Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 14070
Expediente núm .: 7852/2017 anuncio de la aprobación de la oferta pública de empleo para el ejercicio de 2017
Expediente núm .: 7852/2017
Asunto: Aprobación de la oferta pública de empleo para el ejercicio de 2017
Emisor: RCS
Hacemos público que por resolución de alcaldía número 2017-0453 de fecha 1 de diciembre de 2017, se ha resuelto:
«Dado lo dispuesto en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, la cual es vigente desde el día siguiente de su publicación en el BOE núm. 153 de 06.28.2017.
Dado que esta ley de presupuestos generales dispone, en su artículo 19.Un.6 que se podrá disponer de una tasa adicional para la estabilización del empleo temporal de plazas de la Policía local que, estando dotadas presupuestariamente, hayan sido ocupadas de manera temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Vista la propuesta emitida al respecto por parte del concejal delegado en materia de personal, Arturo Pons Reurer, la cual fue aprobada por unanimidad en la mesa de negociación correspondiente de fecha 21/11/2017.
De conformidad con el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el cual dice que las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.
Por todo lo antes expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril, RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar la siguiente Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de Alaior para el año 2017, de conformidad con lo previsto en la legislación de presupuestos del Estado para el ejercicio de 2017 y con lo dispuesto en el art. 70 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público:
Subescala |
Categoria |
Grupo |
Nivel |
Nº vacantes |
Procedimiento |
Servicios especiales (Policia Local) |
Policia local |
C1 |
15 |
2* |
Torn lliure |
Las 2 plazas se corresponden a la tasa de reposición adicional para la estabilización del empleo temporal en las condiciones previstas en el artículo 19.1.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales Estado.
SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios municipal y en el portal de transparencia, así y como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
TERCERO.- Comunicar esta resolución tanto a la representación del personal municipal como a la Administración del Estado y la de la C. Autónoma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56.1 de la LRBRL.
Así lo manda y firma la alcaldesa, Misericordia Sugrañes Barenys, en la fecha de la firma electrónica que consta al margen de este documento. Y yo, Luz Sanz Villarroya, como secretaría, don fe de la fecha y que la firma se ha hecho mediante identificación digital, y traslado esta resolución al interesado con el fin de notificarle el contenido y los recursos pertinentes.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa , ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Alaior, 1 de diciembre de 2017
La Alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys