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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS

SALA DE LO SOCIAL

Núm. 13425
Recurso suplicación 140/17. Notificación sentencia Nº 224/17

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Texto

D/Dª  MARIANO R. UCERO ESTRADES, Letrado de la Administración de Justicia de la Sección 001 de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento RECURSO SUPLICACION 0000140 /2017 de esta Sección, seguidos a instancia de D/Dª YURI DEM YAM contra la empresa  FOGASA,  PERNS TALLER SL, sobre EXTINCION CONTRATO TEMPORAL, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

SE DESESTIMA el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de D. Yuri Dem Vam contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 3 de Palma (Juzgado de Refuerzo) en fecha 26 de octubre de 2016 en los autos tramitados con el número 441/2016 y, en consecuencia SE CONFIRMA la sentencia recurrida sin que haya lugar a efectuar condena en costas.

Contra esta sentencia cabe RECURSO DE CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA ante la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por abogado dirigido a esta Sala de lo Social y presentado dentro de los DIEZ DIAS hábiles siguientes al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 218 y 220 y cuya forma y contenido deberá adecuarse a los requisitos determinados en el artº. 221 y con las prevenciones determinadas en los artículos 229 y 230 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social.

Conforme determina el art. 230.3 LRJS los anteriores requisitos de consignación y aseguramiento de la condena deben justificarse, junto con la constituir del depósito necesario para recurrir en su caso, en el momento de la preparación del recurso de casación o hasta la expiración de dicho plazo, aportando el oportuno justificante. Todo ello bajo apercibimiento que, de no verificarlo, podrá tenerse por no preparado dicho recurso de casación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad PERNS TALLER SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diez de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA