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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 14498
Resolución del director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 18 de diciembre de 2017 por la cual se publica la relación de personas habilitadas para ejercer las funciones de asesoramiento y de evaluación en los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación

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Texto

El Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, determina en el apartado f del artículo 22.1 que las administraciones competentes deben habilitar los asesores y los evaluadores que tienen que realizar este procedimiento y mantener el registro.

El artículo 25 de este Real decreto establece que, para obtener la habilitación, las personas que deban ejercer las funciones de asesoramiento y/o de evaluación deben cumplir unos determinados requisitos de experiencia en los perfiles profesionales que correspondan en cada caso y que deben superar un curso de formación específica.

El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, especifica en el artículo 3.2 f que es función del IQPIB “habilitar al personal asesor y evaluador, y mantener el registro, así como nombrar para cada una de las convocatorias a los profesionales habilitados”.

Mediante la Resolución del director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 21 de abril de 2017 (BOIB nº. 52, de 2 de mayo) se convoca el curso de formación específica para obtener la habilitación de asesores y evaluadores en procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y aprendizajes no formales, regulados por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio. Este curso cumple lo que determina el artículo 25 del Real decreto 1224/2009 y los contenidos se atienden en lo que establecen los Anexos IV y V de este Real decreto.

El director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears estima conveniente publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la relación de las personas que reúnen las condiciones para obtener la habilitación como asesores y evaluadores en los procedimientos de acreditación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación y, por lo tanto, para ser incorporados como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real decreto 1224/2009, del Ministerio de la Presidencia. Esta publicación se hace con el fin de favorecer que la ciudadanía tenga constancia de las personas que han resultado habilitadas.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la relación de personas que reúnen las condiciones para obtener la habilitación como asesores y evaluadores, de acuerdo con su perfil profesional, en los procedimientos de acreditación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación, e incorporarlos como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real decreto 1224/2009. Esta relación figura como Anexo de esta Resolución.

Segundo

Informar de que estas habilitaciones son válidas en las convocatorias del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales que realicen tanto la Administración general del Estado como las comunidades autónomas.

Palma, 18 de diciembre de 2017

El director

Joan Antoni Sancho Castañer

 

ANEXO
Relación de personas que han superado el curso específico y se habilitan como asesores y evaluadores, de acuerdo con su perfil profesional, de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación y se incorporan como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real decreto 1224/2009

Apellido y nombre

Calificación

Alemany Colomar, Inmaculada

Apta

Amengual Aloy, Antonio

Apto

Antelo Mariño, Maria

Apta

Ballester Moragues, Neus

Apta

Barceló Molina, Pedro

Apto

Barros Rodríguez, Maria

Apta

Cabello García, Àngels

Apta

Coll Pujol, María Belén

Apta

Crespí Company, Martín

Apto

Fernández de Quincoces Ruíz de Eguilaz, Inmaculada

Apta

Fullana Rosselló, Jaume

Apto

García Bennasar, Mateu

Apto

García Cepillo, María Luisa

Apta

Guijarro Guillén, Dolores

Apta

Homs Mestres, José

Apto

López Serret, Eva

Apta

Maroto Espinosa, M. Francisca

Apta

Martín Martín, Beatriz

Apta

Moragues Sans, Maria del Pilar

Apta

Olmos Fontestad, Guillem

Apto

Ortiz San Leandro, Carlos

Apto

Peñalver Payo, Miguel

Apto

Pérez Blasco, María del Carmen

Apta

Picón Sarciada, Pablo

Apto

Picornell Bennaser, Juan Matias

Apto

Pizà Darder, Bartomeu

Apto

Platel Vives, José Manuel

Apto

Pol Tortella, Maria Catalina

Apta

Priego Martínez, Laura

Apta

Ripoll Servera, Jaume

Apto

Sampol de Palos Galmes, Joan

Apto

Sánchez Gómez, María Belén

Apta

Sola Martín, Antonio

Apto

Trián Navarro, Adolfo

Apto

Vives Jusgen, Sandra

Apta