Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 13256
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de denegación de subvenciones al amparo de la Resolución de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 11 de mayo de 2017 por la que se convocan ayudas a los deportistas de les Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento i el acceso a las competiciones del año 2017 (BOIB núm. 63, de 23 de mayo de 2017)
Hechos
1. Las personas que figuran en el listado incluido en el apartado 1) de esta Resolución han presentado en la Conserjería de Cultura, Participación y Deportes una solicitud de subvención para ayudar a los deportistas de les Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones del año 2017.
2. El 5 de octubre de 2017, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 9 de la convocatoria y emitió el informe técnico que sirvió de base a la Comisión Evaluadora para que ésta emitiera el informe sobre el cual se elaboró la propuesta de resolución de la Dirección General de Deportes y Juventud.
3. El día 16 de octubre de 2017, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que sirvió de base al director general de base para dictar la propuesta de resolución.
4. La Comisión Evaluadora ha examinado los expedientes y está conforme con la concesión de la subvención a los deportistas que figuran en el listado del apartado 1) de esta Resolución.
5. El 19 de octubre de 2017 se publicó en la página web de la Dirección General de Deportes y Juventud la Propuesta de Resolución de 19 de octubre de 2017 del director general de Deportes y Juventud de concesión de subvenciones para apoyar a los deportistas de les Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones del año 2017.
6. El punto 6.3 de la convocatoria establece un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución, para presentar alegaciones. En dicho plazo se presentaron alegaciones.
7. El 17 de noviembre de 2017, la Comisión Técnica se reunió para examinar las alegaciones presentadas y emitir el informe técnico que sirve de base a la Comisión Evaluadora para que ésta emita el informe necesario para elaborar la propuesta de resolución que debe formular la Dirección General de Deportes y Juventud.
5. El día 20 de noviembre de 2017, se reunió la Comisión Evaluadora para elaborar el informe que servirá de base al director general de Deportes y Juventud para dictar la propuesta de resolución definitiva. La Comisión Evaluadora ha examinado los expedientes i no esta conforme con el otorgamiento de la subvención a los deportistas que figuran en la lista del apartado 1) de esta resolución.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de desembre de 2005).
2. La Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder las subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2 de 3 de enero de 2013).
3. La Resolución del consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 11 de mayo de 2017 por la cual se convocan ayudas a los deportistas de les Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones del año 2017 (BOIB núm. 63, de 23 de mayo de 2017)
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de les Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de les conserjerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar la concesión de una subvención, para apoyar a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones del año 2017, a las personas y por los motivos que figuran en la relación siguiente:
Expediente |
Deporte |
DNI |
Motivo |
007-2017-ED |
Motociclismo |
43208655G |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
018-2017-ED |
Motociclismo |
43463644S |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
021-2017-ED |
Judo |
41574484Y |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a No presenta resultados o los resultados no son evaluables 4.5 |
023-2017-ED |
Natación |
43204807C |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría o nivel de competición no es el máximo del deporte 9.3. |
025-2017-ED |
Automovilismo |
43210597Z |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
026-2017-ED |
Taekwondo |
45371057S |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
028-2017-ED |
Motociclismo |
43230573A |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a No presenta resultados o los resultados no son evaluables. Punto 4.5 |
030-2017-ED |
Gimnasia rítmica |
49481899K |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
033-2017-ED |
Natación |
43204809E |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría o nivel de competición no es el máximo del deporte 9.3. |
037-2017-ED |
Boxeo |
46392350Q |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
041-2017-ED |
Natación con aletas |
43203798T |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
042-2017-ED |
Motociclismo |
43167972P |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría o nivel de competición no es el máximo del deporte 9.3. |
045-2017-ED |
Voleibol |
45188360F |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
052-2017-ED |
Natación con aletas |
43196889Z |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
056-2017-ED |
Piragüismo |
43220778Y |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
063-2017-ED |
Piragüismo |
47259324M |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
068-2017-ED |
Natación sincronizada |
43229687Z |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
069-2017-ED |
Vela |
43225675G |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
077-2017-ED |
Voleibol |
43459672E |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
078-2017-ED |
Motociclismo |
43472581M |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
082-2017-ED |
Natación sincronizada |
47432746F |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
097-2017-ED |
Automovilismo |
43235994L |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
098-2017-ED |
Hockey (patines o patines línea) |
43229322V |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
099-2017-ED |
Hockey (patines o patines línea) |
43229321Q |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
100-2017-ED |
Taekwondo |
43232309Z |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
108-2017-ED |
Ajedrez |
X8418562X |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.b |
113-2017-ED |
Voleibol |
45189869K |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
114-2017-ED |
Kickboxing |
45184541Y |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
116-2017-ED |
Taekwondo |
43232209Y |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
117-2017-ED |
Taekwondo |
43232208M |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
119-2017-ED |
Tiro con Arco |
43002270K |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
122-2017-ED |
Tenis |
43228241V |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
125-2017-ED |
Vela |
45370975W |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
129-2017-ED |
Lucha |
35575313V |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
130-2017-ED |
Natación sincronizada |
43205846R |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
133-2017-ED |
Atletismo |
43216672V |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
136-2017-ED |
Tiro Olímpico |
43065589K |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
149-2017-ED |
Lucha |
47432072T |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
151-2017-ED |
Piragüismo |
X3510199P |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
173-2017-ED |
Triatlón o modalidades |
45190532V |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
174-2017-ED |
Hockey (patines o patines línea) |
43193687D |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
175-2017-ED |
Hockey (patines o patines línea) |
43193686P |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
177-2017-ED |
Vela |
43467193E |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
179-2017-ED |
Lucha |
43183068Q |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
189-2017-ED |
Atletismo |
47260675E |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
190-2017-ED |
Tenis de mesa |
47431391D |
Categoría de edad incorrecta. Punto 9.3 |
194-2017-ED |
Bádminton |
46954845T |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
201-2017-ED |
Tiro con Arco |
46955278L |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
202-2017-ED |
Tiro con Arco |
41444252T |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
205-2017-ED |
Tiro con Arco |
47251197C |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
206-2017-ED |
Tiro con Arco |
X7331329X |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
209-2017-ED |
Tiro con Arco |
46951623K |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
218-2017-ED |
Kickboxing |
47432755Q |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad no permitida en el ámbito del resultado Punto 9.3 |
219-2017-ED |
Kickboxing |
47259488P |
No alcanza la puntuación mínima especificada en el punto 9 |
220-2017-ED |
Balonmano |
47431163B |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
221-2017-ED |
Kickboxing |
47430865N |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a Categoría de edad incorrecta. Punto 9.3 |
224-2017-ED |
Voleibol |
41747216P |
No subsana el requerimiento. Punto 4.9 |
225-2017-ED |
Powerlifting (Asoc.Española) |
41523792Y |
No cumple el requisito exigido en el punto 2.1.a |
2. Notificar esta Resolución a las persones interesadas mediante su publicación en el BOIB
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativo.
Palma, 21 de noviembre de 2017
El secretario general
Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura i Deportes
de delegación de competencias i firma
(BOIB núm. 55, de 3 de mayo de 2016)
Guillem J. Fullana Daviu