Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 14720
Aprobación definitiva modificación presupuesto modalidad crédito extraordinario
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 9 / de noviembre / 2017, sobre el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado Bajas Otras aplicaciones, que se hace público resumido por capítulos:
Esta modificación se financia con cargo a Bajas Otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Cap. |
Altes Aplicació Presupostària |
Descripción |
Euros |
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---|---|---|---|---|
6 |
Progr. |
Económica |
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3121 |
62300 01 |
Inversió maquinària centre de dia |
+3.300 |
Cap. |
Baixes Aplicació pressupostària |
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6 |
3370 |
63200 01 |
Habilitació sales d´assaig edif. La Vileta |
-3.300 |
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TOTAL CAP 6 |
2.081.913,06 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 171.3 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sa Pobla, a 13 de diciembre 2017.
El Alcalde Presidente,
Biel Ferragut Mir.