Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 13853
Rectificación de errores en las bases y convocatoria del proceso selectivo para proveer como personal funcionario de carrera, 5 plazas de policía local vacantes en la plantilla y que ahora están cubiertas por personal interino
Decreto de Alcaldía
Asunto: rectificación de error a las bases y convocatoria que tienen que regir el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ses Salines, cinco plazas de policía local vacantes en la plantilla de personal y dotadas presupuestariamente, ocupadas por personal funcionario interino, correspondientes a la a la oferta de empleo público del año 2017, por el sistema de acceso de turno libre, mediante concurso oposición.
Advertido error en las bases y convocatoria que han de regir el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ses Salines, cinco plazas de policía local vacantes en la plantilla de personal y dotadas presupuestariamente, ocupadas por personal funcionario interino, correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2017, por el sistema de acceso de turno libre, por concurso oposición.
De conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en usos de las atribuciones que se me han conferido por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, he resuelto:
Primero.- Modificar en el anexo III de las bases y convocatoria el siguiente apartado, donde dice:
“2. Valoración de los servicios prestados.
Se deben valorar los servicios prestados y reconocidos en la policía local del municipio donde se convoquen pruebas y en otros municipios de las Islas Baleares. La valoración que se prevea para otros municipios no puede ser inferior a la mitad de la prevista para el municipio donde se convoquen las pruebas.
La puntuación máxima de este apartado es de 24 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos como policía local o turístico en el Ayuntamiento de Ses Salines: 0.50 puntos por mes, hasta un máximo de 24 puntos.
b) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos como policía local o turístico en otros municipios de las Islas Baleares: 0.25 puntos por mes, hasta un máximo de 12 puntos”.
Debe decir:
“2. Valoración de los servicios prestados.
Se deben valorar los servicios prestados y reconocidos en la policía local del municipio donde se convoquen pruebas y en otros municipios de las Islas Baleares. La valoración que se prevea para otros municipios no puede ser inferior a la mitad de la prevista para el municipio donde se convoquen las pruebas.
La puntuación máxima de este apartado es de 24 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
c) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos como policía local o turístico en el Ayuntamiento de Ses Salines: 0.50 puntos por mes.
d) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos como policía local o turístico en otros municipios de las Islas Baleares: 0.25 puntos por mes.”
Segundo.- Publicar esta rectificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en la página web municipal (http://www.ajsessalines.net).
Ses Salines, 11 de diciembre de 2017.
El Alcalde, El Secretario
Bernat Roig Galmés Jaime Perelló Marcé