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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 13030
Extracto de la Resolución de Alcaldía de 17 de noviembre de 2017, por la que se aprueban la convocatoria y las bases que rigen la concesión de ayudas económicas individuales para personas mayores o con discapacidad financiado por el Consell Insular de Menorca del Ayuntamiento de Es Mercadal
BDNS (Identif.): 371660
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
1. Pueden participar en esta convocatoria aquellas personas que:
a) Estén empadronadas en el municipio de Es Mercadal.
b) Sean mayores de 65 años, o bien tener un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior.
c) Acreditar la prescripción médica que justifique la necesidad del concepto solicitado.
d) No tener derecho o acceso a otro tipo de ayuda o servicio peel mismo concepto y que dé cobertura a la necesidad.
e) No disponer de ingresos para atender la situación de necesidad.
f) Estar sometido a las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario de las subvenciones públicas recogidas en los apartados a), d), f), g), h) el artículo 13.2 de la LGS.
g) Estar sometido a las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario de las subvenciones públicas recogidas en el artículo 13.3 de la LGS
2. La escasez de ingresos económicos de los beneficiarios se evaluará de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Si la unidad familiar está formada por un solo miembro, los ingresos mensuales no pueden superar en 2,5 veces el IPREM mensual. Según la Ley General de Presupuestos generales del Estado para el año 2017, se fija en 537,84 €, por lo que resulta un importe máximo de ingresos para acogerse a las ayudas de 1.344,60 €.
b) Para unidades familiares con más miembros, se incrementará en un 30% para el segundo miembro, en un 20% por el tercer y en un 10% a partir del cuarto miembro, todos ellos sobre el baremo del importe máximo de ingresos según recoge la siguiente tabla:
Membres de la unitat familiar |
Import màxim ingressos |
Càlcul |
---|---|---|
1 |
1.344,60 € |
IPREM 537,84 *2,5 |
2 |
1.747,98 € |
+ 30% |
3 |
2.097,58 € |
+ 20% |
4 |
2.307,33 € |
+ 10% |
5 |
2.538,07 € |
+ 10% |
6 |
2.791,87 € |
+ 10% |
7 o més |
3.071,06 € |
+ 10% |
c) Para calcular los ingresos económicos de la unidad de convivencia se hará la media de los ingresos obtenidos en los últimos seis meses anteriores a la fecha de la solicitud.
Excepcionalmente, si no se cumple alguno de los requisitos, se puede conceder una ayuda si desde la unidad de trabajo social se considera justificada la situación de necesidad especialmente en los casos en que sea necesario llevar a cabo una inversión importante e imprescindible que supere la capacidad económica del solicitante. En cualquier caso, las excepciones deben estar debidamente justificadas con los informes técnicos o médicos que correspondan en cada caso.
Segundo. Finalidad:
La concesión de ayudas económicas individuales para personas mayores o con discapacidad del Ayuntamiento de Es Mercadal para el año 2017
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 i publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n º. 189, de 17 de diciembre de 2005.
Cuarto. Importe:
Los importes máximos de las ayudas y las condiciones para su otorgamiento se establecen en la base quinta de la convocatoria
Las ayudas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 30.2310.48200 del Presupuesto General de 2017, con un importe máximo conjunto de 4.840,84 euros. En el supuesto de que se reciba una subvención por este concepto, se podrá ampliar este límite, previa publicación de la ampliación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el día 12 de diciembre de 2017.
Es Mercadal, 20 de novembre de 2017.-
El Alcalde del Ayuntamiento de Es Mercadal,
Francesc Ametller Pons.