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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA

Núm. 12252
Procedimiento juicio verbal 547/2016, Notificación de Sentencia

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Texto

D. RAFAEL PEDRAZA ARIAS, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento  seguido a instancia de  SCHINDLER, S.A. frente a IBIZA MBM2, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 242/17

En Ibiza, a 13 de julio de 2.017.

D. ALFONSO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio Verbal número 547/2016, a instancia de la entidad SCHINDLER S.A., como parte demandante, representada por la procuradora Doña VICENTA JIMÉNEZ RUIZ y asistida por el letrado D. JULIAN PLAZA BERMEJO, contra la entidad IBIZA MBM2 S.L., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

a  dictar la presente resolución

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas a instancia de la entidad SCHINDLER S.A., como parte demandante, contra la entidad IBIZA MBM2 S.L., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a esta a abonar la cantidad de 4.735,89 euros, más los intereses previstos en el artículo 7.2 Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, a contar a partir de los 30 días naturales siguientes a la  prestación del servicio,  y con condena a la demandada en las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado dentro del término de VEINTE días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 458 y siguientes de la LEC.

Y encontrándose dicho demandado,  IBIZA MBM2, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

IBIZA/EIVISSA a dieciséis de octubre de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,