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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 13018
Ejecución de títulos judiciales 329/2016 juzgado social 4 refuerzo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000329 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN SIMON ARENAS ARENAS contra la empresa  OZEN CONSTRUCTIVA SL , con intervención del FOGASA,   sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª  MARIA DEL PILAR RAMOS MONSERRAT

En PALMA DE MALLORCA, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- JUAN SIMON ARENAS ARENAS ha presentado escrito solicitando la ejecución de Sentencia de 10/03/2016 frente a OZEN CONSTRUCTIVA S.L.

(…)

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución Sentencia a favor de la parte ejecutante, JUAN SIMON ARENAS ARENAS, frente a OZEN CONSTRUCTIVA S.L., parte ejecutada,  por importe de 4.802,99 euros en concepto de principal, más otros 960,59 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación(…).

Y para que sirva de notificación en legal forma a  OZEN CONSTRUCTIVA SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA