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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 13898
Resolución de la directora general de Salud Pública y Participación de 7 de diciembre de 2017 por la que se convoca una consulta preliminar al mercado en el marco de la Estrategia social para la promoción de la salud

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Texto

La protección de la salud pública en España tiene un hito importante con aprobación de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, con la que se aborda la labor de la reforma sanitaria. Con esta norma se establecen las bases de un sistema sanitario homogéneo y uniforme y se evitan las duplicidades de estructuras y la fragmentación y la dispersión de actuaciones que habían caracterizado el período anterior.

Adicionalmente, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, junto con las CCAA elaboró la “Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud”, aprobada en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 18 de diciembre de 2013. Esta Estrategia es una oportunidad de integrar y coordinar los esfuerzos de promoción de la salud y prevención entre todos los niveles, sectores y actores implicados y propone el desarrollo progresivo de intervenciones dirigidas a prevenir las enfermedades, lesiones y la discapacidad, y se caracteriza por su abordaje integral y por entornos.

En el ámbito de las Illes Balears, el artículo 30.48 del Estatuto de Autonomía atribuye a la comunidad autónoma la competencia exclusiva para la promoción de la salud en todos los ámbitos, en el marco de las bases y la coordinación general de la sanidad.

Además, la Ley de Salud de las Illes Balears se configura como el instrumento normativo más importante de la comunidad autónoma. En el título II de la Ley de salud se establecen las actuaciones de protección de la salud pública, que incluyen, la promoción y educación para la salud. Asimismo, se regula el Plan de Salud de las Illes Balears como instrumento estratégico principal de planificación y coordinación sanitaria. A través del Plan de Salud se movilizan y responsabilizan los diversos ámbitos de gobierno para la mejora de los niveles de salud a través de la actuación sobre sus principales determinantes, tanto estructurales como de estilos de vida.

Estas normas legales, junto con la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establecen la obligación de las administraciones públicas de orientar sus actuaciones, a la promoción de la salud y a promover el interés individual, familiar y social para la salud mediante la adecuada educación sanitaria de la población.

Adicionalmente, el artículo 4 de la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears dispone que una de las funciones esenciales de la salud pública es la de fomentar la participación social y reforzar el conocimiento y control de los ciudadanos sobre su salud.

La Consejería de Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública y Participación ejerce competencias, entre otras, en materia promoción de la salud, participación de los ciudadanos y ciudadanas, de los profesionales y de las asociaciones de pacientes y prevención de las enfermedades, en virtud del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado, entre otros, por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero.

Por todo ello, desde la Dirección General de Salud Pública y Participación se pretende poner en marcha una estrategia innovadora para fortalecer las habilidades y capacidades de 1) las personas y de las comunidades para mejorar y mantener su salud y capacidad funcional a lo largo de todo el curso de vida y desarrollar condiciones y estilos de vida saludables y seguros y de 2) las organizaciones / instituciones para mejorar la toma de decisiones del decisores políticos y técnicos cuando pongan en marcha planes, programas o actuaciones que pueden tener un impacto en salud.

El reto de esta estrategia se fundamenta en fortalecer el sector sanitario como valor social y desarrollar una cultura sanitaria que busca un cambio de comportamiento a largo plazo y sostenible en el tiempo. Y se apuesta para ello por la Compra Púbica de Innovación (CPI).

Sin perjuicio de lo anterior, por otro lado, es conveniente contextualizar la CPI en España. La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ya contemplaba la Compra Pública Innovadora o de Compra Pública de Innovación (en la actualidad se usan indistintamente ambos términos), que fue impulsada posteriormente por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

En la misma línea, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de octubre de 2010 impulsaba la Compra Pública Innovadora en el marco de la Estrategia Estatal de Innovación (aprobada por Consejo de Ministros de 2 de julio de 2010) y comprometía la actuación de los poderes públicos en esta dirección.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación consagra esta voluntad de los poderes públicos y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de julio de 2011 dispone el procedimiento de articulación de la contratación pública de actividades innovadoras.

El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público mantiene el mismo espíritu, mediante el fomento de la contratación pública de soluciones innovadoras.

De acuerdo con lo anterior, el Ministerio de Ciencia e Innovación publicó en 2011, una "Guía sobre Compra Pública Innovadora" dirigida a las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público contratantes para la mejor y más adecuada aplicación de los procedimientos de contratación y adjudicación de la Compra Pública Innovadora. Esta guía se actualizó en 2015, con el título de “Guía 2.0 para la compra pública de innovación”.

El lanzamiento de un procedimiento de CPI mediante el que se pretende implementar soluciones tecnológicamente innovadoras, requiere el conocimiento previo del espacio de las soluciones factibles. La Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, contemplaba la posibilidad de que, antes del lanzamiento de un procedimiento de adjudicación de un contrato, los poderes adjudicadores pudieran solicitar o aceptar el asesoramiento del mercado mediante un proceso de «diálogo técnico». Cabe resaltar que los resultados del mismo podían emplearse para determinar el pliego de prescripciones técnicas del contrato de Compra Pública Innovadora, siempre que dicho asesoramiento no tenga como efecto distorsionar la competencia.

La Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública transpuesta a través de Ley 9/2017 establece de manera explícita en su artículo 40, la figura de la Consulta Preliminar del Mercado. Ésta permite a los poderes adjudicadores la realización de consultas del mercado, “con vistas a preparar la contratación e informar a los operadores económicos acerca de sus planes y sus requisitos de contratación”.

Por ello, tal y como se describe en párrafo anterior, la Dirección General de Salud Pública y Participación pública la presente convocatoria de Consulta Preliminar al Mercado para preparar la eventual contratación, informando para ello a los operadores económicos acerca de sus retos y necesidades a solventar.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, resuelvo la siguiente:

Resolución:

1. Convocar una consulta preliminar al mercado para preparar la contratación eventual, e informar a los operadores económicos sobre los retos y necesidades que han de solucionar.

2. Establecer las bases que han de regir la consulta preliminar al mercado y que figuran como un anexo en esta Resolución.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

          

Palma, 7 de diciembre de 2017

La directora general de Salud Pública y Participación

María José Ramos Montserrat

 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria de una consulta preliminar al mercado 

1. Convocatoria

Se convoca una Consulta Preliminar al Mercado en el marco de la Estrategia social para la Promoción de la Salud, para la búsqueda de soluciones innovadoras para proyectos que permitan fortalecer las habilidades y capacidades de 1) las personas y de las comunidades para mejorar y mantener su salud y capacidad funcional a largo de todo el curso de vida y desarrollar condiciones y estilos de vida saludables y seguros y de 2) las organizaciones / instituciones para mejorar la toma de decisiones de los planes, programas o actuaciones que tienen impacto en salud a nivel político.

2. Objeto

El objeto de la presente Consulta Preliminar al Mercado es recopilar la información necesaria preparar una eventual contratación pública de innovación en el marco la Estrategia Social para la Promoción de la Salud e informar a los operadores económicos acerca de sus planes y sus requisitos de contratación.

Esta consulta busca promover la participación de personas físicas o jurídicas, para la presentación de propuestas innovadoras destinadas a dar respuesta a un reto en el campo de la Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, publicado en el Anexo 2 de la presente resolución (disponible en la página web http://portalsalut.caib.es/) mediante la utilización de tecnologías que superen las prestaciones de las existentes actualmente en el mercado. Concretamente se pretende que, a partir de los resultados de la Consulta Preliminar del Mercado, la Dirección General de Salud Pública y Participación pueda contar con el conocimiento suficiente sobre las soluciones más innovadoras existentes en el mercado para el posible lanzamiento de una eventual Compra Pública de Innovación u otro procedimiento de licitación posterior.

Estas propuestas servirán para evaluar las capacidades del mercado y definir las especificaciones funcionales que impliquen innovación y sean factibles de alcanzarse a través de una eventual Compra Pública de Innovación u otro instrumento de contratación pública.

3. Participantes

La convocatoria es abierta y se dirige a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

Se admitirá la presentación de varias propuestas por una misma persona física o jurídica, ya sea individualmente o en forma conjunta con otras.

4. Presentación de propuestas.

Página web: http://portalsalut.caib.es/

Para la presentación de las propuestas, los proponentes se ceñirán a las siguientes reglas:

  1. Los participantes deberán formular sus propuestas cumplimentando el formulario que se encuentra en el Anexo 3 de la presente resolución, y que se puede descargar en la página web http://portalsalut.caib.es/. Se podrá acompañar el formulario con la documentación complementaria que se estime oportuna, donde se podrá desarrollar la propuesta con mayor detalle, pero se ruega atenerse al formulario para facilitar su análisis.
  2. Las propuestas se enviarán a la siguiente dirección de correo electrónico: secretaria@dgsanita.caib.es
  3. Las propuestas se identifican con el acrónimo que quedará claramente expuesto en el asunto del correo electrónico.
  4. Se podrán enviar sucesivas versiones de una propuesta, con el mismo acrónimo, pero cada propuesta enviada sustituirá completamente a la anterior. Por ello, la nueva propuesta deberá incluir todo lo que se considere que sigue siendo válido de las anteriores.
  5. En caso de que una propuesta se presente de forma conjunta por un grupo de personas o entidades, deberá emplearse una única dirección de correo electrónico, para los efectos de identificación de la propuesta e interlocución con los proponentes.
  6. La Dirección General de Salud Pública y Participación no se obliga a financiar ni a aceptar las propuestas presentadas en esta convocatoria.
  7. Los costes derivados de la participación en la convocatoria correrán a cargo de los participantes.
  8. Las propuestas se podrán presentar en cualquier momento a partir de la fecha de inicio indicada en la presente convocatoria, y siempre que ésta permanezca abierta.

5. Aplicación de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación ni falseamiento de la competencia.

La participación en la Consulta Preliminar al Mercado, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información se regirán bajo los principios comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, sin que puedan tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos en una eventual licitación posterior. Su inobservancia podrá ser considerada como infracción. A tal efecto, la Dirección General de Salud Pública y Participación tomará las medidas apropiadas para garantizar el mantenimiento de los citados principios, tanto en el desarrollo de esta convocatoria como en cualquier procedimiento de contratación posterior.

La participación en la Consulta Preliminar al Mercado no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de la adjudicación de los contratos que puedan celebrarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta Resolución, y como consecuencia de ello, no conlleva ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas.

Durante el desarrollo de la consulta se podrá publicar información relativa a los avances de la consulta (Fichas avances de proyectos).

Finalizada la consulta, si se considera oportuno continuar con la contratación, se publicará con suficiente antelación, en el citado sitio web, el denominado “mapa de demanda temprana” de la futura o futuras contrataciones que se pretendan convocar, a los efectos de informar al mercado para que pueda preparar las oportunas ofertas con tiempo suficiente, facilitando la planificación y la reducción del riesgo.

La ausencia de publicación del " mapa de demanda temprana" no impedirá que en el futuro la Administración pueda promover licitaciones que satisfagan total o parcialmente las necesidades administrativas que han sido objeto de consulta previa.

Si se considerara necesario, la Dirección General de Salud Pública y Participación podrá contactar con participantes concretos para recabar más información sobre su propuesta, aclarar dudas o solicitar demostraciones.

Asimismo, se podrán realizar jornadas informativas, reuniones con los participantes, y cualesquiera otras actuaciones de comunicación y difusión que se estimen oportunas.

Sin perjuicio del empleo de otros canales, toda la información actualizada sobre la consulta estará disponible en el citado sitio web.

Se hará pública aquella información intercambiada con los participantes en el marco de esta convocatoria que garantice el cumplimiento de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación. Esta información se publicará mediante fichas de avance, jornadas públicas, documentos de información, mapas de demanda temprana u otros medios destinados a tal efecto por la Dirección General de Salud Pública y Participación. Dicha información se hará pública, al menos, a través del sitio web antes citado.

6. Plazo y actualizaciones de la Consulta Preliminar al Mercado.

El plazo para la presentación de propuestas comenzará el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

La Dirección General de Salud Pública y Participación podrá publicar actualizaciones del reto de la presente Resolución mediante la publicación de una modificación sobre el Anexo 2 de la misma. Podrá por tanto añadir nuevos retos, reformularlos retos publicados fruto de la evolución del propio proceso de consulta al mercado.

