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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 13253
Consejo Ejecutivo. Concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca para el fomento de las razas autóctonas de Menorca para el año 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 23 de octubre de 2017, de conformidad con las bases aprobadas el día 31.7.2017 y publicadas en el BOIB núm. 105, de 26.8.2017, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Conceder la cantidad total de 25.000 €, de la partida 6.41240.4890000 del presupuesto del CIM para el año 2017, a los solicitantes que se indican, en concepto de ayudas del CIM al fomento de las razas autóctonas de Menorca:

BOVÍ DE MENORCA

G07877459

OVELLA DE MENORCA

G07850977

CAVALLS DE MENORCA

G07400658

Puntuación

Importe

Puntuación

Importe

Puntuación

Importe

Nombre de animales inscritos en el libro genealógico

1.765 cabezas

3.200 cabezas

4.548 cabezas

Nombre de afiliados a la asociación

82 socios

71 socios

454 socios

Censo medio

21 cabezas

2

45  cabezas

4

10 cabezas

1

Valoración de la gestión  de les razas autóctonas  en peligro de extinción

2

2

2

Valoración del programa 2016

 (Base 8.c)

1

1

1

Puntuación total

5

10.000 €

7

10.000 €

4

5.000 €

IMPORTE TOTAL

10.000 €

10.000 €

5.000 €

Estas ayudas se conceden, en virtud de su naturaleza específica, como a las ayudas de minimis, y están sometidos al Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de las ayudas de minimis en el sector agrícola, lo que implica, entre otras cosas , que el beneficiario final de la ayuda no puede recibir, en los tres últimos ejercicios fiscales (2015, 2016 y 2017), ayudas públicas o de entes privados financiados con cargo a presupuesto públicos en concepto de minimis por un importe superior a 15.000 €.

Segundo.- El plazo para justificar los gastos que son objeto de subvención finaliza día 30 de noviembre de 2017. Para justificar la ayuda se debe presentar la documentación que indica la base 12.2 de la convocatoria.

Tercero.- Notificar esta resolución a cada uno de los beneficiarios en la parte que les corresponda individualmente.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

 

El secretario del Consejo Ejecutivo,

Octavi Pons Castejón