Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 13671
Convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar del colectivo de las personas mayores (2018)
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 373671
El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, día 29 de noviembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo
«Antecedentes
»1. Día 16 de octubre del 2017, el director insular de Promoción Sociocultural informó sobre la conveniencia de la convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar del colectivo de las personas mayores (2018).
»2. Día 20 de octubre del 2017, la tag de Promoción Sociocultural con el visto bueno del secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia informó favorablemente sobre la tramitación del expediente de referencia.
»3. Día 15 de noviembre del 2017, la Intervención General del Consell de Mallorca emitió informe de fiscalización de conformidad.
»Fundamentos de derecho
»1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero del 2017.
»2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
»3. De acuerdo con lo que se establece en el artículo 28 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Mallorca, modificada por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 12 de diciembre del 2016 (BOIB nº. 157, de 15 de diciembre del 2016), y en la base 23.4 de las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca para el año 2017, corresponde al consejo ejecutivo aprobar y resolver la convocatoria de subvenciones.
»Por todo ello, la consejera ejecutiva de Medio Ambiente en sustitución del vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia propone al Consejo Ejecutivo que adopte el siguiente:
»ACUERDO
»1.- Aprobar el expediente de convocatoria pública de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar del colectivo de las personas mayores (2018).
»2.- Autorizar un gasto de un millón setecientos mil euros (1.700.000,00 €) que se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca de acuerdo con la siguiente distribución:
»a) Alquiler de locales sociales (LÍNEA 1)
»- 580.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900
»b) Mantenimiento de las entidades (LÍNEA 2)
»- 190.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900 (gastos en bienes y servicios corrientes)
»- 40.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.78900 (gastos de adquisición de bienes inventariables)
»c) Actividades socioculturales (LÍNEA 3)
»- 890.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900
»El importe máximo que figura en esta convocatoria tiene carácter estimado por lo cual la concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
»3.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. »
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 30 de noviembre del 2017
El secretario general por delegación
(Decreto de día 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio)
Jeroni M. Mas Rigo
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL PARA POTENCIAR EL BIENESTAR DEL COLECTIVO DE LAS PERSONAS MAYORES (2018)
1. Régimen jurídico
Esta convocatoria se rige por lo que se dispone en la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en la sesión de 23 de diciembre del 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero del 2017) y, supletoriamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y por el resto de normativa que sea aplicable.
2. Crédito presupuestario
Se destina la cantidad de 1.700.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2018, de acuerdo con la distribución siguiente:
a) Alquiler de locales sociales (LÍNEA 1)
- 580.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900
b) Mantenimiento de las entidades (LÍNEA 2)
- 190.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900 (gastos en bienes y servicios corrientes)
- 40.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.78900 (gastos de adquisición de bienes inventariables)
c) Actividades socioculturales (LÍNEA 3)
- 890.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900
El importe máximo que figura en esta convocatoria tiene carácter estimado por lo que la concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
3. Objeto de la convocatoria
3.1 El objeto de esta convocatoria es fijar las condiciones que regulan la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones, federaciones de asociaciones y entidades de personas mayores para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar (obtener una calidad de vida mejor) del colectivo de las personas mayores.
3.2 Esta convocatoria pretende contribuir con la financiación de los gastos siguientes:
LÍNEA 1: alquiler de locales sociales para el período comprendido entre el día 1 de julio del 2017 y el día 30 de junio del 2018, ambos incluidos.
Asimismo, se incluyen los gastos relativos al 2T del IRPF del 2017 siempre que se dé el supuesto previsto en el punto decimosexto de esta convocatoria.
LÍNEA 2: mantenimiento de las entidades para el período comprendido entre el día 1 de julio del 2017 y el día 30 de junio del 2018, ambos incluidos, relacionado con los gastos corrientes de consumo de electricidad, gas y agua, teléfono e internet, mantenimiento de equipos informáticos, gastos de comunidad de propietarios, material de oficina, prensa, seguros de responsabilidad civil y daños, limpieza, comunicaciones postales, tasas y tributos, siempre que el beneficiario de la subvención los abone de manera efectiva, gastos de imprenta para editar folletos, revistas, cartelería, pequeñas reparaciones de los locales y de los equipamientos de la asociación, siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local, etc. En resumen, los gastos corrientes ligados al funcionamiento de la asociación.
Asimismo, se consideran gastos subvencionables los gastos de adquisición de bienes inventariables relativos a adquisición de mobiliario, electrodomésticos, equipamiento musical y equipos informáticos.
LÍNEA 3: actividades socioculturales para el período comprendido entre el día 1 de julio del 2017 y el día 30 de junio del 2018, ambos incluidos.
Bloque I: actividades relacionadas con la salud (actividades de gimnasia, baile, yoga, taichí, pilates, relajación, expresión corporal y psicomotricidad, actividades de estimulación de la memoria)
Bloque II: talleres intergeneracionales
Bloque III: talleres de nuevas tecnologías
Bloque IV: cultura (actividades de dibujo, pintura, fotografía, corales, talleres de teatro y aprendizaje musical)
Bloque V: formación (conferencias de contenido diverso, cursos de idiomas y manualidades)
Bloque VI: ocio y tiempo libre (excursiones y otras actividades de ocio y tiempo libre que se realicen en el territorio de Mallorca)
3.3 No se incluyen los gastos relacionados con los comestibles y comidas, y las actividades de rifas, sorteos y loterías.
3.4 Se pueden presentar y subvencionar, como máximo, tres proyectos (uno de alquiler, uno de mantenimiento y uno de actividades socioculturales) por solicitante.
3.5 El máximo que se subvenciona en el supuesto de actividades que integran los proyectos relativos en la línea 3 (actividades socioculturales) y que tengan una temporalización de un día es del 10% del presupuesto global del proyecto correspondiente a esta línea.
4. Finalidades
Esta convocatoria tiene como finalidad contribuir a financiar los gastos derivados de actividades integrantes de proyectos que tengan como eje principal:
- mejorar la calidad de vida y potenciar la capacidad creativa de las personas mayores.
- fomentar la actividad física para prevenir problemas derivados de la inactividad y la autonomía personal.
- favorecer la integración y la participación social.
- proporcionar un espacio de ocio y de tiempo libre adecuado a sus intereses y expectativas.
- fomentar el asociacionismo y la participación social en el ámbito comunitario.
- permitir que las asociaciones tengan un local en condiciones, adecuado a las dimensiones y a las necesidades, donde puedan llevar a cabo las iniciativas, los proyectos y los programas destinados a mejorar la calidad de vida de las personas mayores.
5. Régimen de la concesión
El procedimiento de concesión, en el supuesto de ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES DE PERSONAS MAYORES, es el de concurrencia competitiva y las subvenciones se adjudicarán mediante el sistema de prorrateo de manera proporcional en los puntos obtenidos por cada una de las asociaciones y/o entidades de personas mayores.
En el supuesto de FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES, vista la realidad y el mismo funcionamiento de las federaciones, no se aplicará la concurrencia competitiva.
6. Requisitos para solicitar la subvención
6.1 Pueden obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención las asociaciones y/o entidades de personas mayores y las federaciones de asociaciones de personas mayores, sin ánimo de lucro, siempre que:
a) estén legalmente constituidas, adaptadas a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, e inscritas de forma definitiva en el registro pertinente, el día que acabe el plazo de presentación de solicitudes.
b) el ámbito de actuación sea Mallorca.
c) incluyan entre sus finalidades actuaciones dirigidas a las personas mayores con el objetivo de mejorar la calidad de vida.
d) cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
6.2 En el supuesto de asociaciones y/o entidades que, por el nombre/objeto, no se identifiquen de forma expresa como asociaciones y/o entidades de tercera edad o de personas mayores, pero que entre las finalidades incluyen actuaciones dirigidas a este colectivo, pueden obtener la condición de persona beneficiaria. No obstante, el importe subvencionable es el que salga de aplicar el porcentaje de número de personas asociadas mayores de 60 años en relación con el total de personas asociadas a la cuantía que resulte de aplicar lo que se establece en el punto duodécimo de esta convocatoria.
6.3 No pueden obtener la condición de beneficiarias las personas o las entidades que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:
a) Las asociaciones, las entidades y las federaciones de asociaciones que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
b) Las entidades asociativas con una finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales, las asociaciones profesionales y las cooperativas.
6.4 La acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca se hace mediante una declaración responsable.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acredita mediante las certificaciones acreditativas que se regulan en el artículo 10 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, expedidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención comporta la autorización del solicitante para que el órgano que concede la subvención las obtenga de manera directa. Los solicitantes pueden denegar el consentimiento expresamente; en este caso, tienen que aportar los certificados.
7. Obligaciones de las personas beneficiarias
Además de las obligaciones que se recogen en el artículo 9 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones siguientes:
a) Tienen que disponer de un local donde poder llevar a cabo el proyecto subvencionado.
b) A las actividades por las cuales se solicita la subvención tienen que asistir un mínimo del 2% de las personas asociadas, con un mínimo de seis.
c) Los locales sociales que forman el programa subvencionable, en el supuesto de que se solicite la subvención relativa a la línea 1, tienen que permanecer abiertos y activos al servicio de las personas asociadas.
d) En el caso de la adquisición de bienes inventariables (mobiliario, electrodomésticos, equipamiento musical y equipos informáticos), se tienen que destinar al fin concreto para el cual se concede la subvención durante un período de dos años.
8. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento
8.1 El órgano instructor es el secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia que desarrolla las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca.
8.2 La Comisión Evaluadora está compuesta por:
Presidencia
- Jaume Alzamora Riera, director insular de Promoción Sociocultural. Suplente: Marc Andreu Herrera Oliver, director insular de Presidencia y Relaciones Institucionales.
Vocalias
- Maria Monserrat Bennàssar, TAG de Promoción Sociocultural. Suplente: Ana Maria Bou Martín, TAG de la Secretaría Técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia.
- Maria Paz Andrade Barberá, TAG de la Oficina de Transparencia. Suplente: Ferran Ramon Ribas del Blanco, TGM de la Dirección Insular de Igualdad.
- Yolanda González Sastre, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural. Suplente: Matilde Marín Arribas, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural.
Secretaría
- Bartolomé Oliver Bennasar, jefe de servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia. Suplente: Antonio Salom Martorell, jefe de servicio de Protocolo.
La comisión puede instar el órgano instructor para que requiera a las asociaciones y a las federaciones solicitantes los informes o las aclaraciones que se consideren convenientes.
8.3 Teniendo en cuenta el expediente y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor formula la propuesta de resolución definitiva.
8.4 El órgano competente para resolver esta convocatoria es el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca.
9. Plazo de presentación de solicitudes
9.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de publicarse el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
9.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro del Consell de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
9.3 Si la solicitud se entrega en un lugar diferente del Consell de Mallorca, el solicitante de la subvención tiene que enviar por fax (971 173 750) o por correo electrónico (promociosociocultural@conselldemallorca.net) la hoja de la solicitud con el sello de entrada dentro de plazo al Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia. De la misma manera, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos y tiene que constar el envío dentro de plazo.
No obstante, si esta documentación no entra en el Registro General dentro de los diez días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no se admite en ningún caso.
9.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada que lo enmiende en el plazo improrrogable de diez días y tiene que indicarle que, si no lo hace, se considera que ha desistido de la solicitud, con la resolución previa expresa, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
9.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 9.1 no se admiten en esta convocatoria.
10. Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver el procedimiento y para notificarlo es de seis meses desde el día en que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
El vencimiento del plazo establecido en el párrafo anterior sin que se haya notificado la resolución legitima a las personas interesadas en entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de concesión de las subvenciones.
11. Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud
11.1 Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Estos modelos anexos están al alcance de las personas interesadas en la web www.conselldemallorca.net.
11.2 La documentación que se tiene que presentar con la solicitud es la siguiente:
a) Modelo de solicitud (anexo 1).
b) Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIF o NIE de la persona representante legal que la firma.
c) Copia de los estatutos vigentes de la asociación, de la entidad o de la federación con la resolución de la inscripción al Registro de Entidades Jurídicas del Govern de les Illes Balears y/o en otros registros de administraciones públicas, cuando corresponda, y, en su caso, modificados, según se establece en Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
d) Memoria descriptiva del proyecto por el cual se solicita la subvención y en la cual se tiene que especificar, como mínimo, los puntos siguientes: descripción, objetivos que se pretenden conseguir con la realización del proyecto, colectivo en el cual se dirige, medios necesarios para llevar a cabo el proyecto, temporalización, previsión de participación, presupuesto detallado orientativo de ingresos y de gastos (modelo anexo 2).
e) Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa la persona firmante de la solicitud. Se puede acreditar con un certificado de nombramiento y de vigencia del cargo, con una fecha posterior a la de publicación de la convocatoria (anexo 3).
f) Número actualizado de personas asociadas mediante la certificación de la secretaría de la asociación o de la entidad (anexo 4) y en el cual se tiene que indicar cuántas son mayores de sesenta años. En el caso de las federaciones de asociaciones, el certificado de la secretaría en el cual se acredita el número de asociaciones que forman parte de la federación y la denominación.
El Servicio de Promoción Sociocultural se reserva la facultad de pedir a las entidades solicitantes de subvención, en cualquier momento de la tramitación, el acceso al libro de registro de personas asociadas, para verificar el número de personas declaradas en la solicitud.
g) Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente o de la libreta en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 5).
h) Acreditación de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca para obtener la condición de persona beneficiaria. Esta acreditación se tiene que hacer de acuerdo con lo que se establece en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, es decir, mediante un testimonio judicial o certificado administrativo y, si la autoridad competente no lo puede hacer, se puede sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o un notario público (en el caso de la declaración responsable, ante una autoridad administrativa, se tiene que utilizar el modelo del anexo 6 de esta convocatoria).
i) Declaración de no haber pedido ninguna otra ayuda o subvención por el mismo concepto y, en su caso, una relación de las subvenciones y ayudas solicitadas o concedidas, con la indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras (anexo 7). En caso de que, durante la instrucción del procedimiento, previamente a la propuesta de concesión, la entidad tenga conocimiento de la concesión de alguna subvención, lo tiene que comunicar tan pronto como sea posible en el órgano instructor.
j) Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (anexo 8).
k) Copia del contrato, en vigor, del alquiler del local social, firmado por la persona arrendadora y por la persona arrendataria, en el supuesto de que se solicite la subvención relativa a la línea 1.
l) Declaración responsable de las actividades, integrantes o no del proyecto por el cual se solicita la subvención, que la asociación llevará a cabo durante el período subvencionable (anexo 9).
m) Documentación acreditativa de la composición de la junta directiva.
n) Solicitud, si corresponde, de concesión de anticipo una vez resuelto el expediente de concesión (anexo 10).
En el supuesto de que los documentos exigidos estén en poder del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia, la persona solicitante se puede acoger al que se establece en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en que se presentaron y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde que acabó el procedimiento.
12. Importe de las subvenciones y criterios de valoración de las solicitudes
12.1 La cuantía que se otorga y los importes máximos con los cuales se pueden subvencionar los proyectos presentados por FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES son los siguientes:
LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL
El equivalente al importe de la renta del local que las federaciones tengan contratada y que constituya la sede social de la federación solicitante.
Si el importe establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para el total de solicitudes, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que se establece para cada beneficiario: 14.400,00 €, IVA incluido, por solicitante.
LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA FEDERACIÓN
Son susceptibles de recibir la subvención las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Si el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para subvencionar todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que a continuación se establece para cada beneficiario: 6.200,00 €, IVA incluido, por solicitante, por gastos en bienes y servicios corrientes.
LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES
Son susceptibles de recibir la subvención las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Si el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para subvencionar todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que a continuación se establece para cada beneficiario: 4.800,00 €, IVA incluido, por solicitante.
12.2 Son criterios básicos para otorgar las subvenciones a ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES:
LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL. Hasta un máximo de 10 puntos
1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)
- Hasta 100 socios o socias 1,75 puntos
- De 101 a 200 socios o socias 2,50 puntos
- De 201 a 300 socios o socias 3,00 puntos
- De 301 a 400 socios o socias 3,25 puntos
- De 401 a 500 socios o socias 3,50 puntos
- De 501 a 600 socios o socias 3,75 puntos
- Más de 600 socios o socias 4,00 puntos
2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).
- La puntuación que se otorga a las asociaciones está en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2016.
3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)
- Se otorga 1 punto a las asociaciones que lleven a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.
- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que lleven a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.
4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (2 puntos)
Se otorgan 0,50 puntos hasta un máximo de 2 puntos por cada mujer que forme parte de la junta directiva de la entidad solicitante.
LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN. Hasta un máximo de 10 puntos
1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)
- Hasta 100 socios o socias 1,75 puntos
- De 101 a 200 socios o socias 2,50 puntos
- De 201 a 300 socios o socias 3,00 puntos
- De 301 a 400 socios o socias 3,25 puntos
- De 401 a 500 socios o socias 3,50 puntos
- De 501 a 600 socios o socias 3,75 puntos
- Más de 600 socios o socias 4,00 puntos
2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).
- La puntuación que se otorga a las asociaciones está en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2016.
3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)
- Se otorga 1 punto a las asociaciones que lleven a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.
- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que lleven a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.
4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (2 puntos)
Se otorgan 0,50 puntos hasta un máximo de 2 puntos por cada mujer que forme parte de la junta directiva de la entidad solicitante.
LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES. Hasta un máximo de 10 puntos
1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)
- Hasta 100 socios o socias 1,75 puntos
- De 101 a 200 socios o socias 2,50 puntos
- De 201 a 300 socios o socias 3,00 puntos
- De 301 a 400 socios o socias 3,25 puntos
- De 401 a 500 socios o socias 3,50 puntos
- De 501 a 600 socios o socias 3,75 puntos
- Más de 600 socios o socias 4,00 puntos
2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).
- La puntuación que se otorga a las asociaciones está en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2016.
3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)
- Se otorga 1 punto a las asociaciones que lleven a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.
- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que lleven a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.
4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (2 puntos)
Se otorgan 0,50 puntos hasta un máximo de 2 puntos por cada mujer que forme parte de la junta directiva de la entidad solicitante.
12.3 El importe de la subvención que recibe cada solicitud de ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES para cada una de las líneas se calcula una vez determinado el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones de personas mayores, de la manera siguiente:
Is = [(T x Ps)/ PT]
Is = Importe de la subvención que recibe cada solicitud.
T = Crédito presupuestario establecido en la convocatoria, para cada una de las líneas, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones de personas mayores.
Ps = Puntuación de la solicitud que se valora para cada una de las líneas.
PT = Suma de las puntuaciones de todas las solicitudes para cada una de las líneas.
En ningún caso el importe resultante puede ser superior a la cantidad solicitada ni a los importes máximos establecidos para cada una de las líneas. Se limitará el importe de la subvención que se tiene que conceder si el importe de subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior o si se superan los importes máximos establecidos para cada una de las líneas:
LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL: 14.400,00 euros, IVA incluido, por solicitante.
LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN: 1.600,00 euros, IVA incluido, por solicitante, de los cuales, como máximo, 300,00 euros, IVA incluido, pueden ser para gastos de adquisición de bienes inventariables.
LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES: 6.000,00 euros, IVA incluido, por solicitante. En el supuesto de asociaciones y/o entidades que tengan, entre las personas asociadas, personas con una discapacidad auditiva y contraten los servicios de un intérprete de lenguaje de signos para un buen desarrollo de las actividades, el importe máximo es de 6.600,00 euros.
El crédito sobrante derivado de las limitaciones mencionadas en los párrafos anteriores se repartirá proporcionalmente según la puntuación obtenida entre los otros beneficiarios cuyas solicitudes no hayan llegado al importe de la subvención sin sobrepasar los límites establecidos. Se limitará el importe de la subvención que se tiene que conceder, si el importe de la subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior o si se superan los importes máximos establecidos para cada una de las líneas.
12.4 En caso que haya remanente en alguna de las líneas de subvención y que, en alguna, el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones, no sea suficiente para otorgar el importe de la subvención, se incrementarán las líneas a las cuales les falte presupuesto de acuerdo con las especificaciones siguientes:
- Si hay remanente en más de una línea de subvención, se tiene que traspasar, en primer lugar, el crédito de la línea que tenga el remanente más alto. Si una vez traspasado el crédito, todavía hay alguna línea con remanente, se tiene que actuar de acuerdo con lo que se establece en el apartado 12.5 de esta convocatoria.
- Si hay remanente en todas las líneas de subvención se tiene que actuar de acuerdo con el apartado 12.5 de esta convocatoria.
- Si hay más de una línea deficitaria, se dará prioridad a las actividades socioculturales; en segundo lugar, al mantenimiento de la entidad y, en último lugar, al alquiler del local social.
12.5 Para potenciar que se lleve a cabo un determinado tipo de actividades, en el supuesto de que, una vez finalizado el proceso descrito en los apartados 12.3 y 12.4 de esta convocatoria, haya remanente en alguna de las líneas, se otorgará, siempre con la limitación de la cantidad solicitada y de los importes máximos establecidos para cada una de las líneas en el apartado 12.3 de esta convocatoria, a cada asociación de personas mayores, un máximo del 70% de la cantidad solicitada en función de los porcentajes siguientes:
- Un 5% por actividad, con un máximo del 20%, si llevan a cabo actividades relacionadas con la salud (bloque I de la base 1.2).
- Un 10% si llevan a cabo talleres intergeneracionales (bloque II de la base 1.2).
- Un 10% si llevan a cabo talleres de nuevas tecnologías (bloque III de la base 1.2).
- Un 10% por actividad, con un máximo del 20%, si llevan a cabo actividades relacionadas con la cultura (bloque IV de la base 1.2).
- Un 5% por actividad, con un máximo del 10%, si llevan a cabo actividades de formación (bloque V de la base 1.2).
Cada remanente se distribuirá entre las solicitudes de la línea que dispone de remanente.
Si los remanentes no son suficientes para cubrir las cantidades resultantes de aplicar los porcentajes anteriores, estas cantidades se tienen que reducir a todas las asociaciones de forma proporcional de acuerdo con la fórmula siguiente:
I = [(R x Q)/S]
I = Importe que recibe cada solicitud.
R = Remanente para repartir.
Q = Cantidad resultante de aplicar los porcentajes a cada solicitud.
S = Suma total de las cantidades resultantes.
12.6 Si, una vez finalizado el proceso descrito en el punto anterior, todavía hay remanente, este se devolverá a la partida presupuestaria correspondiente.
12.7 No obstante lo que se establece en este punto duodécimo, se exceptúa de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas por las asociaciones y/o entidades que reúnan los requisitos establecidos, cuando el crédito consignado para cada línea en la convocatoria, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones, sea suficiente, atendiendo el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
12.8 El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad que tiene que desarrollar la entidad beneficiaria.
12.9 Las actividades subvencionadas integrantes de proyectos presentados por las federaciones no pueden coincidir con las actividades subvencionadas integrantes de proyectos presentados por las asociaciones que forman parte de la federación.
