Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN
Núm. 187
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación relativa a la renovación del primer concierto social del servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia, firmado en fecha 1 de diciembre de 2016, con la entidad Sóller Invest, S.L.
Hechos
1. Mediante la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación, de 31 de mayo de 2016, se convocó el primer concierto social del servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia (BOIB núm. 69, de 2 de junio de 2016).
2. En fecha 1 de diciembre de 2016 se firmó el concierto entre la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación del Gobierno de las Illes Balears y la entidad Sóller Invest, S.L. para el servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia en la Residencia Bell Entorn. El importe máximo de este concierto (90 plazas residenciales), una vez deducido un 20 % en concepto de copago de los usuarios, es de 1.750.510,80 €. La duración de este concierto es de doce meses a contar desde el 1 de diciembre de 2016, lo que significa que finaliza el próximo 30 de noviembre de 2017.
3. En fecha 16 de octubre de 2017 se emitió Informe justificativo del director general de Dependencia relativo a la necesidad y la urgencia de la renovación del concierto social del servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia, firmado el 1 de diciembre de 2016 y su ampliación el 1 de agosto de 2017. En este informe se considera oportuno y necesario renovar el concierto con la entidad Sóller Invest, S.L. relativo a 90 plazas residenciales para persones mayores en situación de dependencia durante el período que va del 1 de diciembre de 2017 al 30 de noviembre de 2018, para asegurarse que estas persones puedan continuar ingresadas en su centro residencial.
4. En fecha 20 de octubre de 2017, el director general de dependencia emitió una propuesta de resolución relativa a la renovación del primer concierto social del servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia, firmado en fecha 1 de diciembre de 2016, con la entidad Sóller Invest, S.L.
Fundamentos de derecho
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1.- Renovar el concierto social del servicio residencial para persones mayores en situación de dependencia firmado con la entidad Sóller Invest, S.L., con NIF B07962285, de 90 plazas en la Residencia Bell Entorn, al precio ofertado de 66,61 € día (IVA incluido) las plazas de grado III y al precio de 62,49 € día (IVA incluido) las plazas de grado II, durante el período que va del día 1 de diciembre de 2017 al día 30 de noviembre de 2018, lo que supone un importe máximo de 1.750.510,80 € (una vez deducido un 20 % en concepto de copago de los usuarios).
2.- Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad Sóller Invest, S.L., con NIF B07962285, por importe de 1.750.510,80 €, con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018.
3.- El concierto se regirá por las estipulaciones del documento de concierto firmado en fecha 1 de diciembre de 2016 y por el Pliego General de prescripciones técnicas.
4.- Notificar la resolución a la entidad interesada.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que pone fin a la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/198, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 30 de noviembre de 2017
La consejera de Servicios Sociales y Cooperación
Josefina Santiago Rodríguez