Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 13695
Resolución del Consejero Trabajo, Comercio e Industria por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acta de prórroga del Convenio y de aprobación de las tablas salariales para los años 2016 y 2017 del Convenio colectivo de la empresa Neonet Illes, SL y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07100052012012)
Antecedentes
1. El día 10 de octubre de 2016, las personas miembros de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Neonet Illes, SL, acordaron y suscribieron la prórroga del Convenio y la aprobación de las tablas salariales para los años 2016 y 2017.
2. El día 19 de octubre, el señor Antonio Linde Olmedo, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la mencionada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de prórroga del Convenio y de aprobación de las tablas salariales para los años 2016 y 2017 del Convenio colectivo de la empresa Neonet Illes, SL, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.
2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.
3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción.
4. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, a 16 de enero de 2017
La directora general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral
Isabel Castro Fernández
Por delegación del consejero de Trabajo, Comercio e Industria
(BOIB 105/2015)
ACTA DE NEGOCIACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA NEONET ILLES, S.L.
En Palma de Mallorca a 10 de octubre de 2016, siendo las 12:00 h., se reúnen en la sede de la Empresa, D Juan Manuel Sayago Maya con DNI 43069014-L en representación de la Empresa NEONET ILLES, S.L. y Dª Antonia Pavo Tribaldos con DNI 43024444-T, como representante de los trabajadores.
Ambas partes se reconocen de nuevo plena capacidad legal para negociar un Convenio Colectivo de Empresa, constituyendo la comisión negociadora al efecto y actuando bajo el principio de buena fe.
El Convenio Colectivo de empresa código 07003052012012 finalizaba su vigencia el 30/09/2016. El artículo 4 prevé que en caso de falta de denuncia el convenio quedará prorrogado por un año.
No obstante lo anterior, ambas partes han procedido a la denuncia del Convenio en tiempo y forma y es de su interés, tras un período informal de negociación, proceder a la prórroga del Convenio Colectivo en los términos que se expondrán más adelante. Por ello ambas partes acuerdan iniciar en este acto las negociaciones formales al respecto.
La Empresa manifiesta su intención de no realizar cambios sustanciales en el Convenio Colectivo salvo ampliar la duración.
La representación de los trabajadores estaría de acuerdo en mantener el mismo Convenio Colectivo prorrogado si se actualizan adecuadamente los salarios, hoy totalmente desfasados.
Tras un amplio debate, ambas partes acuerdan:
PRIMERO.- Prorrogar el Convenio Colectivo desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2021 en sus mismos términos a excepción de los aspectos económicos que a continuación se dirán.
SEGUNDO.- Los salarios para el año 2016 y 2017 serán los siguientes:
Grupo profesional |
Salario base |
Complementos de puesto de trabajo |
Limpiador/a |
750 euros/mes |
Plus de hospitales: 25 euros/mes; Plus de carritos: 15 euros/mes |
Mandos intermedios |
900 euros/mes |
· |
Administrativos |
850 euros/mes |
· |
Igualmente el plazo del pago de salarios debe entenderse que se realizará en los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a su devengo.
Para los años restantes de vigencia, los incrementos salariales de todos los conceptos se pactarán anualmente en el mes de enero a través de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa.
TERCERO.- Actualizar el artículo 10, en su aspecto económico, con el siguiente precio de horas extras (años 2016 y 2017):
Grupo profesional |
Precio de hora extra |
---|---|
Limpiador/a |
5,74 euros |
Mandos intermedios |
6,89 euros |
Administrativos |
6,51 euros |
CUARTO.- Igualmente se actualiza el precio de las horas trabajadas en día festivo del artículo 12 pasa a ser, en vez del precio ordinario, de los siguientes importes (años 2016 y 2017):
Grupo profesional |
Precio de hora |
---|---|
Limpiador/a |
7,18 euros |
Mandos intermedios |
8,62 euros |
Administrativos |
8,14 euros |
QUINTO.- Actualizar el precio de la hora nocturna previsto en el artículo 13 también se modifica, en vez del precio ordinario, siendo los siguientes importes (años 2016 y 2017):
Grupo profesional |
Precio de hora |
---|---|
Limpiador/a |
6,31 euros |
Mandos intermedios |
7,58 euros |
Administrativos |
7,16 euros |
Sin nada más que tratar, ambas partes dan conformidad a lo acordado, facultando a la empresa a redactar un texto nuevo con los cambios introducidos.
Una vez leída el acta y encontrada conforme, se firma por ambas partes la presente acta en duplicada ejemplar siendo las 14:15 h. del día del encabezamiento.
Por la empresa |
La delegada de personal |
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