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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MADRID

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 29 DE MADRID

Núm. 12928
Despidos/ceses en general 910/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/ A DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid, HAGO SABER

Que en el procedimiento 157/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de de D./Dña. NOELIA SANTIUSTE CUERVA frente a D./Dña. IGNACIO ESPINOSA PIÑANA sobre Ejecución de títulos judi ciales se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 33.860.02 EUROS de principal ; 2.031,60 de intereses y 3.386,00 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado D./Dña. IGNACIO ESPINOSA PIÑANA, sin perjuicio  de que pudieran  encontrársele  nuevos bienes que permitieran  hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANC O DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2802-0000-64-0157-17.

Asi lo acuerdo y firmo.  Doy fe.

El/ LA LETRADO/A  DE LA ADMÓN  DE JUSTICIA

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. IGNACIO ESPINOSA PIÑANA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA