFICA DEL CONCURSO DE PROYECTO/S GANADOR/ES EMMARCADOS DENTRO DEL SAVE POSIDONIA PROJECT, DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA PARA EL AÑO 2017, yse publicóen el BOIB núm. 144, de 25 de noviembre de 2017.

Comprobado un error material en el puntoquinto de les citadas bases, y en coherencia a las bases generales que regulen la presenteconvocatoriayelartículo 6.1 de la convocatoria específica.

Conforme prevéel artículo 109, de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas ... “1. Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.”

Atendida la necesidad de una modificación de la convocatoriaespecificada arriba referenciada y para dar coherencia al artículo 6.1 de les bases de la convocatoria específica, donde dice:  “1. Los proyectos presentados seránevaluados en un terminio de 20 díashábiles des de la recepción de las solicitudes para la ComisiónTécnicaEvaluadora, la cualformulará la lista provisional de puntuaciones obtenidas per cada persona, entidad o equipo solicitante para suvaloracióny posterior publicación de la lista provisional, ordenada de mayor a menor puntuación, que será publicada a la página web del Consell Insular de Formentera yen su tablón de anuncios)”,y para  coincidir con los plazos establecidos con la aprobación definitiva de les bases que deben de regir la convocatoria de concesión de financiamiento del proyecto/s ganador/s del concurso de proyectosenmarcados dentro del Save Posidonia Project, del Consell Insular de Formentera parael año 2017, aprobado por la Comisión deGobierno del Consell Insular de Formentera en  la sesión del día 4 de agosto de 2017 y publicado en el BOIB núm. 105, del 26 de agosto de 2017, en el  articulo 7.d), donde dice: “ se establece un plazo de 10 díashábiles, des del día siguiente de la publicación de la lista de puntuaciones provisionales, para que  las personas aspirantes puedan formular las alegaciones que valoren oportunas.” paragarantizar la correcta evaluación delos proyectos, así comotambién respetar los derechos delos usuarios que presenten proyectos.

Atendido el Decreto de Presidencia, del nombramiento de responsabilidades de áreas del Consell Insular de Formentera, con fecha del 22 de junio de 2015, publicado enel BOIB número 109, de 18 de julio de 2015, en el cual se dispone, entre otros aspectos, la competencia en materia de Medio Ambiente de la Sra. Daisee Aguilera Fletcher.

Visto el Decreto de Presidencia, de delegación de competencias en la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en fecha del 22 de junio de 2015, publicadoen el BOIB número 109, de 18 de julio de 2015, el cualensu primer punto, apartadoséptimo, dispone losiguiente: “7.- La aprobación de les Bases reguladores de las subvencionesy los convenios o acuerdos a través delos cuales se articulan las subvenciones directas. Igualmente, se incluyen la adjudicaciónyotorgamiento de les subvenciones y la aprobación de sujustificación, seacual sea la cantidad ynaturaleza.”

Teniendo en cuenta que elacuerdo de aprobación de una modificación de la convocatoria específica del concurso Save Posidonia Project del Consell Insular de Formentera, escompetencia de la Comisión de Gobierno de este Consell Insular, según lo establecido  en virtud del Decreto de Presidenciaen fecha 22 de junio de 2015, de atribución de funciones y competencias en los consellers i les conselleres del Consell Insular de Formentera, publicado enel BOIB número 109, en fecha 18 de julio de 2015, y por la competenciaotorgada por el artículo 82 del Reglamento de funcionamiento del Consell Insular de Formentera (ROC), por el artículo 10 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consellsinsulars, y por el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local.

Vista tota la normativa que es de aplicación:

  1. Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local.
  2. Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, reglamento de organización.
  3. funcionamientoyrégimenjurídico de las entidades locales.
  4. Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consellsinsulars.
  5. Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las islas baleares.
  6. Ley 1/2007, de 28 de febrero, de reforma delEstatuto de Autonomía de las Islas Baleares (EAIB).
  7. ReglamentoOrgánico del Consell Insular de Formentera (ROC), aprobadodefinitivamente del Pleno de este Consell Insular con fecha 31 de marzo de 2010.

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO. -Enmendarel error detectado en el puntoquinto de la convocatoria específica del concurso del Save Posidonia Project, aprobadoen elacuerdo de la Comisión de Gobierno deldía 10 de noviembre de 2017, en cuanto a la normativa aplicable en las citadas bases, en el siguiente sentido:

DONDE DICE:

5. Enmienda de las solicitudes

1. Unavez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Consell Insular de Formentera publicará la lista provisional de proyectos admitidos y excluidos en el plazo de 10 díashábiles a contar de la fecha de fin de presentación de proyectos. Esta información sehará pública en la página web de la institución, en su tablón de anuncios y en la web del proyectoSave Posidonia Project.

2. Se establecerá un plazo de 5 díashábiles des del día siguiente de la publicación de la lista provisional de proyectos admitidosy excluidosporqué las personas que hayan presentadoproyectos que hayan quedado excluidospuedanenmendar las causas específicas con motivo de la exclusión, de acuerdoconelartículo 68 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativocomún de les administraciones públicas.

3. Unavez valoradas las enmiendas que se puedan presentar, se publicara la lista definitiva de proyectos admitidosy excluidos, siguiendo los mismos canales de difusión que la lista provisional.”

6. Selección del proyecto

1. Los proyectos presentados serán avaluados en un plazo de 20 díashábiles des de la recepción de les solicitudes per la ComisiónTécnicaEvaluadora, la cual formulará la lista provisional de puntuaciones obtenidas para cada persona, entidad o equipo solicitante para su valoracióny posterior publicación de la lista provisional, ordenada de mayor a menor puntuación, que será publicada en la página web del Consell Insular de Formentera y en su tablón de anuncios.

2. Se establece un plazo de 5 díashábiles, des del día siguiente de la publicación de la lista de puntuaciones provisionales, para que las personas aspirantes puedan formular las alegaciones que estimenoportunas. Finalizado el plazoy unavez valoradas las alegaciones presentadas, la ComisiónTécnicaEvaluadora publicará a la página web del Consell Insular de Formentera yen su tablón de anuncios la lista definitiva delos proyectos seleccionados, ordenada de mayor a menor puntuaciónsegúncriterios de puntuación.”

 DEBE DECIR:

5. Enmienda de las solicitudes

1. Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Consell Insular de Formentera publicará la lista provisional de proyectos admitidos y excluidos en el plazo de 20 díashábiles a contar en la fecha de fin de presentación de proyectos. Esta información sehará pública en la página web de la institución, en su tablón de anuncios yen la web del proyectoSave Posidonia Project.

2. Se establecerá un plazo de 10 díashábiles des del dia siguiente de la publicación de la lista provisional de proyectos admitidos i excluidos porqué les persones que hayan presentado proyectos que hayan quedado excluidos puedan enmendar las causas específicas con a motivo de exclusión, de acuerdoconelartículo 68 de la Ley 39/2015, del1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

3. Una vez valoradas las enmiendas que se puedan presentar, sepublicará la lista definitiva de proyectos admitidos i excluidos, siguiendo los mismos canales de difusión que la lista provisional.”

6. Selección del proyecto

1. Los proyectos presentados seránevaluados en un plazo de 20 díashábiles des de la recepción de las solicitudes para la ComisiónTécnicaEvaluadora, la cualformulará la lista provisional de puntuaciones obtenidas per cada persona, entidad o equipo solicitante parasu valoracióny posterior publicación de la lista provisional, ordenada de mayor a menor puntuación, que será publicada a la página web del Consell Insular de Formentera y en su tablónde anuncios.

2. Se establece un plazo de 10 díashábiles, des del díasiguiente de la publicación de la lista de puntuaciones provisionales, para que las personas aspirantes puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. Finalizado el plazo y unavez valoradas las alegaciones presentadas, la ComisiónTécnicaEvaluadorapublicaráen la página web del Consell Insular de Formentera yen su tablón de anuncios la lista definitiva delos proyectos seleccionados, ordenada de mayor a menor puntuaciónsegúncriterios de puntuación.”

SEGUNDO. - PUBLICAR la convocatoria específica del concurso de proyectos del Save Posidonia Project del Consell Insular de Formentera, al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el Tablón de anuncios de la OAC yen la página web de la corporación www.consellinsulardeformentera.cat, con la modificación establecida enel punto primero, a efectos legales oportunos.

TERCERO. - NO DONAR TRÀMIT D’AUDIÈNCIA considerando que ya ha estadodada en la publicaciónal BOIB núm. 144, de 25 de noviembre de 2017 y que el plazo para a presentar alegaciones finaliza el 27 de desembre de 2017.

QUARTO. -ACORDAR que las bases de la presenteconvocatoria específica se consideran definitivas des de la finalización del plazo para presentar alegaciones tal y como se estipula en la publicacióndel BOIB núm. 144, de 25 de noviembre de 2017 .

QUINTO. -DAR CUENTAdelacuerdo alÁrea de Turismo i al Patronato de Turismo del Consell Insular de Formentera.

(…)

Convocatoria Específica del Concurso de Proyectos del Save Posidonia Project

1. Objeto y finalidad

El objeto de esta convocatoria es establecer el procedimiento de concesión de financiación de los proyectos que se presenten a concurso según establecen las bases generales reguladoras publicadas en el BOIB Núm. 105 de 26 de agosto de 2017: Aprobación definitiva de les bases que deben regir la convocatoria de concesión de financiación del proyecto/s ganador/es del concurso de proyectos enmarcados dentro del Save Posidonia Project, del Consell Insular de Formentera para el año 2017.”

La presente convocatoria específica desarrolla los procedimientos de presentación de solicitudes, evaluación y selección de los proyectos ganadores, así como el procedimiento de adjudicación.

La concesión de la financiación se adjudicará para ejecutar proyectos de ciencia, sensibilización y gestión ambiental con la finalidad de que se tomen las acciones oportunas en la conservación de la Posidonia oceánica, una especie básica en el ecosistema de las Illes Balears implicando a todas las personas, empresas u organizaciones nacionales e internacionales.

Tal cual indica la base séptima de las bases generales reguladoras del concurso de proyectos de la presente convocatoria, serán objeto de financiación todos los proyectos presentados por las personas, entidades o equipos científicos, con preferencia de los que hayan obtenido mayor puntuación y hasta agotar la cuantía recaudada por Save Posidonia Project.

Por regla general no podrán ser objeto de financiación aquellos proyectos cuando su coste exceda de la cuantía recaudada o del remanente que quede, teniendo en consideración el orden de prevalencia contenido en el listado definitivo que habrá creado la Comisión Técnica Asesora, con excepción de otras aportaciones externas o renuncia expresa de la financiación parcial del proyecto.

El Consell Insular de Formentera, coincidiendo con el año Internacional del Turismo Sostenible para el Desarrollo, lanza el macroproyecto Save Posidonia Projectpara que durante todo el año 2017, se pueda participar activamente en la causa, apadrinando cada una de las 7.650 hectáreas de Posidonia

que hay alrededor de la isla de Formentera. Así mismo todos aquellos eventos que se lleven a cabo en Formentera durante este año se sumarán al Save Posidonia Projectmediante donaciones.

Además, habrá disponible una plataforma de micro-mecenazgo que permitirá que todas las personas, empresas u organizaciones nacionales e internacionales puedan involucrarse y participar en la conservación de este hábitat Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO desde 1999. La calidad de las aguas de Formentera es envidiable para cualquier destino turístico del mundo y se pretende protegerlas para generaciones futuras.

Esta concesión de financiación tiene su razón de ser en la necesidad de contribuir a la conservación de la Posidonia oceánica, así como hacer partícipe a la sociedad civil de las Illes Balears en proyectos solidarios. También se pretende promover la concienciación de nuestra sociedad sobre la realidad de la especie.

La finalidad es contribuir al reconocimiento y el cumplimiento efectivo de la conservación de dicha especie generando participación y prestando especial atención a la necesidad de mantener las aguas de Formentera limpias y cristalinas, generando así un turismo de excelente calidad.

Toda la información y documentación relativa a la convocatoria estará disponible en la página web municipal (www.consellinsulardeformentera.cat), y en la Oficina de Atención al Ciudadano del Consell Insular de Formentera en sus horarios habituales.

Todo lo no detallado en esta convocatoria específica, se rige por las bases generales reguladoras anteriormente mencionadas.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/43/CEE del Consell, relativo a la conservación de los hábitos naturales y de la fauna y flora silvestres. En su Anexo 1 incluye las praderas de posidonia como hábitat de interés comunitario prioritario. Esto implica, según el artículo 1.d, que su conservación supone una especial responsabilidad para la Unión Europea. Además, el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo de la Lista de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas tiene como finalidad la conservación y mantenimiento de la planta Posidonia oceánica.

2. Importe de la financiación

De acuerdo con la base cuarta de las bases generales reguladoras, el importe de financiación será del 100% de la cuantía total recaudada del proyecto marco Save Posidonia Project durante los meses comprendidos entre el lanzamiento del proyecto hasta el 1 de noviembre de 2017, hasta un máximo de 200.000 € por proyecto.

La cuantía de la recaudación asciende a la cantidad de 132.657,65 euros (ciento treinta y dos mil seiscientos cincuenta y siete euros y sesenta y cinco céntimos de euro), siendo la cuantía de concesión del 100%.

La totalidad de la cuantía recaudada será destinada a financiar uno o varios proyectos que sean los ganadores del concurso de proyectos, que forma parte del gran Proyecto Marco Save Posidonia Project.

Tal cual indican las bases generales reguladoras en su apartado doceavo a través de esta convocatoria se desarrolla y complementa el procedimiento de concesión de la financiación del proyecto/s ganador/es del concurso de proyectos del Save Posidonia Project.

3. Presentación de solicitudes

1.-  Forma de presentación

Podrán presentar proyectos las personas físicas y/o jurídicas que reúnan los requisitos de la estipulación sexta de las bases generales reguladoras.

Los proyectos enmarcados dentro del Save Posidonia Project deberán plantear actuaciones inéditas y contener al menos, los apartados siguientes:

  1. Título.
  2. Línea estratégica (ciencia, gestión ambiental y sensibilización) en la que se enmarca y descripción de las características del proyecto.
  3. Planteamiento del proyecto y metodología a seguir para su ejecución.
  4. Objetivos generales y específicos.
  5. Calendario laboral, plan de trabajo y equipo asociado a su ejecución.
  6. Presupuesto detallado que incluya todos los gastos previsibles, especificando, en su caso: remuneración del trabajo, gastos corrientes, gastos de viajes, material inventariable y otros conceptos necesarios para el desarrollo del proyecto.
  7. Plan de comunicación, difusión y explotación de resultados.

Las solicitudes se deberán formalizar mediante el modelo normalizado que se adjuntará como anexo a la presente convocatoria. Se podrán presentar de una de las siguientes formas:

a. De manera presencial, en el Registre General del Consell Insular de Formentera, en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), en la c. de Ramon Llull, 6, CP 07860 Sant Francesc Xavier, Formentera.

b. Telemáticamente, a través de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana (OVAC), a la que se puede acceder desde la página web del Consell Insular de Formentera. Quedan obligados/as a presentar la solicitud de forma telemática todos aquellos casos incluidos en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, comunes de las administraciones públicas relativo al derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

c. En cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La solicitud deberá adjuntar todos y cada uno de los anexos existentes en la presente convocatoria (a excepción del anexo IV, de carácter voluntario), siendo este, un requisito indispensable para la admisión de la solicitud, con todos los apartados rellenados. La falta de presentación de los anexos no es enmendable.

Es un requisito indispensable para la admisión de la solicitud presentar en plazo el proyecto en papel y en soporte informático, en PDF y con toda la planimetría, si la hubiere.

Los proyectos presentados no podrán contener marcas comerciales ni logotipos que indiquen la autoría de los mismos.

La presentación del proyecto en un modelo o formato distinto al que se establece para esta convocatoria implica la exclusión y la no valoración del proyecto.

2.-Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 40 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

La presentación de la solicitud de concesión de la financiación implica la aceptación de las prescripciones contenidas en esta convocatoria.

4. Documentación a presentar

Todas las entidades solicitantes tienen que presentar solicitud firmada por la persona que tenga la representación legal y los anexos a la presente convocatoria, debidamente rellenados, siguiendo el formato contenido en los mismos.

En cualquier caso, los proyectos, la memoria técnica de los que se deberían ajustar al modelo que se muestra en el anexo V, deberán acompañarse de la siguiente documentación: 

  1. Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia de la persona solicitante o, si es el caso, de cada uno de los miembros que forman el equipo o entidad.
  2. Declaración responsable de la persona o, si es el caso, de cada una de los y las miembros del equipo/la entidad, de no estar sometidos a causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019 del Consell Insular de Formentera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 10 y siguientes de su Reglamento, así como lo establecido en el artículo 6 y concordantes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, aplicable a las Illes Balears.
  3. Copia de la titulación académica de la persona solicitante o, en su caso, de cada uno de los y de las miembros que formen el equipo/la entidad.
  4. Currículo de la persona o, en su caso, de las personas que formen el equipo/la entidad. La documentación acreditativa de los méritos, mediante originales o copias compulsadas, i/o formato digital (pdf), se deberá aportar sólo en el caso de resultar ganadores en el concurso de selección.

La entidad solicitante puede presentar cualquier otra documentación adicional que avale la buena ejecución del proyecto, por ejemplo: material gráfico o audiovisual que complemente la información presentada; mapas generales y de localización detallada de la actuación; estudios de identificación previa a la actuación, estudios de viabilidad, plan o programa marco de desarrollo (comunal, municipal, departamental, estatal, regional o de otro ámbito) en el cual encaje la intervención; carta o documento de consentimiento previo informado de las personas destinatarias de la actuación; documentos estratégicos de la entidad; facturas proforma; presupuestos profesionales o peritajes; memoria de las entidades, etc. Esta documentación complementaria se tiene que presentar como anexo y únicamente en soporte informático. Junto con la documentación, se tiene que incluir una lista de los anexos presentados. En ningún caso, la aportación de este material sustituye la información incluida en el formulario.

En caso de que las solicitudes no cumplan los requisitos exigidos o no incorporen la documentación que se ha mencionado anteriormente, se tiene que requerir la entidad interesada para que enmiende el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia que, transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que se haya enmendado, se considerará que desiste de su petición y se archivará el expediente sin más trámites, con la resolución previa correspondiente.

5. Subsanación de las solicitudes

1. Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Consell Insular de Formentera publicará la lista provisional de proyectos admitidos y excluidos en el plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de fin de presentación de proyectos.  Esta información se hará pública en la página web de la institución, en su tablón de anuncios y en la web del proyecto Save Posidonia Project.

2. Se establecerá un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación  de la lista provisional de proyectos admitidos y excluidos para que las personas que hayan presentado proyectos que hayan quedado excluidos puedan subsanar las causas específicas como motivo de exclusión, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Una vez valoradas las enmiendas que se pueden presentar, se publicará la lista definitiva de proyectos admitidos y excluidos, siguiendo los mismos canales de difusión que la lista provisional.

6. Selección del proyecto

1. Los proyectos presentados serán evaluados en un plazo de 20 días hábiles desde la recepción de las solicitudes por la Comisión Técnica Evaluadora, la cual formulará la lista provisional de puntuaciones obtenidas por cada persona, entidad o equipo solicitante para su  valoración y posterior publicación de la lista provisional, ordenada de mayor a menor puntuación, que será publicada en la página web del Consell Insular de Formentera y en su tablón de anuncios.

