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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 12990
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses Sitjoles a favor de la Fundación Proyecto Joven (DGTPFP 264/2017 PATRIM)

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Texto

Hechos

1. La Fundación Proyecto Joven, constituida en escritura autorizada por el notario de Palma Raimundo Clar Garau el 13 de noviembre de 1996, con número de protocolo 3.957, tiene entre sus objetivos la atención y el tratamiento educativo terapéutico para personas que sufren problemas de adicciones.

2. La finca es Sitjoles, de Campos, propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma, consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Felanitx, tomo 3.812, libro 288, folio 97, finca 22.265, con referencias catastrales 07013A001002000000QM y 07013A001001000000QL.

3. Mediante la Resolución del consejero competente en materia de patrimonio, de 5 de febrero de 2008 (BOIB n.º 51, de 15 de abril), se autorizó la cesión de uso gratuita y temporal de esta finca a favor de la Fundación Proyecto Joven con el fin de desarrollar una estrategia de formación y reinserción de los drogodependientes dentro del campo del fomento de las energías renovables.

4. Esta cesión de uso se hizo por un periodo de cinco años, prorrogable hasta los veinte años, máximo de tiempo previsto por la legislación vigente.

5. El 27 de octubre de 2017, la secretaria general de la Consejería de Salud entregó un informe favorable a la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal con las condiciones de que el periodo sea desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022, y que en cualquier momento la Administración pueda revocar la cesión con un preaviso de tres meses.

6. En la misma fecha, la consejera de Salud instó a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas a iniciar el expediente de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses Sitjoles, de Campos, a la Fundación Proyecto Joven por un periodo de cinco años.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio).

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º  97, de 2 de julio).

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto).

6. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB n.º 93, de 23 de julio), por el cual se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

 

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses Sitjoles, de Campos, inscrita en el Registro de la Propiedad de Felanitx, tomo 3.812, libro 288, folio 97, finca 22.265, con referencias catastrales 07013A001002000000QM y 07013A001001000000QL, a favor de la Fundación Proyecto Joven para el periodo de tiempo que va desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022.

2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:

a) La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears puede revocar la cesión con un preaviso de tres meses.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación del cesionario de devolver el objeto de la cesión de uso a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando se acabe la cesión.

c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autorice la cesión o dejan de destinarse posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o los deterioros que se hayan producido.

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar la prórroga de la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo delante de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Palma, 13 de noviembre de 2017

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

José Luis Gil Martín

         Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera de Hacienda  y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí