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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 13213
Acuerdo para la aprobación de la memoria de la actividad y de la modalidad de gestión del servicio de inspección técnica de vehículos en la Isla de Mallorca

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Texto

El Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de fecha 20 de noviembre de 2017, ha acordado el siguiente:

<<Visto que la comisión mixta – constituida por acuerdo de Pleno en fecha 8 de junio de 2017, en los términos del artículo 174 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares –, con el fin de estudiar la forma de gestión de la actividad económica de ITV, en fecha de 15 de noviembre de 2017, aprobó la memoria para estudiar los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la actividad económica de la inspección técnica de vehículos en la Isla de Mallorca presentada por los técnicos del Consell de Mallorca a la comisión mixta.

Visto que conforme a la misma se ha expuesto, en relación a la gestión directa y la gestión indirecta:

1- Que desde la óptica de la eficiencia y sostenibilidad no se puede determinar con rotundidad diferencias sustanciales entre la gestión directa y la indirecta.

2- Que la adopción de decisiones y la adecuación del servicio a nuevas necesidades tiene una mayor flexibilidad con la gestión directa del servicio.

3- Que la gestión directa puede garantizar su viabilidad en la continuidad del servicio mediante fórmulas de reorganización administrativa y contratación de servicios.

La Consellera  ejecutiva del Departamento de Territorio e Infraestructuras, considera más adecuada a las necesidades del Consell de Mallorca – eficiencia, sostenibilidad y flexibilidad en la prestación del servicio especialmente al mismo tiempo de la adaptación del servicio a las nuevas necesidades y concretamente a las que surgen como consecuencia de las innovaciones tecnológicas, cambios normativos (incremento o aminoración de las obligaciones de pasar la ITV para el usuario, nuevos reglamentos sobre la inspección técnica de vehículos) y previsiones de nuevas instalaciones – la gestión directa como forma de gestión de la actividad económica.

Asimismo, en relación a las diversas formas de gestión analizadas dentro de la memoria de la actividad económica de inspección técnica de vehículos, teniendo en cuenta la prioridad de garantizar los lugares de trabajo, vista la dificultad de la subrogación del personal en las diversas modalidades de gestión dentro de la gestión directa derivadas de la disposición adicional 26 de la Ley de Presupuestos del Estado para el 2017 y la limitaciones a la creación de plazas para llevar a cabo el servicio tanto para el nuevo personal como para el personal que finaliza la prestación y visto que la memoria señala la posibilidad de llevar a cabo contratos de servicios para la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos, estima adecuada la gestión directa desde el propio Consell de Mallorca, que se garantiza mediante un contrato de servicio, sin necesidad de crear un nuevo ente institucional.

De conformidad con todo el anterior la consellera ejecutiva del Departamento del Territorio e Infraestructuras, eleva, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto de Organización del Consell de Mallorca de día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73, de 15/06/17) modificado por el Decreto de día 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77, de 24/06/17) y por el Decreto de día 24 de julio de 2017 (BOIB nº. 92, de 29/07/17), presenta a la Comisión Mixta para que eleve al Pleno del Consell de Mallorca la siguiente;

 

PROPUESTA DE ACUERDO

1- Aprobar inicialmente la memoria relativa a los aspectos social, jurídico, técnico y financiero de la actividad económica de la ITV en la Isla de Mallorca.

2. Aprobar inicialmente el ejercicio de la actividad económica de inspección técnica de vehículos en la Isla de Mallorca por el propio Consell de Mallorca, mediante gestión directa a través de un contrato de servicios.

 

3. Iniciar un trámite de exposición pública de este acuerdo durante un plazo de 30 días, a efectos de reclamaciones y alegaciones. >>

 

Palma, 23 de noviembre de 2017

El secretario general por sustitución,

Antoni Benlloch Ramada