 2. Se establece un plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente de la publicación de la lista de puntuaciones provisionales, para que las personas aspirantes puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. Finalizado el plazo y una vez valoradas las alegaciones presentadas, la Comisión Técnica Evaluadora publicará en la página web del Consell Insular de Formentera y en su tablón de anuncios la lista definitiva de los proyectos seleccionados, ordenada de mayor a menor puntuación según criterios de puntuación.

3. La persona, equipos o entidad adjudicataria dispondrá de un plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva, para acreditar la veracidad de la documentación presentada. Esta justificación se hará mediante la aportación de originales o copias cotejadas y se presentará en el mismo lugar que las solicitudes. El hecho de no acreditar la veracidad de todos los documentos presentados y alegados inicialmente supondrá la pérdida de la condición de persona o entidad ganadora y se procederá a requerir dicha documentación a la siguiente persona, entidad o equipo con más puntuación de la lista definitiva. La falsedad en la documentación presentada conlleva la exclusión del proceso de selección, así como la posibilidad de aplicar sanciones por falsedad documental.

 4. Una vez validada la veracidad de toda la documentación, la Consellera responsable del Área de Medio Ambiente elevará a la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, o, en su caso, al Pleno del Consell Insular de Formentera, a instancias de la Comisión Técnica Evaluadora, la propuesta de adjudicación de financiación de proyecto, o proyectos, a la persona, entidad o equipo que hayan sido seleccionados al efecto.

 5. Contra la resolución de concesión o denegación, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber realizado la publicación oficial de acuerdo con el artículo 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. Se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo delante de la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justícia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. No obstante, no se puede interponer un recurso contencioso- administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el recurso de reposición interpuesto o se haya producido la desestimación presunta.

 7. Ordenación e instrucción del procedimiento

1. Corresponde a la Comisión Técnica Evaluadora examinar las solicitudes presentadas y extender acta de la sesión que se realizará presencialmente o en caso de imposibilidad, por videoconferencia antes de la finalización del plazo para publicar la lista provisional de las puntuaciones obtenidas, que tienen que firmar el Presidente y Secretario del Comisión Técnica Evaluadora, y que tienen que servir de base para elaborar la propuesta de resolución.

2. Con respecto al régimen de constitución y funcionamiento, la Comisión Técnica Evaluadora se tiene que regir por lo que disponen los artículos 15 y siguientes, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

8. Composición de la Comisión Técnica Evaluadora

1. La Comisión Técnica Evaluadora será el órgano que se encargará de examinar las solicitudes presentadas y emitir el informe que debe servir de base para la resolución de concesión por parte del órgano competente.

2. Los proyectos se valorarán sobre una puntuación máxima prevista de 100 puntos y se evaluarán teniendo en cuenta los siguientes aspectos y porcentajes máximos:

DESARROLLO TÉCNICO DEL PROYECTO

50 puntos

a. Currículum de las persones físicas y relación de trabajos realizados por la entidad / el equipo, etc., propuesto para ejecutar el proyecto

0 - 20

b. Cronograma adecuado a los objetivos del proyecto

0 - 10

c. Sistema de indicadores adecuado y suficientes

0 - 10

d. Existencia de resultados medibles y verificables

0 - 10

DESARROLLO ECONÓMICO

10 puntos

e. Relación coste/ejecución.

0 - 10

ADEQUACIÓ DEL PROJECTE A LA FINALITAT DE LA CONVOCATÒRIA

10 punts

f. Innovación de la propuesta respecto a otras ya ejecutadas:

0 - 5

g. Coherencia de los objetivos y metodología empleada con los objetivos del proyecto marco Save Posidonia Project:

0-5

DIMENSIÓN SOCIAL

30 puntos

h. Aplicabilidad de los resultados e impacto socioeconómico del proyecto

0 - 5

i. Creación y consolidación de empleo en las Islas Baleares

0 - 5

j. Creación, edición, publicación, y divulgación de los resultados a través de material didáctico, indicando el público objetivo. Plan de difusión.

0 - 10

k. Publicidad de los valores ambientales y promoción del turismo sostenible entre las personas residentes y visitantes de la isla de Formentera.

0 - 10

3. Esta Comisión Técnica Evaluadora estará formada por miembros de los servicios técnicos del Consell Insular de Formentera, así como personas técnicas de reconocido prestigio relacionados con el ámbito de aplicación del proyecto, tanto del ámbito público como del ámbito privado.

