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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJO ESCOLAR

Núm. 13327
Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 10 de noviembre de 2017, de cese y nombramiento de un miembro suplente, del Consejo Escolar de las Illes Balears

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Texto

La Ley 7/2016, de 17 de mayo, de modificación del texto refundido de la Ley de consejos escolares de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 112/2001, de 7 de septiembre establece la composición del Consejo Escolar de las Illes Balears.

El artículo 9.2 del Decreto legislativo 112/2001 dispone que los vocales del Consejo Escolar de las Illes Balears serán nombrados de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos correspondientes en los términos que reglamentariamente se determinen.

El artículo 11.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears (Resolución del consejero de Educación y Universidad de 30 de junio de 2017, por la cual se ordena la publicación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears) dispone que los consejeros del CEIB son nombrados y destituidos por resolución del consejero competente en materia de educación y se considera que toman posesión de su cargo con la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

El artículo 10 g del Decreto legislativo 112/2001 dispone que uno de los motivos de cese en los cargos de los vocales es la pérdida de la condición de representante del organismo que los propuso.

De acuerdo con la propuesta de nombramiento del nuevo representante suplente en el Consejo Escolar de las Illes Balears, del secretario general de FSIE, el presidente del Consejo Escolar de las Illes Balears ha formulado la propuesta de nombramiento mediante escrito de 8 de noviembre de 2017, de acuerdo con lo que dispone el artículo 17 o del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears.

Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Cesar como miembro del Consejo Escolar de las Illes Balears a la persona que a continuación se indica, agradeciéndole su colaboración:

Grupo a:   Representantes del profesorado

En representación de FSIE:

Suplente:  Sra. Alexandra Cerqueiro Van Nijhuis

Segundo

Nombrar como nuevo miembro del Consejo Escolar de las Illes Balears a la persona que a continuación se indica:

Grupo a:   Representantes del profesorado

En representación de FSIE:

Suplente:  Sr. Víctor Flores Alaminos

Tercero

De acuerdo con el artículo 10 del Decreto legislativo 112/2001, los consejeros son nombrados por un periodo de cuatro años, sin perjuicio de las previsiones sobre renovación de la mitad de cada uno de los grupos que dispone el apartado 1 y de los cambios que se puedan producir en la composición del Consejo por las causas previstas en el apartado 2 del mismo artículo 10.

 

Cuarto

Esta Resolución tiene efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 10 de noviembre de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà