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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA

Núm. 12973
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de corrección de errores observados en la Resolución de la directora general de Comercio y Empresa por la que se conceden y deniegan las subvenciones destinadas a proyectos de internacionalización de empresas de las Islas Baleares, de acuerdo con la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 29 de junio de 2017 (BOIB núm. 85, de 13 de julio), modificada por la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 5 de octubre de 2017 (BOIB núm. 125, de 12 de octubre)

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Texto

Hechos

1. El día 13 de julio de 2017 se publicó en el BOIB núm. 85 la Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 29 de junio de 2017 por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas a proyectos de internacionalización de empresas de las Islas Baleares.

2. El día 28 de octubre de 2017, se publicó en el BOIB núm 132 la Resolución de la directora general de Comercio y Empresa por la que se conceden y deniegan las subvenciones destinadas a proyectos de internacionalización de empresas de las Islas Baleares , de acuerdo con la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 29 de junio de 2017 (BOIB núm. 85, de 13 de julio), modificada por la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 5 de octubre de 2017 (BOIB núm. 125, de 12 de octubre).

3. Se ha detectado que se han producido un error aritmético en la columna de Importe de la Subvención del Anexo 1, que afecta a la entidad siguiente:

  • YOLANDA FEBRERO BORRAS

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dispone que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar las rectificación del error aritmético observada en el Anexo 1 de la Resolución mencionada.

Donde dice:

    ANNEX 1

Beneficiarios de la subvención

NÚM. EXP.

NOM

VALORACIÓ COMISSIÓ

INVERSIÓ ELEGIBLE

IMPORT SUBVENCIÓ

INTER- 2/17

VINS NADAL, SL

40

2.970,00

1.485,00

INTER- 4/17

LICORISTAS REUNIDOS, SL

40

13.000,00

6.000,00

INTER- 5/17

YOLANDA FEBRER BORRÀS

30

8.992,49

4496,245

INTER- 7/17

ANTONIO SAMPOL SAMPOL

40

2.880,00

1.440,00

INTER- 8/17

COOP. INSULAR GANADERA DE MENORCA

33

14.293,64

6.000,00

INTER- 9/17

HUGUET RAJOLES HIDRÀULIQUES, SL

60

300€

150€

INTER- 10/17

GALERIES VICENÇ, SAU

85

12.380

6.000,00

Beneficiarios de la subvención a los cuales se les reduce el presupuesto presentado

NÚM. EXP.

NOM

VALORACIÓ COMISSIÓ

INVERSIÓ ELEGIBLE

INVERSIÓ NO ELEGIBLE

SUBVENCIÓ

OBSERVACIONS

INTER- 2/17

VINS NADAL, SL

40

2.970

2700

1.485

No elegible: FACTURA 2, ACCIONES 2018

INTER-8/17

COOP. INSULAR GANADERA DE MENORCA

33

14.293,64

2637,05

6.000,00

No elegible: SERVEIS SISTEMES AUTOCONTROL I AUDITORIA RS

INTER- 9/17

HUGUET RAJOLES HIDRÀULIQUES, SL

60

300,00

31.000,00

150,00

No elegible: FACTURAS VINCULADAS ART 38.7 D) DL 2/2005

INTER- 10/17

GALERIES VICENÇ, SAU

85

12.380,00

11.050,00

6.000,00

No elegible:FACTURA HUGUET I PUBLICITAT I INSCRIPCIÓ A DIRECTORIS

Ha de decir: 

ANNEX 1
Beneficiarios de la subvención

NÚM. EXP.

NOM

VALORACIÓ COMISSIÓ

INVERSIÓ ELEGIBLE

IMPORT SUBVENCIÓ

INTER- 2/17

VINS NADAL, SL

40

2.970,00

1.485,00

INTER- 4/17

LICORISTAS REUNIDOS, SL

40

13.000,00

6.000,00

INTER- 5/17

YOLANDA FEBRER BORRÀS

30

8.992,49

4496,25

INTER- 7/17

ANTONIO SAMPOL SAMPOL

40

2.880,00

1.440,00

INTER- 8/17

COOP. INSULAR GANADERA DE MENORCA

33

14.293,64

6.000,00

INTER- 9/17

HUGUET RAJOLES HIDRÀULIQUES, SL

60

300€

150€

INTER- 10/17

GALERIES VICENÇ, SAU

85

12.380

6.000,00

Beneficiarios de la subvención a los cuales se les reduce el presupuesto presentado

NÚM. EXP.

NOM

VALORACIÓ COMISSIÓ

INVERSIÓ ELEGIBLE

INVERSIÓ NO ELEGIBLE

SUBVENCIÓ

OBSERVACIONS

INTER- 2/17

VINS NADAL, SL

40

2.970

2700

1.485

No elegible: FACTURA 2, ACCIONES 2018

INTER-8/17

COOP. INSULAR GANADERA DE MENORCA

33

14.293,64

2637,05

6.000,00

No elegible: SERVICIOS SISTEMAS AUTOCONTROL Y AUDITORÍA RS

INTER- 9/17

HUGUET RAJOLES HIDRÀULIQUES, SL

60

300,00

31.000,00

150,00

No elegible: facturas vinculadas ART 38.7 D) DL 2/2005

INTER- 10/17

GALERIES VICENÇ, SAU

85

12.380,00

11.050,0

6.000,00

No elegible: FACTURA HUGUET Y PUBLICIDAD E INSCRIPCIÓN A DIRECTORIOS

Interposició de recursos

Contra aquesta resolució, que exhaureix la via administrativa es pot interposar un recurs potestatiu de reposició davant el conseller de Treball, Comerç i Industria en el termini d’un mes comptador a partir de l’endemà d’haver-ne rebut la notificació, d’acord amb l’article 124 de la Llei 39/2015, d’1 d’octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques; o bé interposar directament recurs contenciós administratiu davant la Sala del Tribunal Superior de Justícia de les Illes Balears en el termini de dos meses comptadors des del dia següent a la seva notificació, d’acord amb l’article 46 de la Llei 29/1998, de 13 de juliol, reguladora de la jurisdicció contenciosa administrativa .

  

Palma, 13 de novembre de 2017

El conseller de Treball, Comerç i Indústria,

Iago Negueruela i Vázquez