4. Serán miembros de la Comisión Técnica Evaluadora las siguientes personas:

a.Sr. Ángel Custodio Navarro Sánchez como Secretario del Consell Insular de Formentera

b.Sr. David Francés Alonso como jurista del Consell Insular de Formentera

c.Sr. Javier Asensio Ruano y Sra. Ana María Fernández Molero como técnicos de medio ambiente del Consell Insular de Formentera

d.Sr. Jorge Enrique Moreno Pérez y Sra. Marta Castelló Roger como personas técnicas de la Conselleria de Medio Ambiente del Gobierno de las Islas Baleares

e.Sr. Oscar Esparza Alaminos de la WWF, Sra. Hazel Morgan de Amics de la Terra Eivissa, y el Sr. Manu San Félix de la Asociación Vellmarí como personas representantes de ONG’s medioambientales

f.Sr. Pedro M. Sánchez Castillo como catedrático de la Universidad Granada especialista en medio marino

g.Sra. Pau Alonso Monasterio Fernández y Sr. Enrique Ballesteros Sagarra como representantes de la comunidad científica

h.La Asociación Club de busseigrecreatiu Sota S’aigu representada por el Sr. Antonio Carrión Ribas en calidad de representante de los buceadores/as

i.La Cofradía de Pescadores de la Isla de Formentera representada por el Sr. Iván Pérez Marí en calidad de representante de los pescadores/as

j.La Asociación de Navegantes de Instalaciones Náuticas Deportivas de Baleares representada por el Sr. Juan José Costa Guasch en calidad de representante del sector náutico

k.La Asociación de Vecinos de la Isla de Formentera representada por la Sra. Verónica López Paredes en calidad de representante de la sociedad civil.

9. Seguimiento del proyecto y obligaciones

En caso de que la entidad, personas o equipos beneficiarios no renuncien a la concesión en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación del acuerdo de resolución de otorgamiento de financiación, implicará la plena aceptación de lo que establecen estas bases, así como el ajuste a los procedimientos legales que rigen para las justificaciones del uso de los fondos públicos recibidos.

Cuando los proyectos tengan una duración superior a 12 meses, la entidad beneficiaria deberá presentar informes técnicos justificativos de carácter anual, según la estipulación vigésima de las bases generales reguladoras.

Los proyectos con durada inferior al año deberán de presentar un informe semestral a la persona que haga el seguimiento que deberá incluir tanto la dimensión estrictamente científica/técnica como la correspondiente justificación del gasto total realizado. Este documento servirá para hacer balance del trabajo realizado y de las previsiones de ejecución.

Estos informes deben presentarse en papel y soporte informático.

10. Forma de adjudicación de la financiación

El importe se asignará en función del orden de puntuación obtenido de la lista de proyectos presentados, puntuados de acuerdo a lo establecido en la base novena y publicadas según establece la base decimotercera, de las bases generales reguladoras.

Una vez finalizado el proceso de selección de proyectos merecedores de financiación, se elaborará una lista según el orden de puntuación establecido en las bases, atendiendo a las características técnicas del proyecto y la cantidad total recaudada. En caso de haber un remanente económico respecto a la cantidad del proyecto seleccionado, se destinarán los fondos a financiar el siguiente o siguientes proyectos, de conformidad a lo establecido en la cláusula sexta de estas bases, hasta agotar el importe total recaudado durante toda la campaña 2017.

La resolución definitiva fijará la cuantía concedida para cada uno de los proyectos.

Si una vez distribuido sucesivamente el crédito entre los diferentes proyectos de acuerdo con la orden de prelación determinado de conformidad con el punto anterior, el crédito presupuestario disponible es insuficiente para financiación el importe total solicitado por el último posible beneficiario, se notificará la propuesta de resolución a la entidad interesada a fin de que acepte o no la financiación propuesta.

En caso de que la entidad no acepte la financiación o presente una reformulación que no admita la Administración, se propondrá el otorgamiento de la financiación de forma sucesiva a todos los beneficiarios que consten en el orden de prelación fijado de conformidad con los puntos anteriores.

En caso de que alguna entidad beneficiaria renuncie a la financiación, el Consell Insular de Formentera tiene que otorgar la ayuda a la entidad solicitante o a las entidades solicitantes siguientes por orden de puntuación, sin necesidad de hacer una nueva convocatoria, siempre que, con la renuncia de alguna de las entidades beneficiarias, se haya liberado crédito suficiente para atender como mínimo una de las solicitudes no financiadas por falta de crédito presupuestario. El Consell Insular de Formentera tiene que notificar la propuesta a las entidades interesadas. Una vez que la entidad solicitante o las entidades solicitantes hayan aceptado la propuesta, se tiene que dictar el acto de concesión y se tiene que notificar de manera oficial.

11. Abono y justificación de la financiación

El abono de la cuantía del importe de financiación se realizará en pagos parciales según justificación del trabajo realizado mediante entrega de memoria justificativa, previo informe del trabajo realizado hasta el momento de la persona que realice el seguimiento del proyecto y el visto bueno para al pago de la parte de la dotación económica, hasta el agotamiento de la cuantía de financiación, siempre y cuando quede correctamente justificado el gasto realizado.

Serán gastos susceptibles de financiación los estipulados en la base quinta de las bases generales reguladoras.

Esta justificación tendrá carácter anual o semestral, tal cual establece la cláusula vigésima de las bases, salvo que se establezca otro plazo en la convocatoria correspondiente.

Los documentos justificativos del gasto y del pago deberán estar emitidos a nombre de la persona, entidad o equipo beneficiario del importe económico.

Una vez finalizado el proyecto, la entidad beneficiaria presentará la documentación requerida en el punto decimonoveno de las bases reguladoras.

El Consell Insular de Formentera comprobará la adecuada aplicación de la financiación, para lo que requerirá a la persona o entidad beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto y pago y demás documentación que considere necesaria. 

El plazo de presentación de los documentos será de 30 días hábiles desde la finalización de la ejecución del proyecto, salvo que en la resolución por la que se concede la financiación se establece otro superior en atención a las circunstancias concurrentes en cada caso.

La entidad beneficiaria deberá presentar todos los documentos en formato papel y en soporte informático para la justificación de la totalidad del proyecto.

El Consell Insular de Formentera se reserva la capacidad de exigir, en general, la comprobación de la correcta aplicación de la financiación y la de requerir la presentación de los documentos justificativos adicionales que se consideren precisos, sin perjuicio de las facultades de comprobación que las normas vigentes atribuyen a la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas o de otros órganos.

12. Compatibilidad

La concesión de la financiación que se otorgue en esta convocatoria es compatible con otras ayudas y subvenciones, independientemente de  la naturaleza y de la entidad que las conceda.

13. Responsabilidad y revocación

La entidad beneficiaria de la concesión de la financiación del proyecto  es la única responsable de la realización y ejecución del mismo en los términos, forma y justificación de los gastos que se deriven al respecto.

Se revocará y se reintegrará el importe total otorgado para la concesión de la financiación del proyecto en caso de incumplimiento alguno:

  • Incumplimiento total o parcial de los fines establecidos
  • Incumplimiento de los plazos de ejecución
  • Demora en la presentación de la justificación o justificación insuficiente o deficiente
  • Incumplimiento en el requisito de medidas de difusión

14. Régimen de recursos de la convocatoria

La resolución de concesión de la financiación para la ejecución del proyecto agota la vía administrativa. Una vez publicada se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde la publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses desde la publicación.

15. Disposiciones supletorias

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, y el Real Decreto 887/ 2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación. Y de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019 del Consell Insular de Formentera.

16. Relación de Anexos formalizados para presentación de la solicitud y documentación preceptiva

- Solicitud de participación al concurso de proyectos del Save Posidonia Project del Consell Insular de Formentera 2017

- Declaración responsable de dotación económica para la financiación del proyecto ganador del Save Posidonia Project del Consell Insular de Formentera 2017

- Modelo de aceptación de la financiación

- Modelo de renuncia de la financiación

- Modelo de memoria técnica del proyecto

- Modelo de resumen de memoria económico- justificativa

  

Anexo I

Solicitud de participación en el concurso de proyectos del Save Posidonia Project del Consell Insular de Formentera 2017

Nombre/Entidad/Organización ............................................................................................................, con DNI/NIE/CIF núm.  ................................................................................................, con domicilio en ................................................................................................................................., población  ...................................................................... CP ............................................, teléfono/s ................................................... i dirección electrónica ......................................................

EXPONE

Que enterado/da de la convocatoria pública de la dotación económica para la financiación del proyecto ganador del Save Posidonia Project para el año  2017 del Consell Insular de Formentera, publicada en fecha__________________________y de acuerdo con lo que prevén sus bases,

SOLICITA

Acogerse al procedimiento para seleccionar el proyecto beneficiario del financiación.

Entidad

(   ) Investigador/a a título individual

(   ) Investigador/a coordinador/a del equipo formado por:

.....................................................................................

.....................................................................................

.....................................................................................

DOCUMENTACIÓ ADJUNTA

(   ) DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia

(   ) Declaración responsable

(   ) Titulación académica

(   ) Proyecto

(   ) Currículos del personal investigador/equipo

Formentera, ............d..................................... de 2017

(signatura)

HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

  

Anexo II

Declaración Responsable

Dotación económica para  la financiación del proyecto ganador del Save Posidonia Project del Consell Insular De Formentera 2017

Sr./Sra. ...................................................................................................................., con DNI núm. .................................................................................................................................., con domicilio a ...................................................................................................................................., población .......................................................................................... CP ............................................, teléfono/s .............................................................. y dirección electrónica  ..........................................

Declara:

Que los datos anteriores y los del currículo/os adjunto/s son ciertos y que conoce y acepta las bases de esta convocatoria.

Que está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell Insular, con la Comunidad Autónoma y con la Administración del Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

Que no incurre en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones que figuren en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

Que cumple los requisitos a los que se hace referencia en la clausula sexta de las bases de la convocatoria del concurso de proyectos del Save Posidonia Project.

Que autoriza el Consell Insular de Formentera a acceder a la información fiscal de las personas/entidades interesadas.

Formentera, ..............................d...................................... de 2017

(Signatura)

HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo III

Modelo de aceptación de la financiación

Sr./Sra. ......................................................................................................................, con DNI núm. ........................................................................................................................., con domicilio a ......................................................................................................................, población .......................................................................................... CP ......................................., teléfono/s ............................................................... y dirección electrónica .......................................