Se avisará de estas actualizaciones a todos los que hayan participado hasta ese momento en la consulta a través de la dirección de correo electrónico desde la que se envió la propuesta. Además, se publicarán, al menos, en el sitio web antes citado.

El cierre de la consulta se determinará para cada reto publicado cuando la Dirección General de Salud Pública y Participación estime que:

  • Dispone de información suficiente sobre propuestas innovadoras para ese reto como para iniciar un eventual proceso de contratación pública de innovación, o
  • Considere que tal reto no ha generado suficiente interés en el mercado como para mantener la consulta, o
  • Considere que la oportunidad de plantear ese reto ha pasado.

El cierre de la consulta sobre un reto se anunciará con al menos dos semanas de antelación, publicándolo en sitio web arriba indicado. Se avisará del cierre de cada reto a todos los que hayan participado hasta ese momento en la consulta a través de la dirección de correo electrónico desde la que se envió la propuesta. Se podrá revocar el aviso de cierre de un reto en cualquier momento informando de ello por los mismos medios.

7. Resultado de la Consulta Preliminar al Mercado.

La Dirección General de Salud Pública y Participación estudiará las propuestas que se presenten y podrá utilizarlas, conforme a lo establecido en el artículo 117 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y en la Cláusula 42 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, para definir las especificaciones funcionales o técnicas detalladas que se puedan emplear en los procedimientos de contratación de bienes o servicios que con posterioridad se puedan convocar, fundamentalmente a través del procedimiento de Compra Pública de Innovación (CPI).

8. Protección de datos personales y confidencialidad.

La Dirección General de Salud Pública y Participación almacenará los datos de contacto de los participantes en el procedimiento a los meros efectos de establecer un canal de comunicación con los proponentes durante el proceso de Consulta Preliminar al Mercado.

Para asegurar la transparencia del proceso, la disponibilidad de la mayor información posible y el intercambio eficaz de experiencias y opiniones, los participantes harán constar expresamente su conformidad para que la Dirección General de Salud Pública y Participación mantenga accesible y actualizada la información necesaria, total o parcial, sobre sus propuestas, sin perjuicio de aquella que haya sido marcada como confidencial.

Para ello, los participantes indicarán la documentación o la información técnica o comercial de su propuesta que tiene carácter confidencial, no siendo admisible que efectúen una declaración genérica o declaren que toda la información tiene carácter confidencial. Este carácter confidencial protege, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las soluciones. En este sentido, el contenido de la información incluida en el formulario del anexo 3 en ningún caso podrá ser calificado como confidencial y únicamente los adjuntos a ese formulario podrán designarse como tales.

9. Derechos de Explotación de la Propiedad Intelectual e Industrial.

El uso del contenido de las propuestas se limita exclusivamente a su posible inclusión en las especificaciones funcionales o técnicas de un eventual procedimiento de contratación posterior.

10. De la jurisdicción.

Contra esta Resolución podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el órgano que efectúa la presente convocatoria, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.3, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Islas Baleares.

11. Contratación pública.

A partir de las ideas de soluciones innovadoras recogidas como resultado de esta convocatoria, la Dirección General de Salud Pública y Participación podrá definir las especificaciones técnicas y/o funcionales, que servirán de base para la definición, con el grado de concreción necesario, del objeto de contratación del correspondiente procedimiento de contratación pública ulterior.

Este eventual procedimiento de compra pública posterior estará abierto a todas las ofertas que cumplan, en su caso, las condiciones de tal procedimiento hayan participado o no estado en esta consulta preliminar al mercado.

   

ANEXO 2

RETO

 1. Antecedentes

La promoción de la salud es el proceso que permite a las personas incrementar el control sobre su salud para mejorarla. Abarca no solamente las acciones dirigidas directamente a aumentar las habilidades y capacidades de las personas, sino también las dirigidas a modificar las condiciones sociales, ambientales y económicas que tienen impacto en los determinantes de salud.  

La Promoción de la Salud, como estrategia social, debe proporcionar pues a los ciudadanos (sanos y enfermos) las herramientas necesarias para cuidar de su salud. En este proceso se debe implicar también a la comunidad que con acciones puedan contribuir a la mejora de la salud de los individuos y a los decisores políticos por el impacto que sus decisiones puedan tener en la salud de la población.

Desde la Dirección General de Salud Pública y Participación se pretende estimular procesos de transformación a partir del empoderamiento de las personas, ofreciendo herramientas y recursos que les hagan protagonistas mediante el uso de nuevas tecnologías.

Los programas de empoderamiento deben promover el desarrollo de los conocimientos, destrezas y los valores necesarios que permitan al ciudadano, a las comunidades y a las organizaciones ser capaces de tomar decisiones y traducir estas decisiones en acciones efectivas para promover su salud o la salud de la comunidad.  

Uno de los medios básicos para posicionar la salud como valor social que busca un cambio de comportamiento a largo plazo y sostenible en el tiempo es el marketing social, considerado como herramienta moderna de la promoción de la salud.  

Por otra parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) presenta las tecnologías de la información y la comunicación social (TICS) como nuevas oportunidades para proporcionar respuestas innovadoras para la Promoción de la Salud. Tiene un gran potencial para mejorar la eficacia y eficiencia de las actuaciones del sector salud y para capacitar y educar a las personas en la toma de decisiones. Además, la utilización de plataformas de participación abre un enorme potencial en el empoderamiento y la alfabetización.

2. Descripción del Reto  

Se pretende utilizar las nuevas tecnologías y el marketing social para modificar los hábitos de los ciudadanos, a través de un espacio de información, un medio de interacción y un instrumento para la provisión de servicios, que permitan potenciar la salud, el bienestar y la autonomía de los diferentes actores de la sociedad. Todo esto con el fin de facilitar un marco común para la promoción de la salud y la prevención primaria a lo largo del curso de vida.

3. Aspectos a considerar

  • Un proceso pedagógico para capacitar a las personas a tomar las mejores decisiones.
  • Herramientas de marketing Social en Salud que ayuden a las personas a aceptar, adoptar, modificar o abandonar una conducta determinada
  • Tecnologías de la información y comunicación social, para generar un espacio de información y de interacción y un instrumento para la provisión de recursos que puedan afrontar este cambio

Los contenidos se basarán en técnicas de aprendizaje significativo, base de la pedagogía activa, utilizando tecnologías de la información y comunicación social y herramientas de marketing social.

4. Objetivos

 Los principales objetivos que se tienen en cuenta con el desarrollo de este reto son: 

I.Promover los estilos de vida saludable de los ciudadanos

II.Fortalecer la acción comunitaria

III.Desarrollar políticas públicas saludables

        

ANEXO 3.

FORMULARIO

 

1. Datos Básicos

Nombre de la propuesta

Acrónimo

   

2. Datos Proponente

Persona Física

Persona Jurídica

Sector o ámbito de actividad:

 

Tipo de Entidad (Autónomo, Empresa privada, Empresa pública, Centro de Investigación, Universidad, Centro Tecnológico, Otro):

 

Propuesta conjunta de varias personas físicas o jurídicas

Marque SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

Tamaño de su entidad en la actualidad (Nº de personas en plantilla)

Facturación total de su entidad en los últimos 3 ejercicios (€)

2016

2015

2014

 

 

 

   

3. Datos del interlocutor/representante

Nombre del Interlocutor (o representante de la propuesta en caso de propuesta conjunta)

Teléfono

Correo Electrónico

Dirección

4. Información adicional

¿Su entidad tiene facturación de tecnologías similares a las de la presente propuesta en últimos 3 ejercicios? Responda SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

En caso de haber respondido SÍ a la pregunta anterior, diga cuál fue la facturación aproximada de tecnologías similares a las de esta propuesta en los últimos 3 ejercicios (dato agrupado de los 3 ejercicios)

¿Considera que su entidad dispone de certificaciones relevantes para acometer los retos que se propone? Responda SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

En caso de haber respondido SÍ a la pregunta anterior, indique cuáles son esas certificaciones (máx. 300 caracteres)

¿Considera que el personal de su entidad tiene calificaciones que son específicamente relevantes para acometer los retos que se propone? Responda SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

En caso de haber respondido SÍ a la pregunta anterior, indique cuáles son esas calificaciones (máx. 300 caracteres)

¿Ha realizado inversión en I+D en los últimos 3 ejercicios? Responda SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

