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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 14237
Resolución relativa a la modificación del concierto del servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave para el año 2017 con la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación, de 17 de agosto de 2016, se convocó el primer concierto social del servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave, cofinanciado en un 50% por el Fondo Social Europeo, por medio del programa Operativo FSE de las Islas Baleares, 2014-2020 (BOIB nº. 131, de 20 de agosto).

2. En fecha 1 de enero de 2017 se firmó concierto entre la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación y la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES para llevar a cabo el servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave. El coste total del servicio por 14 plazas es de 114.945,60 €.

3. En fecha 25 de julio de 2017 el director general de Dependencia dictó Informe justificativo relativo a la necesidad y la urgencia de ampliar el primer concierto del servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave para el año 2017. En este informe se considera necesaria la concertación de más plazas del servicio ocupacional con el fin de poder dar cobertura a la actual demanda para el año 2017, dado que lo que se ha ofrecido hasta el momento no puede absorber la alta demanda de plazas del servicio ocupacional. Asimismo se indica que la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES tiene actualmente 3 plazas disponibles para su concertación.

4. En fecha 25 de septiembre de 2017 el director general de Fondos Europeos aprobó la selección de la operación solicitada por su cofinanciamiento con cargo al Programa Operativo FSE 2014-2020 de las Islas Baleares, de acuerdo con el preceptivo informe de elegibilidad emitido por el jefe de servicio del FSE.

5. En fecha 27 de septiembre de 2017, el director general de Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la modificación del concierto del servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave para el año 2017 con la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES.

Fundamentos de derecho

  1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

  2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

  3. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

  4. El Decreto 18/2015, de 10 de abril, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

  5. El Decreto 6/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

  6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

  7. El Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas grandes y personas con discapacidades, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para estos sectores de población.

  8. Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 26 de abril de 2016, por la cual se despliega el régimen jurídico de la acción concertada con entidades prestamistas de servicios sociales, publicada en el BOIB número 55, de 3 de mayo.

  9. Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación, de 17 de agosto de 2016, por la cual se convoca el primer concierto social del servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave, cofinanciado en un 50% por el Fondo Social Europeu, por medio del programa Operativo FSE de las Islas Baleares, 2014-2020, publicada en el BOIB nº. 131, de 20 de agosto, y Resolución de corrección de errores de 24 de noviembre de 2016 (BOIB nº. 151, de 1 de diciembre).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1.- Ampliar el concierto con la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES, con CIF G07255953, en un número estimado de 3 plazas, al precio ofrecido de 37,32 euros por plaza/día a intensidad completa, para prestar el servicio ocupacional para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental grave, durante el periodo que va de día 30 de octubre de 2017 hasta 31 de diciembre de 2017.

2.- Autorizar y disponer un gasto en más de 5.598,00 € a favor de la entidad FUNDACIÓN DEIXALLES con CIF G07255953, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00.FF19113 de los presupuestos de la comunidad autónoma para el año 2017.

3.- Establecer que el concierto se tiene que regir por las estipulaciones contenidas en el documento de formalización del concierto y por el Pliego General de prescripciones técnicas.

4.- Notificar esta resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

     

          Palma,30 de Octubre de 2017

 La Consellera

Fina Santiago Rodriguez