DECLARA:

Que acepta el importe y  las condiciones a que queda sometida la subvención contenida en la propuesta de resolución provisional de fecha_____________________________de la convocatoria de concesión de financiación del proyecto/s ganador/s del concurso de proyectos enmarcados dentro del Save Posidonia Project, del Consell Insular de Formentera para el año 2017, para el proyecto:

Título:________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________      

(Signatura)

HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

  

Anexo IV

Modelo de renuncia de la financiación

Sr./Sra.  ........................................................................................................................................, con DNI núm. ..............................................................................................................................., con domicilio a................................................................................................................................, población .......................................................................................... CP ......................................., teléfono/s ................................................................ y dirección electrónica .......................................

DECLARA:

Que renuncia al importe y las condiciones a la queda sometida la subvención contenida en la propuesta de resolución provisional de fecha _____________________________ de la convocatoria de concesión de financiación del proyecto/s ganador/s del concurso de proyectos enmarcados dentro del Save Posidonia Project, del Consell Insular de Formentera para el año 2017, para el proyecto:

Título:____________________________________________________________________

__________________________________________________________________________

(Signatura)

HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo V

Modelo de memoria técnica del proyecto

Los proyectos presentados no podrán contener marcas comerciales ni logotipos que indiquen la autoría de los mismos.

Los proyectos presentados no podrán contener marcas comerciales ni logotipos que indiquen la autoría de los mismos.

TÍTULO DEL PROYECTO ( máx. 175 caract)

       

                

RESUMEN DEL PROYECTO (máx. 3500 caract)

      

      

RESUMEN DEL PROYECTO (máx. 3500 caract)

      

   

PALABRAS CLAVE ( máx. 10 palabras)

      

  

OBJECTIVOS ( máx.1000 caract)

       

  

ENTIDAD O ORGANISMO SOLICITANTE( máx.300 caract)

     

  

COMPOSICIÓN DEL EQUIPO INVESTIGADOR (Investigador principal del proyecto (IP), otras personas investigadoras como miembros del grupo de búsqueda del proyecto, justificación de la adecuación del grupo investigador en relación a garantizar la viabilidad del proyecto) (máx.1400 caract)

     

  

ÁREA DE CONOCIMIENTO

    

                   

ÁREA DE INVESTIGACIÓN (máx.500 caract)

     

       

LÍNEA PRIORITÀRIA DE INVESTIGACIÓN

              

            

FUNDAMENTO Y SIGNIFICADO DEL ESTUDIO (Conocimiento de la materia y antecedentes, estudios o pruebas previas (estudio piloto, en su caso), aplicabilidad en el campo de la ciencia, grado de innovación del proyecto) ( máx.6000 caract)

            

                 

 

MÈTODOS (Variables determinadas y variables a controlar, población objeto y marco temporal, análisis estadística y gestión de los datos) ( máx.8000 caract)

                       

        

DESARROLLO DEL PROYECTO (Desarrollo de objetivos general y específicos, consideraciones éticas, planificación del proyecto: fases y cronograma de trabajo) (máx.9000 caract) ( se podrá incluir una imagen como cronograma)

           

              

ADECUACIÓN DE MEDIOS Y PRESUPUESTO (Medios materiales y humanos disponibles para la realización del proyecto y su adecuación a los objetivos que se proponen, así como necesidades de subcontratación, adecuación del presupuesto solicitado en la ejecución del proyecto) ( máx. 5000 caract)

                      

          

PLAN DE DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS( máx.3000 caract)

             

                

RESULTADOS, APLICABILIDAD E IMPACTO SOCIOECONÓMICO DEL PROYECTO (máx.5000 caract)

                          

       

ANEXOS O OTRAS CONSIDERACIONES QUE SE DESEEN HACER CONSTAR ( máx.1000 caract)

     

   

PRESUPUESTO

CONCEPTO

COSTE €

AYUDA QUE SE SOLICITA

%TOTAL

GASTOS DE PERSONAL

     

     

GASTOS DE EJECUCIÓN

Aparatos y equipos

     

Subcontratación*

     

Material fungible

     

Viajes y dietas

     

Otros gastos

     

TOTAL EJECUCIÓN

     

     

TOTAL COSTES DIRECTOS

     

     

TOTAL COSTES INDIRECTOS

     

     

     

TOTAL COSTES ( Directos+ Indirectos)

     

     

GASTOS SUBCONTRATACIÓN*

     

HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

 

Anexo VI

Modelo resumen de memoria económico-justificativa

DATOS DE LA ACTUACIÓN:

Razón Social de la persona Beneficiaria

CIF de la persona Beneficiario

Referencia Administrativa

Título del proyecto o actuación

Fecha de inicio

Fecha final

PRESUPUESTO A JUSTIFICAR por partidas

PARTIDAS PRESUPUESTÀRIAS

SUBVENCIÓN CONCEDIDA (€)

GASTOS JUSTIFICADOS (€)

DIFERÈNCIA (€)

Personal

Amortización de aparatos y equipos

Subcontrataciones

Material fungible

Viajes, desplazamientos y manutención

Otros gastos

Costes Indirectos

TOTAL

  

Formentera, a 8 de enero de 2018

El Presidente

Jaume Ferrer Ribas