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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 13448
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para posibilitar la construcción de una vivienda unifamiliar entre medianeras con piscina en la parcela ubicada en el Camí de Baix 67 de Ciutadella

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de día 16 de noviembre de 2017, adoptó sobre la aprobación definitiva del Estudio de Detalle para posibilitar la construcción de una vivienda unifamiliar entre medianeras con piscina en la parcela ubicada en el Camí de Baix 67 de Ciutadella, el siguiente acuerdo:

"Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de detalle para posibilitar la construcción de una vivienda unifamiliar entre medianeras con piscina en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, promovido por la Sra. Antònia Pons Salort, redactado por la arquitecta Francisca Pons Salort y firmado electrónicamente el 16 de marzo de 2017, correspondiente a la parcela catastral 1383147EE7218S0001EY, ubicada en el Camí de Baix, 67 de Ciutadella.

Segundo.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con el artículo 64 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (Lous), con la condición de que la entrada en vigor del estudio de detalle se producirá cuando se haga efectiva esta publicación y haya transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la documentación a que se refiere el punto tercero del presente acuerdo.

Tercero.- Remitir, de acuerdo con el artículo 111 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, una copia literal o un extracto suficiente de este acuerdo al Gobierno de las Islas Baleares, al Consejo Insular de Menorca ya la Delegación del Gobierno del Estado.

Cuarto.- Remitir, de acuerdo con el artículo 53.2 de la Lous, un ejemplar diligenciado del estudio de detalle en el Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y en la Dirección Insular de Ordenación Territorial del Consejo Insular de Menorca .

Quinto.- Recordar que, de acuerdo con el artículo 50.7 de la Lous, la aprobación definitiva del estudio de detalle supone por sí sola el levantamiento de la suspensión acordada con la aprobación inicial producida el 5 de abril de 2017.

Sexto.- Recordar que, según el informe emitido por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, ante cualquier desajuste en la representación de las líneas de deslinde del dominio público marítimo terrestre y sus servidumbres de tránsito y de protección , prevalecerán los datos de los planos del deslinde DES01 / 07/07/0002, aprobado por OM de 31 de marzo de 2009, sobre los reflejados en el Estudio de detalle. "

Este acuerdo es definitivo en vía administrativa, y contra este se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado contencioso administrativo de las Islas Baleares, correspondiente a esta jurisdicción, que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de este acuerdo.

Sin embargo, puede interponer cualquier otro recurso o reclamación que estimen oportunos.

 

Ciutadella de Menorca, 28/11/2017

La Alcaldesa,

Joana Gomila Lluch