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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 13421
Aprobación del avance del PGOU de Calvià
La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el 23 de noviembre de 2017, acordó someter a información pública por un periodo de dos meses la documentación relativa al avance de la Revisión del Plan General de Calviá, así como el Documento Inicial Estratégico y el avance de la Revisión del Catálogo de Patrimonio.
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
PRIMERO.- Aprobar la documentación relativa al Avance de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Calviá, elaborada por el equipo redactor de la Oficina de Planeamiento creada para la Revisión del PGOU de Calviá, que incluye el avance de la Revisión del Catálogo de Patrimonio.
SEGUNDO.- Aprobar el Documento Inicial Estratégico, de fecha 3 de octubre de 2017, redactado por la entidad LAVOLA 1981, S.A., contratada como a asistencia técnica ambiental para la elaboración de los trabajos previos necesarios para la redacción del Avance de la Revisión del PGOU, documento que integra la documentación del avance.
TERCERO.- Someter a información pública durante el plazo de dos meses la documentación relativa al Avance del Plan General de Calviá y el Documento Inicial Estratégico, que se realizará mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOIB, en uno de los diarios de mayor difusión de las Islas Baleares y en la sede electrónica municipal
(http://www.calvia.com/responsive/general.plt?KPAGINA=3320&KIDIOMA=2)
en la cual ha de constar la documentación completa.
Durante este plazo, quedará el expediente de manifiesto en la Sala que se habilite expresamente al efecto para la Revisión del Plan General, en horario de atención al público, de 9 a 14 horas, y los interesados podrán formular alegaciones, sugerencias, informes, documentos y alternativas que estimen pertinentes.
CUARTO.- Realizar las actuaciones que correspondan para la tramitación del Documento Inicial Estratégico Ambiental ante la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, en la forma indicada en los artículos 6 i 10 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de Evaluación Ambiental de las Islas Baleares.
QUINTO.- Facultar al Teniente de Alcalde de Urbanismo para que en nombre y representación de la Corporación adopte las medidas que estime convenientes para el buen fin de lo acordado.
Calviá, 21 de noviembre de 2017
El Teniente de Alcalde delegado de Turismo, Comercio y Urbanismo
( por delegación de Alcaldía de 9/02/17)
Antonio García Moles