Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 13229
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes por la cual se declara desierta la convocatoria del premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017
Hechos
1. El 22 de julio se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 17 de julio de 2017 por la cual se convoca un premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017.
2. De acuerdo con la base 6.2 de la convocatoria, la Dirección General de Política Lingüística es el órgano competente para instruir el procedimiento de tramitación de las solicitudes.
3. Según el punto 8.3 de la convocatoria, el plazo para presentar las solicitudes finalizó el día 2 de octubre de 2017. La Dirección General de Política Lingüística no ha recibido, durante el plazo establecido, ninguna solicitud.
4. La directora general de Política Lingüística firmó con fecha de 14 de noviembre de 2017 la propuesta de resolución para declarar desierta la convocatoria del premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017.
Fundamentos de derecho
1. Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
2. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
5. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 9/2017, de 7 de abril.
7. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado por el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.
8. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
9. Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 17 de julio de 2017 por la cual se convoca un premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017.
10 Propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística de 14 de noviembre de 2017 para declarar desierta la convocatoria del premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Declarar desierta la convocatoria del premio a la mejor campaña publicitaria en lengua catalana en las Islas Baleares durante el año 2017.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Cultura, Participación y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 21 de noviembre de 2017
La consejera de Cultura, Participación y Deportes
Francesca Tur Riera