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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 14643
Resolución de convocatoria para proveer mediante el sistema de comisión de servicios de carácter voluntario el puesto de trabajo denominado Director/a (F00460005) adscrito al Museo de Mallorca de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes

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Texto

1. Objeto

De acuerdo con la Instrucción 2/2012, de 27 de marzo, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios y pautas para adjudicar las comisiones de servicios de carácter voluntario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se establece la convocatoria para proveer mediante comisión de servicios de carácter voluntario el siguiente puesto de trabajo:

MUSEO DE MALLORCA (PALMA)

C.UNIDAD    C.PUESTO TRABAJO  PUESTO TRABAJO   DESTINO  NP    C.ESP.       CD  TP   FP  AP     GR       CUERPOS  OBSERV                  CAT    RD

PTC0040003    F00460005                       DIRECTOR/A                PALMA      1       15.654,71   26    C       L   A3    A1/A2      2549          DE, HE,IN, RDT          C1    N

2. Duración

La duración de la comisión de servicios será de un año, sin perjuicio que pueda ser prorrogada de acuerdo con lo previsto en el el punto 4.3 de la Instrucción 2/2012.

3. Publicidad

Esta convocatoria se publica en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en la intranet y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Requisitos de los aspirantes

Se puede presentar todo el personal funcionario de carrera que se encuentre en la situación administrativa de servicio activo y que cumpla los requisitos establecidos en la Instrucción 2/2012 y en la relación de puestos de trabajo, excepto:

a. Las personas a quienes en el plazo del último año se haya adjudicado un puesto de trabajo en una convocatoria de provisión de puestos de trabajo, por concurso de méritos o por libre designación. Esta limitación no es de aplicación en los supuestos de remoción, supresión del puesto de trabajo o de redistribución de efectivos.

b. Las personas a quién, en el plazo del último año, se haya autorizado una comisión de servicios. Esta restricción no es de aplicación al personal funcionario que dentro de este plazo haya cesado en la comisión por causa diferente de la de renuncia voluntaria.

c. Con respecto al personal funcionario de nuevo ingreso o de promoción interna, hay que ajustarse a lo dispuesto en la convocatoria sobre el periodo mínimo de permanencia en el puesto de trabajo. Si no hay una disposición expresa en las bases correspondientes o en la normativa de aplicación, se aplicará lo previsto en la letra a del punto 3.3 de la Instrucción 2/2012.

El personal funcionario está en la situación de servicio activo cuando ocupa un puesto de trabajo dotado presupuestariamente con carácter permanente o provisional.

En los supuestos que el puesto convocado pueda ser provisto por personal funcionario de carrera de otras administraciones públicas, éste se puede presentar siempre que cumpla también los demás requisitos establecidos por la relación de puestos de trabajo y la normativa de aplicación.

5. Solicitudes y plazo de presentación

Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, se presentarán en el registro de entrada de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

En el Portal de Servicios de Personal/Comisiones de Servicios se encuentran a disposición de las personas interesadas el modelo de solicitud de participación en la convocatoria y el modelo de índice de documentos presentados.

En esta solicitud las personas interesadas podrán adjuntar el certificado a que se refiere el punto 5.6 de la Instrucción 2/2012, o bien una copia compulsada de la documentación que corresponda.

El plazo de presentación de solicitudes es de siete días hábiles y empieza a transcurrir a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el portal de servicios al personal de la Intranet.

Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitud un currículum laboral, con la inclusión de un resumen (de entre tres y cinco páginas) de proyecto de gestión del Museo de Mallorca.

6. Baremo de méritos

De acuerdo con lo previsto el punto 10.3.a de la Instrucción 2/2012, no se establece baremo de méritos para adjudicar esta comisión de servicios.

7. Propuesta de resolución definitiva

Después de haberse agotado el plazo de presentación de solicitudes, se emitirá directamente una propuesta de resolución definitiva de adjudicación de la comisión de servicios a favor de la persona participante que considere más idónea, esté o no adscrita a la consejería convocante o a un ente del sector público instrumental de la misma.

En caso de que la propuesta de resolución definitiva de adjudicación de la comisión de servicios se haga a favor de una persona que no pertenece a la consejería convocante o a un ente instrumental que esté adscrito, se tiene que disponer de la conformidad de la consejería o del ente al que esté adscrito el funcionario o la funcionaria correspondiente.

La propuesta de resolución se publicará en los tablones de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en los tableros de los entes del sector público instrumental dependientes y en el Portal de Servicios al Personal de la intranet durante un periodo mínimo de 7 días hábiles.

8. Resolución de adjudicación

El director general de Función Pública y Administraciones Públicas es el órgano competente para resolver el procedimiento de adjudicación de la comisión de servicios convocada, de acuerdo con la delegación de competencias vigente en la actualidad.

Contra la resolución de la adjudicación de la comisión de servicios las personas interesadas (que hayan participado en la convocatoria) podrán interponer un recurso de reposición ante el director general de Función Pública y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su notificación.

9. Convocatoria desierta

La convocatoria se declarará desierta si no se presentan solicitudes para participar dentro del plazo establecido, o cuando las personas que se presenten no cumplan los requisitos para que le pueda ser adjudicada.

Asimismo, la convocatoria podrá declararse desierta en caso de que se considere que no hay ninguna persona idónea para ocupar la plaza en comisión de servicios.

La Consejería de Cultura, Participación y Deportes publicará la resolución correspondiente en el tablón de anuncios y en la intranet.

10. Convocatoria sin efectos

Se podrá dictar una resolución motivada mediante la cual se deje sin efectos la convocatoria.

De acuerdo con la Instrucción 2/2012, en caso de ser necesario esta resolución se tiene que dictar antes de que finalice el plazo para presentar solicitudes, excepto casos de fuerza mayor y de supuestos justificados en que la resolución no se pueda emitir dentro de dicho plazo.

La resolución, en caso de que se emita, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes y en el Portal de Servicios al Personal de la Intranet, y se especificarán los recursos que las personas interesadas podrán interponer.

11. Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el secretario de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de la Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 27 de diciembre de 2017

El secretario general,

Guillem Joan Fullana Daviu

(Por delegación de la consejera de Hacienda y Administraciones

Públicas, BOIB 148/2015, de 8 de octubre)