Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 14664
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 30 de noviembre de 2017 por la que se autoriza la implantación del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística y del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Asistencia al Producto Gráfico Impreso en la Escuela de Arte de Ibiza
Hechos
1. La Escuela de Artes Aplicadas y Oficios de Ibiza, con el código 07001423, se creó en febrero de 1935 y se puso en funcionamiento el mes de mayo de este mismo año.
2. Mediante una Orden ministerial de 4 de mayo de 1998 se autorizó implantar de forma anticipada el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de Amueblamiento y se declararon a extinguir, a partir del curso 1997-1998, la especialidad de Decoración de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística y el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de Modelismo de Indumentaria. No obstante, las enseñanzas de Forja Artística declaradas a extinguir no se dejaron de impartir en su momento y, por lo tanto, han continuado de manera ininterrumpida con docencia en la Escuela de Arte de Ibiza.
3. La jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió, el 19 de octubre de 2017, un informe favorable a la autorización de la implantación del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Asistencia al Producto Gráfico Impreso (LOE) y del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística (LOE) en la Escuela de Arte de Ibiza a partir del curso 2017-2018. Este informe, que tiene el visto bueno del jefe del Departamento de Planificación y Centros, se complementó con otro informe de 29 de noviembre de 2017.
4. El 29 de noviembre de 2017, el director general de Planificación, Ordenación y Centros, vistos los antecedentes y el informe de la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial mencionadas en los párrafos anteriores, dictó una propuesta de resolución de autorización de las enseñanzas del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Asistencia al Producto Gráfico Impreso (LOE) y del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística (LOE) en la Escuela de Arte de Ibiza a partir del curso 2017-2018.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº. 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley orgánica 2/2016, de 3 de mayo, de educación, con las modificaciones introducidas por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño (BOE nº. 125, de 25 de mayo).
5. El Real decreto 1436/2012, de 11 de octubre, por el que se establece el título de técnico de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Impreso perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas (BOE nº. 265, de 3 de noviembre).
6. El Real decreto 228/2015, de 27 de marzo, por el que se establece el título de técnico de Artes Plásticas y Diseño en Forja Artística perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el currículum básico correspondiente (BOE nº. 97, de 23 de abril).
7. El Real decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se despliegan determinadas disposiciones relativas al ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundario (BOE nº. 171, 18 de julio).
8. El informe de la jefa del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial de 19 de octubre de 2017, completado con el informe de 29 de noviembre de 2017, favorable a la autorización de la implantación del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Asistencia en el Producto Gráfico Impreso (LOE) y del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística (LOE) en la Escuela de Arte de Ibiza, dado que los dos ciclos cuentan con una matrícula significativa de alumnos y se tienen que adaptar a los reales decretos que los regulan (el Real decreto 1436/2012, de 11 de octubre, por el que se establece el título de técnico de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Impreso y el Real decreto 228/2015, de 27 de marzo, por el que se establece el título de técnico de Artes Plásticas y Diseño en Forja Artística).
Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar las enseñanzas del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Asistencia al Producto Gráfico Impreso (LOE) y del ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística (LOE) en la Escuela de Arte de Ibiza, con el código 07001423, a partir del curso 2017-2018.
2. Disponer que la autorización de las enseñanzas mencionadas tenga efectos académicos y administrativos desde el inicio del curso académico 2017-2018.
3. Validar los estudios de ciclo formativo de grado medio de Artes Plásticas y Diseño de Forja Artística impartidos desde 1998 en la Escuela de Arte de Ibiza.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 30 de noviembre de 2017
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà