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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 13974
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 7 de diciembre de 2017 por la que se establece el procedimiento para evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros docentes públicos no universitarios que finalizan el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2018 y el procedimiento para optar a continuar en el cargo por un nuevo periodo

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Texto

Hechos

1.  El día 30 de junio de 2018 finaliza el periodo de ejercicio del cargo de los directores de los centros docentes públicos de las Illes Balears que fueron nombrados en fecha 1 de julio de 2014, por un periodo de cuatro años mediante la Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, de 24 de junio de 2014, por la cual se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2014 (BOIB nº. 87, de 26 de junio), y de otros que fueron nombrados mediante la Resolución del director general de Personal Docente, de 4 de julio de 2010, por la cual se nombran directores de centros públicos de acuerdo con la convocatoria de 25 de febrero de 2010 (BOIB nº. 104 de 13 de julio).

2.  De conformidad con lo que prevé el apartado 2 del artículo 136 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), los directores pueden optar para continuar en el ejercicio del cargo, si al final de cada periodo la tarea que han desarrollado es evaluada positivamente.

3.  Mediante la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 (BOIB nº. 30, de 23 de febrero, y corrección de errores publicada en el BOIB nº. 33, de 27 de febrero), se aprobaron las bases que rigen la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears. Los directores podrán renovar su cargo hasta completar un total de tres periodos consecutivos de cuatro años (doce años).

4.  El artículo 139.3 de la LOE determina que los directores tienen que ser evaluados al acabar el periodo de ejercicio de su cargo. De acuerdo con el artículo 15 de la Orden de 18 de febrero de 2010, la inspección educativa es la encargada de evaluar la tarea llevada a cabo por los directores al final del periodo de ejercicio de su cargo.

5.  El artículo 136.2 de la LOE determina que los criterios y los procedimientos de evaluación tienen que ser públicos. El artículo 7 del Decreto 81/2004, de 17 de septiembre, que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico por el ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Illes Balears, establece los criterios para evaluar el ejercicio del cargo de director en centros docentes públicos no universitarios.

6.  De acuerdo con lo que se ha expuesto anteriormente, es necesario establecer el procedimiento de evaluación de los directores de centros docentes públicos que finalizan el periodo de ejercicio de su cargo el 30 de junio de 2018 y el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  El Decreto 36/2001, de 9 de marzo (BOIB nº. 33 de 17 de marzo), por el cual se regula la Inspección Educativa, en el ámbito de la enseñanza no universitaria.

4.  El Decreto 81/2004, de día 17 de septiembre, (BOIB nº. 33 de 17 de marzo), que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico por el ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Illes Balears.

5.  La Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 (BOIB nº. 30, de 23 de febrero, y corrección de errores publicada en el BOIB nº. 33, de 27 de febrero) por la cual se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears.

6.  Resolución del consejero de Educación y Cultura de 15 de junio de 2010 (BOIB del 26 de junio), por la cual se establecen los criterios para determinar la tipología de los centros públicos docentes no universitarios y su asignación de equipos directivos.

Por todo ello, y a propuesta en fecha 5 de diciembre de 2017, del director general de Planificación, Ordenación y Centros, dicto la siguiente

Resolución

1. Establecer el procedimiento que se tiene que seguir para evaluar a los directores de centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears que acaban el periodo de ejercicio de su cargo el 30 de junio de 2018 y quieren optar a seguir ejerciéndolo por un nuevo periodo, así como el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar. Este procedimiento aparece descrito en el anexo 1 de esta Resolución.

2. Hacer pública la relación de los centros y los directores afectados por esta Resolución, con la revisión de la tipología (anexo 2).

3. Establecer los criterios de evaluación de la función directiva que se tienen que aplicar (anexo 3).

4. Aplicar en el marco del proceso de renovación, si es el caso, lo que prevé la Resolución del consejero de Educación y Cultura de 15 de junio de 2010 por la cual se establecen los criterios para determinar la tipología de los centros públicos.

5. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y determinar que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 7 de diciembre de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà

 

ANEXO 1

Bases que tienen que regir el procedimiento

1.    Objeto

Esta Resolución tiene por objeto fijar el procedimiento de evaluación de los directores de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears que figuran en el anexo 2 y el procedimiento que tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares.

El nombramiento para este nuevo periodo de ejercicio del cargo de director está condicionado a la evaluación positiva de la tarea desarrollada durante el periodo anterior.

2.    Procedimiento de evaluación

El Departamento de Inspección Educativa tiene que evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros (que figuran en el anexo 2) de acuerdo con los criterios de evaluación (que se incluyen en el anexo 3) en el plazo de 90 días naturales contadores desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución.

El jefe del Departamento de Inspección Educativa tiene que designar a los inspectores responsables de la evaluación de cada director y lo tiene que notificar a los interesados. El inspector responsable puede contar con la colaboración de otros inspectores del departamento para llevar a cabo las actuaciones derivadas del procedimiento.

El procedimiento de evaluación tiene que contar necesariamente de:

a) La valoración del desarrollo de la tarea directiva a lo largo de todo el periodo de ejercicio del cargo de director.

b) La entrevista o las entrevistas con el director.

c) La información contrastada de todos los sectores de la comunidad educativa del centro de referencia y el análisis de la documentación pertinente.

d) La audiencia previa del director, referida a las conclusiones de la evaluación.

Finalmente, el Departamento de Inspección Educativa tiene que emitir un informe motivado con la calificación global de la evaluación, positiva o negativa, que se tiene que enviar al director general de Planificación, Ordenación y Centros.

3.    Comunicación de la opción de continuar en el cargo

Los directores de los centros docentes públicos que figuran en el anexo 2 disponen de un plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución para comunicar la opción de seguir ejerciendo el cargo por un nuevo periodo de cuatro años.

La comunicación de la opción de continuar en el cargo se tiene que hacer al correo electrónico: autoritzacions@dgplacen.caib.es mediante el modelo que figura en el anexo 4 de esta Resolución y que se encuentra también a la página web <http://dgplacen.caib.es>.

4.    Propuesta de actualización del proyecto de dirección

4.1. Los directores que hayan optado por continuar en el cargo tienen que elaborar la propuesta de actualización de su proyecto de dirección y lo tienen que remitir en tiempo y forma (atendiendo a lo que dice el apartado 5 de esta Resolución) al Departamento de Inspección Educativa en el plazo de 60 días naturales a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución con copia al Departamento de Planificación y Centros.

4.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 14.3 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010, la propuesta de actualización del proyecto de dirección tiene que incluir al menos una valoración relativa a la consecución de los objetivos planteados en el proyecto anterior, una propuesta de mejora y, en su caso el planteamiento de nuevos objetivos para el periodo siguiente.

4.3. El director tiene que dar a conocer la actualización de su proyecto de dirección al claustro y al consejo escolar.

4.4. El proyecto de dirección tendrá vigencia durante el nuevo periodo de cuatro años, de ejercicio del cargo.

4.5. La propuesta de actualización del proyecto de dirección, dirigida al Departamento de Inspección Educativa, se tiene que presentar al registro de la consejería de Educación y Universidad (c/del Ter, 16 de Palma) dentro del plazo establecido en esta Resolución

También se puede presentar en los registros de las delegaciones territoriales de Menorca y de Ibiza y Formentera, o en el de cualquiera de las dependencias en qué hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si la documentación se presenta en una oficina de Correos, se tiene que poner dentro de un sobre abierto para que el funcionario la pueda fechar y sellar antes de certificarla.

Los candidatos tienen que remitir una copia de la propuesta de actualización del proyecto de dirección, en formato digital, a la dirección general de Planificación, Ordenación y Centros al correo electrónico: autoritzacions@dgplacen.caib.es.

5.    Nombramiento por un nuevo periodo

El director general de Planificación, Ordenación y Centros propondrá a la directora general de Personal Docente el nombramiento de los directores que hayan obtenido evaluación positiva de la tarea desarrollada por parte de la Inspección Educativa o comisión de Valoración.

Corresponde a la directora general de Personal Docente dictar la resolución de nombramiento, con efectos desde el 1 de julio de 2018 y por un periodo de cuatro años, de los directores que hayan obtenido una calificación global positiva en la evaluación. Esta Resolución pondrá fin al procedimiento, y contra esta Resolución se podrá presentar recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad.

La directora general de Personal Docente y el director general de Planificación, Ordenación y Centros resolverán de forma pertinente para llevar a buen término lo que se prevé en esta Resolución.

En cuanto a la competencia para llevar a cabo el procedimiento, de acuerdo con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 6/2017, de 7 de abril (BOIB nº. 42, de 8 de abril), corresponde a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, las competencias en materia de planificación educativa, coordinación, régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes.

 

ANEXO 2

Relación de centros en que el director finaliza el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2018 y puede optar a seguir ejerciéndolo.

Colegios de educación infantil y primaria (CEIP)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

Tipología

07002774

CEIP Aina Moll i Marqués

Palma

Palma

Mallorca

Aina Porcel Moll

B

07008041

CEIP Badies

Badia Gran

Llucmajor

Mallorca

Antònia Pol Torres

C

07007814

CEIP Can Cantó

Eivissa

Eivissa

Ibiza

Isabel Ferrer Arabí

D

07013127

CEIP Cas Capiscol

Palma

Palma

Mallorca

Vicenç Garcia Fuster

D

07006962

CEIP Cervantes

Sant Antoni de Portmany

Sant Antoni de Portmany

Ibiza

Ana M. Andrés Mendez

C

07003791

CEIP El Terreno

Palma

Palma

Mallorca

M. Isabel Seguí Estrany

E

07007231

CEIP Els Molins

S’Arracó

Andratx

Mallorca

M. Inmaculada Moreno Tallón

E

07005933

CEIP Es Pil·Larí

Es Pil.larí

Palma

Mallorca

Guillem Munar Miralles

D

07004795

CEIP Es Vedrà

Sant Agustí des Vedrà

Sant Josep de Sa Talaia

Ibiza

Eva Quirós Menéndez

C

07002932

CEIP Es Vivero

Palma

Palma

Mallorca

Arturo Javier Cardell Ortus

D

07004503

CEIP Escola Nova

Porreres

Porreres

Mallorca

Catalina Maria Capella Trobat

C

07008788

CEIP Fornalutx

Fornalutx

Sóller

Mallorca

M. Laura Pizà Jaume

F

07003900

CEIP Gabriel Vallseca

Palma

Palma

Mallorca

M. Assumpció Gallardo Bonet

C

07000534

CEIP Galatzó

Es Capdellà

Calvià

Mallorca

M. José Sendra Ordinas

E

07002750

CEIP Gènova

Gènova

Palma

Mallorca

Catalina Sureda Busquets

D

07004345

CEIP Guillem Frontera Pascual

Ariany

Ariany

Mallorca

M Inmaculada Mas Pla

E

07003250

CEIP Jafudà Cresques

Palma

Palma

Mallorca

Antoni Reus Reinés

C

07006809

CEIP Jaume I

Palmanova

Calvià

Mallorca

Jesús Gabriel Nieto Calafell

C

07000790

CEIP Joan Benejam

Ciutadella

Ciutadella

Menorca

Àfrica Iriondo Jurado

D

07002348

CEIP Maria de La Salut

Maria de La Salut

Maria de La Salut

Mallorca

Joana Maria Torrens Rigo

D

07015021

CEIP Maria Lluïsa Serra

Maó

Maó

Menorca

M Magdalena Llull Mancas

D

07005295

CEIP Melcior Rosselló i Simonet

Santa Maria del Camí

Santa Maria del Camí

Mallorca

Milagros Tugores Busquets

C

07004461

CEIP Miquel Capllonch

Port de Pollença

Pollença

Mallorca

Joan Ramon Mateu Torandell

D

07002919

CEIP Miquel Costa i Llobera

Palma

Palma

Mallorca

Antònia Payeras Mas

C

07013644

CEIP Miquel Duran i Saurina

Inca

Inca

Mallorca

Pere Antoni Mulet Homs

C

07001575

CEIP Ponent

Inca

Inca

Mallorca

Nicolas López Vidal

C

07007048

CEIP Puig de Sa Ginesta

Santa Ponça

Calvià

Mallorca

Virginia Salamanca Seguí

D

07008466

CEIP Puig de Sa Morisca

Santa Ponça

Calvià

Mallorca

Miguel Herrera Pastrana

D

07005091

CEIP Puig D'en Valls

Puig d'en Valls

Santa Eulària des Riu

Ibiza

Eduvigis Sánchez Meroño

C

07005982

CEIP Rafal Nou

Palma

Palma

Mallorca

Aina M. Amengual Salas

C

07001745

CEIP Rei Jaume III

Llucmajor

Llucmajor

Mallorca

Maria Sagrario Narváez Calero

C

07000388

CEIP Robines

Binissalem

Binissalem

Mallorca

Antonia Isern Ramis

D

07005532

CEIP Rodamilans

Sineu

Sineu

Mallorca

Joan Gual Bergas

C

07001307

CEIP Sa Bodega

Eivissa

Eivissa

Ibiza

Margarita Guasch Costa

D

07001277

CEIP Sa Graduada

Eivissa

Eivissa

Ibiza

Margarita Lourdes Ferrer Guasch

C

07013553

CEIP Sa Marina de Llucmajor

Llucmajor

Llucmajor

Mallorca

Margalida Barceló Barceló

C

07001681

CEIP S'Algar

S'Arenal

Llucmajor

Mallorca

Gregorio Estarellas Mas

D

07000716

CEIP S'Alzinar

Capdepera

Capdepera

Mallorca

Antonia Massanet Bauzà

C

07007784

CEIP Sant Domingo

Es Llombards

Santanyí

Mallorca

Antonio Barceló Martorell

F

07002853

CEIP Santa Isabel

Palma

Palma

Mallorca

Yolanda Muñoz Cocero

D

07006937

CEIP Santa Maria del Mar

Cala d'or

Santanyí

Mallorca

Elena Rodríguez Fernández

C

07006861

CEIP Son Anglada

Sa Vileta

Palma

Mallorca

Maria Jesús Arroyo García

D

07002968

CEIP Son Canals

Palma

Palma

Mallorca

Jaume Parets Calafell

D

07007267

CEIP Son Ferrer

Son Ferrer

Calvià

Mallorca

Gabriela Spano Figueroa

C

07002683

CEIP Son Ferriol

Son Ferriol

Palma

Mallorca

Joana Maria Font Barceló

C

07004862

CEIP Son Juny

Sant Joan

Sant Joan

Mallorca

Josep Roig Bauzà

D

07007887

CEIP Tresorer Cladera

Sa Pobla

Sa Pobla

Mallorca

Margalida Seguí Caimari

D

07004564

CEIP Vialfàs

Sa Pobla

Sa Pobla

Mallorca

Miquel Àngel Pons Rettich

D

Centros de educación de personas adultas (CEPA)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Illa

Director/a

Tipología

07008235

CEPA Calvià

Magaluf

Calvià

Mallorca

Francisca Muñoz Solomando

B

07008223

CEPA Camp Rodó

Palma

Palma

Mallorca

Bartomeu Arbona Quetglas

B

07007693

CEPA La Balanguera

Palma

Palma

Mallorca

Maria Solana Tomàs

C

Conservatorios de música y danza (CMD)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Illa

Director

Tipología

07006810

Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca

Palma

Palma

Mallorca

Josep Romero Barbera

A

Escuelas oficiales de idiomas (EOI)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Illa

Director/a

Tipología

07007191

Escola Oficial D'idiomes de Palma

Palma

Palma

Mallorca

Rafael Monreal Iglesias

A

 

Institutos de enseñanza secundaria (IES)

Código

Nombre

Localidad

Municipio

Illa

Director/a

Tipología

07007851

IES Alcúdia

Alcúdia

Alcúdia

Mallorca

Jose Manuel Martinez Onieva

A

07007930

IES Arxiduc Lluís Salvador

Palma

Palma

Mallorca

Margalida Ramis Barceló

B

07007942

IES Aurora Picornell

Palma

Palma

Mallorca

Maria Antònia Rosselló Costa

D

07008341

IES Capdepera

Capdepera

Capdepera

Mallorca

Llorenç Llop Postic

B

07013383

IES Centre de Tecnificació Esportiva IB

Palma

Palma

Mallorca

Rafel Crespí Terrassa

C

07008843

IES Clara Hammerl

Port de Pollença

Pollença

Mallorca

M. del Carmen Pérez Cañaveras

D

07006238

IES Francesc de Borja Moll

Palma

Palma

Mallorca

Juan José Rey Porca

A

07006512

IES Guillem Sagrera

Palma

Palma

Mallorca

M. Dolors Palmer Sans

B

07003882

IES Joan Alcover

Palma

Palma

Mallorca

Ana María Llabrés Vich

C

07007152

IES Joan Maria Thomàs

Palma

Palma

Mallorca

Damià Tomàs Bergas

B

07013371

IES Porto Cristo

Portocristo

Manacor

Mallorca

Josep Ramon Barrull Badia

B

07003870

IES Ramon Llull

Palma

Palma

Mallorca

Josep Fillol Sendra

A

07006299

IES Sa Blanca Dona

Eivissa

Eivissa

Ibiza

Jose Alejandro Pitaluga Ivorra

A

07008053

IES Santanyí

Santanyí

Santanyí

Mallorca

Josefina Hisado Bonet

C

07008065

IES S'Arenal

S'Arenal

Llucmajor

Mallorca

Juan José Escobar Ballesteros

B

 

ANEXO 3

Criterios de evaluación de la función directiva

1) Elaboración y seguimiento del proyecto educativo del centro, incluidos, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto lingüístico, la programación general anual y la memoria de final de curso, el proyecto de dirección así como otros proyectos que en su momento determine la Consejería de Educación y Universidad.

2) Dinamización de los órganos de gobierno y de coordinación docente del centro, e impulso de la participación en estos de los diversos colectivos de la comunidad educativa.

3) Organización y gestión de los recursos humanos y materiales para proporcionar una oferta educativa amplia y ajustada a las demandas sociales.

4) Impulso y puesta en marcha de programas institucionales e iniciativas de innovación y formación que hayan mejorado el funcionamiento del centro.

5) Favorecimiento de la convivencia y las relaciones entre los miembros de la comunidad escolar, y resolución de conflictos.

6) Disponibilidad para atender al alumnado y sus familias, ofrecerles información y responder sus demandas.

7) Organización de actividades extraescolares y establecimiento de vías de colaboración con instituciones, organizaciones y servicios que favorezcan la apertura del centro y que lo conecten con el entorno.

8) Dinamización de la atención a la diversidad del alumnado, especialmente a través de la elaboración y el seguimiento del plan de atención a la diversidad y otros proyectos que en su momento considere la Consejería de Educación y Universidad.

9) Ejercicio de las competencias que, en materia de gestión económica, administrativa y de personal, otorga la legislación vigente al director de un centro docente público.

 

ANEXO 4

Opción de continuar en el ejercicio del cargo directivo

Datos personales

Apellidos y nombre:

DNI:

Domicilio:

CP:

Localidad:

Municipio:

Teléfono móvil:

Dirección electrónica:

Fecha de nombramiento del primer mandato

BOIB*

Fecha de nombramiento del segundo mandato

BOIB*

Director /directora del

Código de Centro

Nombre del Centro

Localidad:

Teléfono:

EXPONGO:

1.  Que el día 30 de junio de 2018 finaliza el periodo de ejercicio de la dirección para el cual se me nombró.

2.  Que reúno las condiciones señaladas en el artículo 136.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa).

Por eso, de acuerdo con el artículo 14 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010,

OPTO a continuar en el ejercicio del cargo por un nuevo periodo consecutivo de cuatro años y me comprometo, si la valoración final es positiva, a presentar dentro de los plazos establecidos la propuesta de los miembros del equipo directivo integrada por funcionarios de carrera preferentemente con destino definitivo en el centro.

___________________________, ____ d______________ de 2017

(Firma)

* Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos de 24 de junio de 2014 por la cual se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2014 (BOIB nº. 87, de 26 de junio).

* Resolución del director general de Personal Docente de 4 de julio de 2010 por la cual se nombran directores de centros públicos de acuerdo con la convocatoria de 25 de febrero de 2010 (BOIB nº. 104, de 13 de julio).

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN Y CENTROS