Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO PARA LA MEJORA Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLATJA DE PALMA

Núm. 14120
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, de aprobación definitiva del expediente del Texto Refundido del Proyecto de Urbanización de la UE 82/01, Bellavista, UA 28 del PRI de la Playa de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma, en la sesión ordinaria celebrada el 3 de Noviembre de 2017, adoptó los siguientes acuerdos:

1º.- Aprobar definitivamente el expediente consistente en el Texto Refundido del Proyecto de Urbanización de la UE 82/01, Bellavista, UA 28 del PRI de la Playa de Palma.

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar al Registro General de este Ayuntamiento o a las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y el que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere conveniente.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 200 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.

Palma, 07 de Diciembre de 2017

El presidente del Consorcio.

Gabriel Barceló i Milta