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AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 9
Determinación de condiciones para la ocupación de la vía pública para el año 2018 en el municipio de Sant Antoni de Portmany
Mediante Decreto de Alcaldía núm. 3290, de 29 de diciembre de 2017, se ha adoptado la siguiente resolución:
Dada cuenta del expediente administrativo para la determinación de las condiciones de ocupación de la vía pública para el año 2018.
Vista la Ordenanza municipal reguladora de la ocupación de la vía pública, publicada en el BOIB núm. 84, de 11 de julio de 2017.
Visto el artículo 18 de la citada Ordenanza, relativo al horario de las ocupaciones y el cual dispone:
«1. El horario autorizado será el que conste en la licencia de ocupación de la vía pública. El horario general autorizable a las ocupaciones de establecimientos hosteleros-terrazas y de establecimientos comerciales será de las 8 horas a las 24 horas.
Por resolución del órgano municipal competente podrá ser ampliado excepcionalmente en zonas de uso mayoritariamente turístico, así como restringido para evitar molestias a los vecinos o en zonas de especial incidencia en el medio ambiente. La restricción podrá afectar a una zona concreta o únicamente a los locales en los que la ocupación produzca molestias a los vecinos, previo informe de la Policía Local o de los técnicos municipales, de acuerdo con la normativa municipal reguladora de las contaminaciones por ruidos y vibraciones.
2. El montaje y desmontaje de la ocupación deberá realizarse dentro del horario autorizado.
3. El incumplimiento del horario autorizado para la ocupación de la vía pública podrá ser causa de revocación de la licencia y/o de denegación de futuras licencias durante el plazo establecido.»
Visto el artículo 17.9 de la citada Ordenanza, relativo a los criterios técnicos y el qual dispone:
«El órgano municipal competente, mediante Decreto podrá establecer criterios de ocupación específicos para zonas, vías o espacios libres concretos en función de sus características propias.»
Vista Providencia de la Concejal delegada de Urbanismo y Actividades de fecha 29 de diciembre de 2017.
Visto informe jurídico emitido por el secretario de la Corporación de fecha 29 de diciembre de 2017.
En virtud de las competencias que tengo otorgadas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en sus art. 21.1 s), tengo a bien la adopción de la siguiente,
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Aprobar para los restaurantes y establecimientos de comidas la ampliación del horario de ocupación de la vía pública hasta las 02.00 horas, en todo el municipio excepto en las zonas afectadas por la declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE). La ampliación del horario de ocupación vendrá condicionada al paro de la actividad musical hasta el cierre de la actividad.
SEGUNDO.- Excluir para los restaurantes y establecimientos de comidas ubicados en los espacios libres públicos, definidos en el artículo 2.3 de la actual Ordenanza de ocupación de la vía pública, de la obligación de desmontar la terraza al finalizar el horario de ocupación de la vía pública, condicionado a que el mobiliario no se pueda utilizar y a que haya personal que vigile su cumplimiento mientras permanezca cerrado el establecimiento, excepto en las zonas afectadas por la declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE), donde en todo caso deberán desmontar las terrazas al finalizar el horario de ocupación de la vía pública.
TERCERO.- Excluir para los restaurantes y establecimientos de comidas ubicados en los espacios libres públicos, definidos en el artículo 2.3 de la actual Ordenanza de ocupación de la vía pública, de la prohibición del artículo 19.5 de la mencionada Ordenanza, de realizar anclajes, sujeciones o cualquier otra intervención en el pavimento para los toldos o sombrillas.
CUARTO.- Estas condiciones se mantendrán del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018.
QUINTO.- Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para su general conocimiento.
En Sant Antoni de Portmany, 29 de diciembre de 2017.
El Alcalde,
José Tur Torres