Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 14193
Notificación de Resolución de cambio de titularidad a los beneficiarios de las ayudas, RCT+RVP1 de fecha 24 de noviembre de 2017, para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, para los años 2015 a 2019
Notificación de Resolución de cambio de titularidad a los beneficiarios de las ayudas, RCT+RVP1 de fecha 24 de noviembre de 2017, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, para los años 2015 a 2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 24 de noviembre de 2017, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.4- Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima
Convocatoria: IMIT 2015_1 / RCT+RVP1
Antecedentes
Con fecha 23/08/2016 se publicó en el BOIB la resolución de concesión de ayuda R 04 a (datos personales ocultos)expediente IMIT 2015_1/182 relativa a la línea de ayudas de inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima.
En fecha 26/09/2016 el heredero (datos personales ocultos), presentó un escrito en el que solicita subrogar a su favor, los derechos y deberes de la solicitud de ayuda antes mencionada y renuncia de parte de la ayuda concedida, debido al fallecimiento del solicitante inicial de la ayuda y que manifiesta que sólo es propietario de la parcela 253 polígono 14.
Los gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han comprobado que el solicitante cumple todos los requisitos exigidos en el apartado tercero de la Resolución de convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda.
Fundamentos de derecho
1. La ayuda se ha solicitado al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima. Esta Resolución, en su apartado tercero punto 1, dispone que podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica, que lleven a cabo las actuaciones mencionadas en el apartado cuarto de esta Resolución y, que en el momento de la propuesta de resolución, cumplan uno de los siguientes requisitos:
a) Que sean propietarios de la parcela donde se quieren llevar a cabo las inversiones.
b) Que sean titulares de una explotación agraria en la que se ubiquen las parcelas donde se quieren llevar a cabo las inversiones.
Las parcelas deberán formar parte de una explotación agraria inscrita en el Registro Interinsular Agrario (RIA), antes de dictarse la propuesta de resolución.
2. El apartado undécimo de la Resolución de convocatoria, de "cesión y traspaso de la explotación", permite la cesión de una explotación en los términos y condiciones detallados en el citado apartado.
3. La posibilidad de subrogación o sustitución del interesado en el procedimiento administrativo está prevista en el artículo 4.3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "cuando la condición de Interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento". Por este motivo, a excepción de los casos de relaciones jurídicas de carácter personal, en derecho administrativo admite la sucesión tan por transmisión "inter vivos" como "mortis causa" siempre que se trate de una situación jurídica transmisible.
4. El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA). Vista la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero a partir del 1 de enero de 2006.
Informe Propuesta de resolución
De acuerdo con la normativa reguladora y la documentación aportada por los solicitantes, se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda y que se pueden aceptar las subrogaciones en todos los derechos y obligaciones.
Por todo ello, se informa FAVORABLEMENTE del cambio de titular y revocar parcialmente la ayuda concedida y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
Palma, 09 de noviembre de 2017
La Jefa de la Sección I
María Ángeles Pérez Ribas |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidro Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
Palma, 24 de noviembre de 2017 |
El vicepresidente del FOGAIBA |
Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO I. RELACIÓN DE SOLICITUDES DE CAMBIO DE TITULAR ACEPTADAS Y REVOCACIÓN PARCIAL DE LA AYUDA CONCEDIDA (IMIT) MARGES RCT+RVP 1
CAMBIO TITULAR
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Resolución concesión BOIB |
Fecha límite justificación |
Fecha solicitud cambio titular Exp. Renuncia parcial |
Nuevo titular expediente |
NIF |
ANUALIDAD |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
IMIT 2015_1/182 |
R4 -BOIB nº106 de 20/08/16 |
20/02/17 |
26/09/16 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
2016 |
AYUDA FINAL CONCEDIDA
TITULAR NUEVO |
NIF |
Nº expediente |
Importe inversiones elegibles |
% ajuda |
Ayuda final concedida |
Cofinanciamiento |
||||||
marges |
Parets Seques |
tancaments |
bardisses |
TOTAL INVERSIÓN |
FEADER |
AGE |
CAIB |
|||||
41% |
4,10% |
54,90% |
||||||||||
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
IMIT2015_1/182 |
3.695,26 |
490,00 |
4.185,26 |
60% |
2.511,16 |
1.029,58 |
102,95 |
1.378,63 |
REVOCACIÓN
TITULAR NUEVO |
NIF |
NºEXPEDIENTE |
AYUDA INICIAL CONCEDIDA |
AYUDA FINAL CONCEDIDA |
AYUDA A REVOCAR |
FEADER 41,00% |
AGE 4,10% |
CAIB 54,90% |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
IMIT2015_1/182 |
4.082,56 € |
2.511,16 |
1.571,40 |
644,27 |
64,43 |
862,70 |
Palma, 4 de diciembre de 2017
El director gerente del FOGAIBA,
Guillem Rosselló Alcina