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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 13244
Notificación de los requerimientos de documentación en relación a los expedientes de inscripción de inicio de actividad turística/modificación de datos de establecimientos de restauración tramitados por la Dirección General de Turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia de las declaraciones responsables presentadas de acuerdo con La Ley 8/2012, 19 de julio, del Turismo de les Illes Balears y con el Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directivos de coordinación en materia turística; para la inscripción o modificación de datos de establecimientos de restauración en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de les Illes Balears, y debido a que no ha sido posible la notificación de los requerimientos de documentación efectuados, según lo que dispone el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas mediante este anuncio, se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas que deberán subsanar las deficiencias de documentación de los requerimientos que se encuentran a su disposición en el Departamento de Ordenación y Planificación Turística situado en el edificio Adduno, calle Blaise Pascal núm 17, Parc Bit, Palma, que se indican a continuación:

Expediente

Declarante/Persona interesada

NIF/NIE/CIF

Nombre del establecimiento

Núm. de registro

121/2017/BC

Andrea Postel

Y5307276V

MAXIMO

-

Lo cual se notifica de acuerdo con lo que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que transcurridos 10 días desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, y en caso de que no se haya aportado la documentación requerida, se entenderá que han desistido de su petición y se dictará resolución para la cancelar la inscripción de acuerdo con el artículo 23.4 de la Ley 8/2012, de 19 del Turismo de les Illes Balears y el 69.4  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución que habrá de ser dictada en los términos previstos en  el artículo 21 de la mencionada ley.

 

Palma, 10 de noviembre de 2017

La Directora General de Turismo,

Pilar Carbonell Raya