Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ
Núm. 160
Convocatoria Juez de Paz Sustituto
De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento del Consejo General del Poder Judicial núm. 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, se anuncia la convocatoria pública para la provisión del cargo de Juez o Jueza de Paz Sustituto de este municipio.
Los requisitos exigibles para optar a este cargo son los siguientes:
- Ser mayor de edad
- Nacionalidad española
- No estar impedido físicamente o psíquicamente para ejercer las funciones judiciales
- No estar sometido en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad
- No estar condenado, procesado o inculpado por delito doloso hasta que no sean absueltos o se dicte acto de sobreseimiento
- Residencia en el municipio de Llubí
- Disfrutar del ejercicio pleno de los derechos civiles
- No pertenecer a partidos políticos o sindicados
Las personas interesadas que cumplan los requisitos mencionados pueden presentar sus solicitudes en el registro general del Ayuntamiento de Llubí o en cualquier de los lugares previstos al artículo 38.4 de
El plazo de presentación de instancias es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente que se publique este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Llubí, a 14 de noviembre de 2017
La alcaldesa,
Magdalena Perelló Frontera