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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 13482
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Modificación decreto aprobación bases generales que han de regir las convocatorias de pruebas selectivas para cubrir vacantes en el Ayuntamiento de Palma

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Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 21.854 de 28 de noviembre de 2017, acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Modificar la base de Tercera "Solicitudes" del Decreto de la Concejala del Área de función Pública y Gobierno Interior de fecha 28 de junio de 2016 Número 11.344 publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 86 de día 7 de julio de 2016, mediante el cual se aprueban las bases generales que deben regir las convocatorias de pruebas selectivas para cubrir plazas vacantes de la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.

En el sentido que allá donde dice:

Sin perjuicio de lo que se establece en las bases específicas, juntamente con la solicitud, las personas interesadas:

a.Una fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o, en el caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad

(NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).

b.Una fotocopia compulsada del título académico exigido para forma parte de la convocatoria (anverso y reverso) y de cualquier otros requisitos exigido en las bases específicas. El justificante de pago de los derechos de expedición de éste sólo tiene validez hasta à la expedición del título  Se presume que el título ha sido expedido cuando han transcurrido más de dos años desde la emision del justificante de pago de los derechos de expedición y, en este caso, las personas aspirantes quedan excluidas y deben acreditarse en el plazo de subsanación de las deficiencias en la solicitud o justificar mediante un certificado de la universidad correspondiente que el título aún no ha sido expedido

debe decir   :

a Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).            

b Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada   convocatoria (anverso y reverso)   o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

SEGUNDO.-   Publicar el presente decreto en la página web municipal y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

TERCERO.-   El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso, no se puede interponer el recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potencial debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a la que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá cuando no haya sido resuelto y notificada la resolución, en el plazo de una mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.

 

Si no usa el recurso potencial de reposición, se puede interponer directamente en el recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y las leyes de 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de los meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto es un error que no se debe considerar.

 

Palma, 29 de noviembre de 2017

El jefe de Departamento de Personal

p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)

Antoni Pol Coll