13. Forma, plazos y condiciones para el pago de las subvenciones
El pago de las subvenciones se hace, con carácter general, una vez justificado el cumplimiento de la finalidad para la cual se concedieron.
Se pierde el derecho a cobrar totalmente o parcialmente la subvención en el caso que falte la justificación o que se dé alguna de las causas de reintegro previstas en la legislación vigente.
De acuerdo con la base 35.5 de las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca, se puede hacer un anticipo del 50% del importe concedido en las líneas 1, 2 y 3, sin la necesidad de constituir garantía. No obstante, si el importe del anticipo supera los 5.000 €, la persona interesada está obligada a acreditar su solvencia económica y financiera, mediante un informe positivo de una entidad bancaria, tal como se establece en el artículo 52.3 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
El importe restante de la subvención se abonará a medida que se vayan presentando los justificantes correspondientes en los términos que se señalan en el punto decimoquinto de esta convocatoria y siempre que se haya justificado la totalidad del gasto que representa el importe del anticipo.
Por otra parte, dado que las subvenciones de esta convocatoria tienen por objeto los proyectos que se describen en el punto tercero y cuarto de esta convocatoria, sin entrar a determinar qué tipo de gasto concreto del presupuesto se imputa a la subvención, se permite que los gastos subvencionables de los proyectos se puedan compensar entre ellos.
Si el gasto justificado es inferior al proyecto presentado, se reduce proporcionalmente la subvención concedida.
14. Documentación necesaria para justificar el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos
Las personas beneficiarias tienen que justificar documentalmente, antes de día 26 de julio del 2018, la aplicación de los fondos percibidos mediante la cuenta justificativa del gasto hecho con la aportación de justificantes, que tiene que incluir la documentación siguiente:
a) Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades hechas, los resultados obtenidos y el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad de la subvención, firmada por la persona beneficiaria.
b) Una memoria económica (anexo 11) justificativa del coste de los gastos hechos, que tiene que contener, además de lo que se prevé en el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la documentación siguiente:
Si se aportan facturas con retención del IRPF al prestador del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifica el pago del impuesto. Si no se aporta el modelo 111, únicamente se entiende justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.
Para justificar el coste bruto de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y la documentación acreditativa del coste patronal de la persona trabajadora, con los justificantes de los pago correspondientes.
Si únicamente se aportan las nóminas y los justificantes del pago, se entiende justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.
(En caso de que se tengan que devolver las facturas o los justificantes originales, a petición de la persona beneficiaria, se tiene que reflejar con un sello la fecha de concesión de la subvención así como el importe del justificante que se imputa a la subvención.)
c) Una declaración responsable sobre la realización del proyecto subvencionado, de los ingresos y de los gastos (anexo 12).
d) Una declaración responsable de no ser deudor por una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 13).
e) Un ejemplar, si corresponde, de la publicidad escrita y gráfica relativa a la actividad subvencionada, en la que tiene que constar el patrocinio del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia del Consell de Mallorca o, simplemente, del Consell de Mallorca, mediante el logotipo de la institución.
15. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados
La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención se detalla en el artículo 48 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, en función de la forma en que se ha hecho el pago.
16. Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables los gastos que, de manera indudable, responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y se efectúan desde el día 1 de julio del 2017 hasta el 30 de junio del 2018, ambos incluidos.
LÍNEA 1: las actividades justificadas y los justificantes tienen que corresponder al período que comprende desde el 1 de julio del 2017 hasta el 30 de junio del 2018, ambos incluidos. También se entiende gasto subvencionable el IRPF correspondiente al segundo trimestre del año 2017, siempre que se acredite que la persona beneficiaria ya lo fue en la subvención aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo de 7 de septiembre del 2016 y que los gastos que se presentan no han sido presentados para justificar ninguna subvención anterior a esta.
LÍNEA 2 y 3: las actividades justificadas y los justificantes tienen que corresponder al período que comprende desde el 1 de julio del 2017 hasta el 30 de junio del 2018, ambos incluidos.
Asimismo, se considera gasto hecho el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el período de justificación establecido en el punto decimocuarto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor de mercado.
17. Protección de datos
La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de esta convocatoria están amparados por la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
18. Inspección
El Consell Insular de Mallorca puede inspeccionar las actividades que haya subvencionado, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder, por normativa legal o reglamentaria, a otros organismos o instituciones.
19. Régimen de recursos
El acuerdo de la aprobación de la convocatoria y de la concesión no pone fin a la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
20. Medio de publicación
Esta convocatoria y las subvenciones que se conceden como consecuencia de esta se publican en extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y a través de la web del Consell de Mallorca (www.conselldemallorca.net).
Asimismo, se notifican individualmente a quien ha concurrido en el procedimiento en el lugar indicado en la solicitud.
ANEXO 1
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL PARA POTENCIAR EL BIENESTAR DEL COLECTIVO DE LAS PERSONAS MAYORES (2018)
Datos de la persona solicitante:
Nombre o razón social: |
CIF: |
Domicilio Calle o plaza: nº. Localidad: CP: |
Teléfono: Fax: |
Datos del/ de la representante legal:
Nombre y Apellidos: |
DNI/NIE: |
Teléfono: |
Calidad/condición de su representación: |
EXPONE
Que teniendo conocimiento de la convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar del colectivo de las personas mayores (2018)
SOLICITA
1. Una subvención económica por la cantidad de ______________________________ euros
para el proyecto siguiente (LÍNEA 1): _______________________________________________.
2. Una subvención económica por la cantidad de ______________________________ euros
para el proyecto siguiente (LÍNEA 2 gastos en bienes y servicios corrientes): ____________________.
3. Una subvención económica por la cantidad de ______________________________ euros
para el proyecto siguiente (LÍNEA 2 gastos de adquisición de bienes inventariables): ____________.
4. Una subvención económica por la cantidad de ______________________________ euros
para el proyecto siguiente (LÍNEA 3): ________________________________________________.
Y declaro bajo mi responsabilidad que todos los datos contenidos en esta solicitud y en la documentación que se adjunta son ciertos y que acepto las normas de la convocatoria, por lo cual se facilitará toda la información y documentación necesaria para favorecer su tramitación.
(Firma del representante legal)
__________________________, ________ de __________________________ de 201___
VICEPRESIDENTE SEGUNDO Y CONSEJERO EJECUTIVO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA DEL CONSELL DE MALLORCA
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
NOMBRE DE LA ENTIDAD
|
||
DOMICILIO SOCIAL
|
CALLE |
|
Nº |
||
C. P |
||
POBLACIÓN |
||
MUNICIPIO |
||
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
|
CALLE |
|
Nº |
||
CP |
||
POBLACIÓN |
||
MUNICIPIO |
||
NÚMERO REGISTRO ASOCIACIONES DE LA CAIB |
||
CIF |
|
|
TELÉFONO DE LA ENTIDAD |
|
FAX |
E-MAIL (CORREO ELECTRÓNICO) |
||
AÑO DE CONSTITUCIÓN |
||
NOMBRE DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD |
||
TELÉFONO DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD |
FIJO |
|
MOVIL |
||
PERSONA DE CONTACTO |
||
TELÉFONO DE LA PERSONA DE CONTACTO |
FIJO |
|
MOVIL |
ANEXO 2
2.1 PROYECTO POR EL CUAL SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
a) ALQUILER
DESCRIPCIÓN breve del proyecto |
|
OBJETIVOS que se persiguen |
|
COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto |
|
MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos) |
|
TEMPORALIZACIÓN |
|
PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN (personas asociadas que se ven beneficiadas) |
|
OTROS |
|
b) MANTENIMIENTO
DESCRIPCIÓN breve del proyecto |
|
OBJETIVOS que se persiguen |
|
COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto |
|
MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos) |
|
TEMPORALIZACIÓN |
|
PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN (personas asociadas que se ven beneficiadas) |
|
OTROS |
|
c) ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES **
Actividad por la cual se ha solicitado la subvención (título): |
DESCRIPCIÓN de la actividad:
|
OBJETIVOS que se persiguen:
|
COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto:
|
MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos):
|
TEMPORALIZACIÓN (horario y duración de la actividad):
|
PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN:
|
OTROS:
|
** se tiene que rellenar una ficha para cada actividad que se solicite subvención
2.2 PRESUPUESTO
a) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ALQUILER
GASTOS PREVISTOS |
||||
|
BASE IMPONIBLE |
IVA |
RETENCIÓN IRPF |
TOTAL MENSUAL |
JULIO 2017 |
|
|
|
|
AGOSTO 2017 |
|
|
|
|
SEPTIEMBRE 2017 |
|
|
|
|
OCTUBRE 2017 |
|
|
|
|
NOVIEMBRE 2017 |
|
|
|
|
DICIEMBRE 2017 |
|
|
|
|
ENERO 2018 |
|
|
|
|
FEBRERO 2018 |
|
|
|
|
MARZO 2018 |
|
|
|
|
ABRIL 2018 |
|
|
|
|
MAYO 2018 |
|
|
|
|
JUNIO 2018 |
|
|
|
|
IRPF 2T 2017 (abril, mayo y junio) |
|
TOTAL GASTOS |
|
En relación al 2T del IRPF del año 2017, declaro que la asociación que represento ya fue beneficiario de la subvención aprobada por acuerdo de Consejo Ejecutivo de fecha 7 de septiembre del 2016 y que los gastos que se presentan no han sido presentados para justificar ninguna subvención anterior a la presente.
INGRESOS PREVISTOS que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención |
IMPORTE |
Subvención Consell de Mallorca |
|
Otros (identificación) |
|
TOTAL INGRESOS |
|
b.1) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS MANTENIMIENTO (gastos en bienes y servicios corrientes)
GASTOS PREVISTOS |
IMPORTE |
Suministros de electricidad y gas |
|
Suministro de agua |
|
Consumo telefónico e internet |
|
Mantenimiento equipos informáticos |
|
Gastos de comunidad de propietarios |
|
Seguros de responsabilidad civil y daños |
|
Material de oficina e informático |
|
Gastos de imprenta |
|
Gastos de limpieza del local |
|
Prensa y libros |
|
Pequeñas reparaciones del local y de los equipamientos de la entidad siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local |
|
Tributos y Tasas |
|
Comunicaciones postales |
|
Cartelería |
|
Otros |
|
TOTAL GASTOS |
|
INGRESOS PREVISTOS que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención |
IMPORTE |
Subvención Consell de Mallorca |
|
Otros (identificación) |
|
TOTAL INGRESOS |
|
b.2) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS MANTENIMIENTO (gastos de adquisición de bienes inventariables)
GASTOS PREVISTOS |
IMPORTE |
Adquisición de equipos informáticos y equipamiento musical |
|
Adquisición de electrodomésticos |
|
Adquisición de mobiliario |
|
TOTAL GASTOS |
|
INGRESOS PREVISTOS que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención |
IMPORTE |
Subvención Consell de Mallorca |
|
Otros (identificación) |
|
TOTAL INGRESOS |
|
c) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES
GASTOS PREVISTOS |
IMPORTE |
|
|
GIMNASIA |
|
|
BAILE |
|
|
YOGA |
|
ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD |
TAICHÍ |
|
|
PILATES |
|
|
ESTIMULACIÓN MEMORIA |
|
|
EXPRESIÓN CORPORAL |
|
|
RELAJACIÓN Y PSICOMOTRICIDAD |
|
TALLERES INTERGENERACIONALES |
|
|
TALLERES DE NUEVAS TECNOLOGÍAS |
|
|
|
DIBUJO |
|
|
PINTURA |
|
CULTURA |
FOTOGRAFÍA |
|
|
TALLERES DE TEATRO |
|
|
APRENDIZAJE MUSICAL |
|
|
CORALES |
|
FORMACIÓN |
CONFERENCIAS |
|
CURSOS DE IDIOMAS |
|
|
MANUALIDADES |
|
|
OCIO Y TIEMPO LIBRE |
EXCURSIONES |
|
OTRAS ACTIVIDADES de ocio y tiempo libre (identificad cuáles) |
|
INGRESOS PREVISTOS que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención |
IMPORTE |
Subvención Consell de Mallorca |
|
Otros (identificación) |
|
TOTAL INGRESOS |
|
(Firma del representante legal)
__________________________, ________ de __________________________ del 201___
ANEXO 3
ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN EN VIRTUD POR LA CUAL ACTÚA LA PERSONA FIRMANTE DE LA SOLICITUD
[Nombre y Apellidos] ________________________________________, con DNI _________, secretario/aria de la asociación/federación _______________________________, con CIF ___________________
CERTIFICO
Que en la reunión de día ________ de __________________________ del 20___ de _____________________ [indicáis el órgano que tomó el acuerdo] se acordó el nombramiento, que todavía continúa vigente, de_________________________________, con DNI____________________, como _________________________________ de la entidad ________________________________________________________, y que, por lo tanto, es la persona autorizada para hacer las solicitudes y las tramitaciones de subvenciones.
Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.
______________, _____ de _________________________ del 201__
[Firma] [Sello] Visto bueno
El presidente
ANEXO 4
ACREDITACIÓN DEL NÚMERO DE PERSONAS ASOCIADAS
[Nombre y Apellidos] __________________________________, con DNI _______________, secretario/aria de la asociación/federación _________________________________, con CIF ________________________________
CERTIFICO
Que el número de personas asociadas inscritas a día de la fecha del presente certificado es de _______________, _________ hombres y _________ mujeres, de los cuales ___________ son mayores de 60 años.
Que el número de asociaciones que forman parte de la federación es ______________________, según el detalle siguiente:
Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.
______________, _____ de _________________________ del 201__
[Firma] [Sello] Visto bueno
El presidente
ANEXO 5
SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS
DATOS DEL PERCEPTOR:
NIF DEL PERCEPTOR |
|
APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL |
||
|
||
DIRECCIÓN |
||
|
||
LOCALIDAD |
CÓDIGO POSTAL |
PROVINCIA |
|
|
|
TELÉFONO |
FAX |
|
|
|
|
DATOS BANCARIOS:
ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL |
BIC |
|||||
|
|
|||||
IBAN |
BANCO |
OFICINA |
CUENTA Nº. |
|||
|
|
|
|
|
|
Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/c o en la libreta abierta a nombre mío.
Palma, .......................................
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD
DE LA ENTIDAD BANCARIA
Estos datos coinciden con los
que constan en esta oficina.
El/La director/a - El /La delegado /da El/La perceptor/a
Firmado: ..........................
(Sello de la Entidad bancaria)
De acuerdo con lo que dispone la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal BOE num.298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consell de Mallorca. El órgano administrativo delante del cual se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la Ley mencionada, es la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de la Corporación.
ANEXO 6
DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSELL DE MALLORCA
[Nombre y Apellidos] _________________________________, titular del DNI ____________, como representante legal de la entidad ______________________________________, con CIF _____________________
DECLARO
Que la entidad mencionada no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre del 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero del 2017, para obtener la condición de persona beneficiaria de una subvención.
[Firma del representante legal]
He tomado razón
El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
Jaume Andreu Sabater Malondra
________, __________de_______________ del 201_____
ANEXO 7
DECLARACIÓN DE NO HABER PEDIDO NINGUNA OTRA AYUDA O SUBVENCIÓN POR EL MISMO CONCEPTO; EN TODO CASO, RELACIÓN DE SUBVENCIONES Y AYUDAS SOLICITADAS O CONCEDIDAS E INDICACIÓN DE LOS IMPORTES Y DE LAS ENTIDADES SUBVENCIONADORAS.
Datos de la persona solicitante:
Nombre o razón social: |
CIF: |
Domicilio Calle o plaza: nº. Localidad: CP: |
Teléfono: Fax: |
Datos de la persona representante:
Nombre y Apellidos: |
DNI/NIE: |
Teléfono: |
Representada por la persona física antes mencionada, que actúa en calidad de: |
DECLARO bajo mi responsabilidad
□ Que la entidad no ha pedido ni ha recibido ninguna otra a yuda o subvención para el proyecto presentado.
□ Que la entidad ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:
a) Entidad subvencionadora:
Importe de la ayuda o de la subvención:
Marcad con una X la casilla correspondiente |
|||
No resuelta |
Denegada |
Concedida y no recibida |
Recibida |
b) Entidad subvencionadora:
Importe de la ayuda o de la subvención:
Marcad con una X la casilla correspondiente |
|||
No resuelta |
Denegada |
Concedida y no recibida |
Recibida |
(Firma del representante legal)
__________________________, ________ de __________________________ del 201___
ANEXO 8
DECLARACIÓN RESPONSABLE de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de día 22 de agosto del 2016)
[Nombre y Apellidos] _____________________________, con DNI __________________, como representante legal de la entidad ______________________________________________, con CIF _________________________
DECLARO
Que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de 22 de agosto del 2016), la entidad mencionada no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.
