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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 13210
Despido/ceses en general 97/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA,

HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000097 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN BARTOLOME MARI SUSIERRA contra la empresa MAHAKALA ASESORIA INFORMATICA S.L, FOGASA ( FONDO GARANTIA SALARIAL) , sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente SENTENCIA, cuyo FALLO se adjunta:

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. JUAN BARTOLOME MARI SUSIERRA contra MAHAKALA ASESORIA INFORMATICA, S.L. y FOGASA (Fondo de Garantía Social) y declaro la improcedencia del despido del trabajador, condenando a MAHAKALA ASESORIA INFORMATICA, S.L., a estar y pasar por la anterior declaración, y a optar, o bien por la readmisión del actor, con abono de los salarios de tramitación a razón de 50,00 euros diarios, desde la fecha del despido, hasta la notificación de esta sentencia.

Condeno igualmente a la demandada, MAHAKALA ASESORIA INFORMATICA, S.L., a abonar a la parte actora, por salarios pendientes, un importe de 4.430,89 euros, más el 10 % de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/61/97/16, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/97/16, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso. Así, por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MAHAKALA ASESORIA INFORMATICA S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a veinte de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA