Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 13607
Aprobación definitiva de la Modificación de Créditos Nº 05/2017 (Expte. Nº 1266/2017)
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 27 de octubre de 2017, relativo a la aprobación de la Modificación de Créditos Nº 05/17 (modalidad de crédito extraordinario y suplemento de Créditos financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería), como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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Progr. |
Económica |
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Crédito extraordinario |
32.800,00 € |
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1320 |
21200 |
Seguridad y Orden Público / Reparaciones y conservación |
5.000,00 € |
1330 |
20300 |
Ordenación del tráfico y del estacionamiento / Arrendamiento de maquinaria |
3.800,00 € |
1330 |
21000 |
Ordenación del tráfico y del estacionamiento / Reparaciones y conservación de infraestructuras- Parking Benirràs |
8.000,00 € |
4520 |
21300 |
Recursos Hidráulicos / Reparaciones y conservación de instalaciones técnicas- Pozo Escuela Sant Miquel |
10.000,00 € |
9200 |
20400 |
Administración General / Renting vehículo Servicios Técnicos |
6.000,00 € |
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Suplemento de crédito |
242.100,00 € |
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1320 |
22706 |
Seguridad y Orden Público / Servicios Profesionales (Grúa- Recogida perros) |
20.000,00 € |
1623 |
22706 |
Tratamiento de Residuos / Trabajos Técnicos (Ute Giref) |
26.500,00 € |
1720 |
21000 |
Protección y Mejora del Medio Ambiente / Conservación de playas |
30.000,00 € |
2310 |
48900 |
Asistencia Social Primaria / Transf.a familias e instituciones sin ánimo lucro( Apfem- billetes 3ª edad) |
3.600,00 € |
3300 |
21200 |
Administración General de Cultura / Mantenimiento de edificios |
30.000,00 € |
3420 |
21300 |
Instalaciones Deportivas / Reparación y conservación maquinaria piscina |
22.000,00 € |
4530 |
21000 |
Carreteras / Conservación de carreteras – Limpieza de cunetas |
10.000,00 € |
4540 |
21000 |
Caminos vecinales / Conservación de caminos- Limpieza de cunetas |
10.000,00 € |
9200 |
22200 |
Administración General / Comunicaciones telefónicas SSGG |
30.000,00 € |
9200 |
22706 |
Administración General / Servicios profesionales |
10.000,00 € |
9200 |
64000 |
Administración General / Honorarios de proyectos |
40.000,00 € |
9200 |
64100 |
Administración General / Aplicaciones informáticas |
10.000,00 € |
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TOTAL ALTAS GASTOS |
274.900,00€ |
Esta modificación se financia en los siguientes términos:
Altas en conceptos de ingresos
Económica |
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Concepto |
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87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
274.900,00 € |
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TOTAL FINANCIACIÓN |
274.900,00 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Sant Joan de Labritja, a 30 de noviembre de 2017.
El Alcalde
Antonio Marí Marí