[Firma del representante legal]
__________________________, ________ de __________________________ del 201___
ANEXO 9
________________________________, con DNI ___________________________, en nombre y representación de la Asociación __________________________________, con CIF ____________________________, declaro que las actividades, integrantes o no del proyecto por el cual se solicita subvención, que la Asociación llevará a cabo durante el período subvencionable son las siguientes:
ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD
□ GIMNASIA
□ BAILE
□ YOGA
□ TAICHÍ
□ PILATES
□ ESTIMULACIÓN MEMORIA
□ EXPRESIÓN CORPORAL
□ RELAJACIÓN Y PSICOMOTRICIDAD
□ TALLERES INTERGENERACIONALES
□ TALLERES DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
CULTURA
□ DIBUJO
□ PINTURA
□ FOTOGRAFÍA
□ CORALES
□ TALLERES DE TEATRO
□ APRENDIZAJE MUSICAL
FORMACIÓN
□ CONFERENCIAS
□ CURSOS DE IDIOMAS
□ MANUALIDADES
OCIO Y TIEMPO LIBRE
□ EXCURSIONES
□ OTRAS ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE (en este supuesto se tiene que identificar)
Palma, .............. de .................... del 201.....
[firma representante legal]
ANEXO 10
SOLICITUD DE CONCESIÓN DE ANTICIPO
[Nombre y apellidos] ___________________________, titular del DNI ___________________, como representante legal de la entidad _____________________________________________, con CIF _____________________
EXPONGO
1. Que en el apartado 13 de la convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar del colectivo de las personas mayores (2018) se establece que, de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca, se puede hacer un anticipo del 50% del importe concedido.
2. Que la asociación/federación lleva a cabo el proyecto _______________________________, que se inició ______________
Por todo eso,
SOLICITA que, una vez resuelto el expediente de concesión, se le haga un anticipo del 50% del importe de la subvención concedida en concepto de
|
ALQUILER de los locales sociales |
|
ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES |
|
MANTENIMIENTO (gastos en bienes y servicios corrientes) |
|
MANTENIMIENTO (gastos de adquisición de bienes inventariables) |
[Firma del representante legal]
________, __________de_______________ del 201_____
ANEXO 11
[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS GASTOS Y DE LOS INGRESOS EFECTUADOS EN RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD REALIZADA
[Nombre y apellidos] _____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________, con CIF______________________________, y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________
DECLARO bajo mi responsabilidad
a) Que el presupuesto para llevar a cabo el proyecto ha sido el siguiente:
a.1) Alquiler locales sociales
Relación de justificantes de gastos
Concepto |
Proveedor |
CIF proveedor |
Nº. factura |
Fecha emisión factura |
Importe |
Fecha pago |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)
Organismo |
Importe |
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DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO
Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud) |
Presupuesto final (el justificado) |
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Concepto |
Importe |
Concepto |
Importe |
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Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final
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a.2) Mantenimiento de la entidad (gastos en bienes y servicios corrientes)
Relación de justificantes de gastos
Concepto |
Proveedor |
CIF proveedor |
Nº. factura |
Fecha emisión factura |
Importe |
Fecha pago |
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Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)
Organismo |
Importe |
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DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO
Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud) |
Presupuesto final (el justificado) |
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Concepto |
Importe |
Concepto |
Importe |
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Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final
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a.3) Mantenimiento (gastos de adquisición de bienes inventariables)
Relación de justificantes de gastos
Concepto |
Proveedor |
CIF proveedor |
Nº. factura |
Fecha emisión factura |
Importe |
Fecha pago |
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Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)
Organismo |
Importe |
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DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO
Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud) |
Presupuesto final (el justificado) |
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Concepto |
Importe |
Concepto |
Importe |
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Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final
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a.4) Actividades socioculturales
Relación de justificantes de gastos
Concepto |
Proveedor |
CIF proveedor |
Nº. factura |
Fecha emisión factura |
Importe |
Fecha pago |
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Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)
Organismo |
Importe |
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DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO
Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud) |
Presupuesto final (el justificado) |
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Concepto |
Importe |
Concepto |
Importe |
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Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final
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[Firma del representante legal]
__________________________, ________ de __________________________ del 201___
ANEXO 12
[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE LOS INGRESOS Y GASTOS
[Nombre y apellidos] ____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________, con CIF______________________________ y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________
DECLARO bajo mi responsabilidad
1. Que el proyecto mencionado se ha realizado.
2. Que la subvención otorgada por el Consell de Mallorca se ha aplicado a la finalidad por la cual se concedió y que no supera el coste del proyecto subvencionado, si corresponde, con las subvenciones y otros ingresos concurrentes.
3. Que se adjunta la memoria técnica del proyecto realizado (donde se hace constar la evaluación de las finalidades y de los objetivos conseguidos y cualquier otro aspecto que sea relevante) firmada por el representante legal.
4. Que se adjuntan las facturas originales de los gastos realizados.
5. Que la relación final de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta y que corresponde, sin lugar a dudas, a la actividad subvencionada.
6. Que las facturas presentadas para justificar la subvención concedida no superan el valor de mercado.
7. Que la asociación/federación en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, y de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca,
□ NO recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
□ SÍ recupera y compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
(Nota: la relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los datos siguientes de las facturas o documentos acreditativos: nombre y NIF del proveedor, el número y concepto de la factura o documento similar, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar la subvención del Consell de Mallorca, otras subvenciones solicitadas y/o recibidas y el resto de ayudas o ingresos que han financiado el mismo proyecto subvencionado, se tienen que indicar el importe y la procedencia. El importe total de los gastos tiene que coincidir con el de los ingresos y se tienen que explicar las desviaciones significativas con respecto al presupuesto inicial)
[Firma del representante legal]
__________________________, ________ de _________________________ del ________
ANEXO 13
[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]
DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO SER DEUDOR POR UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES
[Nombre y apellidos] ____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________
DECLARO
Que, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48 la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la asociación/federación _________________________, con CIF___________________, no es deudora por una resolución de reintegro de subvenciones.
[Firma del representante legal]
He tomado razón
El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
Jaume Andreu Sabater Malondra
________, __________de_______________ del 201_____