Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 14025
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes para denegar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2017 a Associació Cultura Nou País
Hechos
1. El 22 de julio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 17 de julio de 2017 por la cual se convocan ayudas públicas, mediante subvenciones, destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2017.
2. El objeto de esta convocatoria de subvenciones es dar apoyo a los proyectos de prensa diaria escrita en catalán en las Islas Baleares, en papel o en soporte digital, con la finalidad de contribuir a consolidar el espacio de comunicación que se expresa en esta lengua.
3. La actividad subvencionada consiste en la edición, dentro del año 2016, de una publicación en lengua catalana con periodicidad diaria o bien en la ejecución, durante el año 2017, de un proyecto de habilitación de la edición en lengua catalana de una publicación en castellano con periodicidad diaria existente actualmente.
4. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de presentación, dos solicitudes por optar a las subvenciones, ambas correspondientes a publicaciones editadas en lengua catalana durante el año 2016.
5. El 28 de agosto de 2017 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar la lista provisional de admitidos y excluidos. La Comisión de Evaluación se reunió nuevamente el 25 de septiembre de 2017, día en que se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos. Ambas solicitudes resultaron admitidas a la convocatoria.
6. El día 9 de octubre tuvo entrada en el registro de la Dirección General de Política Lingüística otra solicitud para esta línea de subvención, presentada por Associació Cultura Nou País en la oficina de Correos de Sant Antoni de Vilamajor el día 11 de agosto de 2017, dentro del plazo establecido y en la forma apropiada.
7. Associació Cultura Nou País, con NIF G66746694, que edita el diario www.directe.cat, presentó la documentación siguiente:
- Solicitud de ayuda (reg. núm. L19E14719/2017, de 9 de octubre de 2017).
- Datos de la publicación, acompañadas con la documentación acreditativa (declaración del representante legal que al menos el 90% de la publicación está redactada en catalán, que se publica y/o actualiza contenidos diariamente, que trata temas de alcance insular o suprainsular, que se edita en el momento de publicarse la convocatoria y que tiene una trayectoria mínima de seis meses, que cumple la normativa sobre propiedad intelectual, etc.).
- Certificado del OJD que acredita el número de visitas a las páginas de la publicación digital.
- Certificado del OJD que acredita el número de usuarios únicos que la web ha recibido.
- Certificado del director de la publicación que acredita el número medio de ítems de la edición digital que se han actualizado diariamente durante el 2016.
- Muestra integrada de capturas de pantalla.
- Autorización para que la Consejería de Cultura, Participación y Deportes efectúe las consultas telemáticas necesarias en el AEAT y TGSS.
- Declaración de otras subvenciones recibidas o solicitadas.
- Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios.
- Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA.
- Declaración de no estar sometido a prohibiciones para ser beneficiario de la subvención.
- Relación de los gastos subvencionables imputables al periodo.
8. El día 11 de octubre se reunió nuevamente la Comisión de Evaluación y, una vez revisada la nueva solicitud, elaboró una rectificación de la lista provisional de admitidos y excluidos, en la cual la nueva solicitud resultaba excluida, por los motivos siguientes:
- La publicación no se ajusta al objeto de la convocatoria.
- Entidad constituida con posterioridad a la finalización del periodo subvencionable de realización de la actividad.
9. El día 30 de octubre de 2017, una vez concluyó el plazo previsto en la base decimotercera de la convocatoria sin que se hubiera recibido ninguna solicitud de enmienda, la Comisión de Evaluación elaboró la nueva lista definitiva de admitidos y excluidos.
Associació Cultura Nou País, con NIF G66746694, que edita el diario www.directe.cat, resultó excluida.
10. El 2 de noviembre de 2017 la Comisión de Evaluación se reunió para valorar la documentación aportada por los solicitantes y calcular el importe que tiene que recibir cada uno de acuerdo con la puntuación obtenida a partir del baremo especificado en el punto 14 de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 17 de julio de 2017. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo que sirvió de base para elaborar la propuesta de resolución.
11. La directora general de Política Lingüística firmó con fecha de 3 de noviembre de 2017 la propuesta de resolución para denegar una ayuda destinada a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2017 a Associació Cultura Nou País.
Fundamentos de derecho
1. Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.
4. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
5. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.
7. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado para el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.
8. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
9. Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 17 de julio de 2017 para la cual se convocan ayudas públicas, mediante subvenciones, destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Denegar una subvención a la Associació Cultura Nou País, con NIF G66746694, por la edición del diario www.directe.cat, de la convocatoria de ayudas destinadas a la prensa diaria escrita en lengua catalana en las Islas Baleares para el año 2017, dado que no se ajusta a los requisitos de la convocatoria.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 11 de diciembre de 2017
La consejera de Cultura, Participación y Deportes
Francesca Tur Riera