En caso de haber respondido SÍ a la pregunta anterior, indique cuál ha sido el importe de dicha inversión en los últimos 3 ejercicios (dato agrupado de los 3 ejercicios)

¿Su entidad ha obtenido financiación pública de concurrencia competitiva para proyectos de I+D en alguno de los 3 últimos ejercicios? Responda SÍ o NO

SÍ ☐

NO ☐

En caso de haber respondido SÍ a la pregunta anterior, indique el volumen de financiación captada en los últimos 3 ejercicios (dato agrupado de los 3 ejercicios)

Para el reto planteado, aportar información detallada en relación a investigaciones, desarrollo de soluciones, publicaciones, etc., realizados o realizándose cuyo objeto sea similar al indicado.

  1. Investigaciones. Descripción detallada.
  2. Desarrollo de soluciones. Descripción detallada.
  3. Publicaciones. Descripción detallada.
  4. Otros. Descripción detallada.

    

5. Descripción de la propuesta de solución

Breve resumen de la propuesta de solución: especificación funcional (máximo 1.250 caracteres) Descripción de la posible idea que pueda satisfacer la necesidad planteada por parte de la Dirección General de Salud Pública y Participación, descrita desde un enfoque funcional

Explicación del proceso pedagógico para capacitar a las personas a tomar las mejores decisiones (máximo 500 caracteres)

 

Descripción de las herramientas de marketing Social en Salud que ayuden a las personas a aceptar, adoptar, modificar o abandonar una conducta determinada (máximo 500 caracteres)

 

Planteamiento de las tecnologías de la información y comunicación social (máximo 500 caracteres)

 

Duración estimada para la ejecución de la propuesta planteada (meses)

Coste estimado del desarrollo de su solución propuesta ():

 

Beneficios aportados por la solución propuesta para otros agentes (máx. 850 caracteres)

Elementos de innovación (nuevas tecnologías entregadas y soluciones innovadoras) o Resultados de I+D esperados. Específicamente, diga cuáles son los elementos diferenciadores de su propuesta frente a los productos y servicios que se encuentran ya disponibles en el mercado (máx. 850 caracteres)

Necesidades tecnológicas para la aplicación de su propuesta (indicar un ejemplo)

 

Nivel de madurez actual en el que se encuentra su solución propuesta
(
en caso de conocer en nivel de madurez tecnológica (en el que se encuentra, indíquelo):

 

Resultados de I+D que se espera generar (máx., 850 caracteres)

 

Indique las regulaciones y normativa asociada a la necesidad planteada.:

 

 Esta información, o parte de ella, se publicará en las conclusiones de la Consulta Preliminar al Mercado en aras de favorecer la colaboración entre los participes así como de estos agentes interesados que no hayan participado en la misma. 

6. Declaraciones Obligatorias

 

Autorizo a la Dirección General de Salud Pública y Participación al uso de los contenidos de las propuestas. Este uso se limitará exclusivamente a la posible inclusión de los contenidos en el proceso de definición de las líneas de trabajo, que se concretará en los posibles pliegos de los posibles procedimientos de contratación que se tramiten con ulterioridad bajo la fórmula de Compra Pública de Innovación:

La propuesta presentada está libre patentes comerciales, copyright o cualquier otro derecho de autor o empresarial que impida su libre uso por parte de la Dirección General de Salud Pública y Participación o de cualquier otra empresa colaboradora en el desarrollo de futuros proyectos:

  

7. Autorización de uso de los datos aportados (marque SÍ o NO)

 

 

NO

Importante: Autorizo a que "esta información se incorpore a un fichero denominado Registro de datos de Consulta_ la Dirección General de Salud Pública y Participación_CPI, con la finalidad de gestionar los datos de los participantes en la consulta al mercado, manteniéndose bajo responsabilidad de la Dirección General de Salud Pública y Participación, siempre que las personas usuarias no manifiesten lo contrario. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición pueden ejercerse dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico: secretaria@dgsanita.caib.es

  

8. Relación de documentación adjunta aportada

En el caso de que los hubiese, indique la documentación que acompaña a su propuesta y que proporcione mayor información acerca de la idea propuesta.

Nombre del archivo:

Breve descripción:

Confidencial*

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

*Marcar en el caso de que la documentación correspondiente sea confidencial